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martes, 20 de octubre de 2026

LOS “PRÓFUGOS” ¿NO APARECEN ?: FISCAL PRETEXTA INCUMPLIMIENTO de ÓRDENES de APREHENSIÓN, pero AMÉRICO se RETRATA con FUGITIVOS»… a unos los da por muertos y otros andan “bien vivos”.


El ex-presidiario federal por ligarse a la delincuencia organizada, ahora fiscal de Justicia bajo el gobierno de Morena y Americo Villarreal, Jesús Eduardo Govea Orozco, explica que hay órdenes de aprehensión que llevan entre seis y ocho años sin ejecutarse: falta personal, cuesta localizar a los acusados y algunos incluso han muerto. Lo que no presentó fueron cifras concretas para dimensionar el rezago y evaluar los resultados. Para explicar por qué no los detienen hay argumentos; para rendir cuentas, faltan números.

«Los pretextos del fiscal se producen en un estado donde México Evalúa documentó un índice de impunidad de 94.73% en 2023. Y el problema empieza incluso antes de las capturas: según la ENVIPE 2026 del INEGI, el 94.5% de los delitos ocurridos en Tamaulipas durante 2025 no se denunció o no derivó en una carpeta de investigación»

Pero las imagenes que dicen mas que mil palabras colocan una pregunta bastante más incómoda sobre la mesa: ¿qué pasa cuando los supuestamente inubicables aparecen en las fotografías del poder ?

La fotografía grupal

Américo Villarreal aparece con personas señaladas en una orden de aprehensión— un documento judicial fechado el 28 de octubre de 2022, correspondiente a la causa penal 640/2022. 

En la orden de captura aparecen, entre otros nombres, Octavio Leal Moncada (ya detenido), Eloy Flores Martínez y/o Daniel García Reyes, Cesáreo Leal Perales y Nohemí Estrella Leal. 

Ahí está el asunto que no se despacha con un «faltan agentes»: si las identidades y la cronología se pueden corroborar, el problema no sería únicamente encontrar a los buscados, sino explicar la impunidad a cambio de votos que les provee el gobernador, aun con la existencia de mandamientos judiciales en su contra.

Porque una cosa es un prófugo cuyo paradero se desconoce y otra muy distinta es alguien que aparece, sonriente y entre abrazos, en una fotografía atribuida al círculo del poder. 

La hipocresía de Govea presenta la falta de capturas como un problema de distancia, recursos o hasta defunciones, sin esclarecer las cercanías políticas de quienes debían ser buscados.

Porque para la ciudadanía hay un catálogo de dificultades; para el poder, una fotografía de convivencia que reclama explicaciones. Y ninguna lista de pretextos sustituye una respuesta documentada.

Con información: HOYTAMAULIPAS/ ENVIPE 2026/

UNOS “POSAN, OTROS DISPARAN y… ¿TODOS en LIBERTAD?”: IMÁGENES de DETENIDOS EXHIBEN el NIVEL de COMBATE al CDG de la GUARDIA ESTATAL de AMÉRICO y PANCARDO»… bravos contra el “infeliciaje” desarmado.


Cuatro detenidos, cuatro publicaciones y una pregunta que no aparece en la fotografía: ¿qué estructura criminal quedó desmantelada? Entre el 15 y el 19 de octubre, los reportes difundidos por la cuenta @FuriaNegra77 presumieron detenciones en Díaz Ordaz, Miguel Alemán y Camargo por presuntas actividades de vigilancia e información a grupos delictivos. 

Radios, una motocicleta y, en uno de los casos, objetos identificados como ponchallantas: el inventario presentado como resultado no reporta armas de fuego. 

Lo que sí sobra es escenografía: Guardias Estatales uniformados, vehículos y mantas institucionales para que nadie se pierda el patrocinador de la función.

La propaganda empieza cuando una detención se vende como victoria sin explicar qué ocurrió después. La autoridad posa con el detenido; el ciudadano recibe la impresión de que el problema quedó resuelto. Pero entre asegurar un radio y desarticular una red criminal hay un trecho que no se recorre acomodando mejor la manta.

El radio no trae sentencia de fábrica

Los casos tienen diferencias que el entusiasmo propagandístico no debería borrar:

  • El 15 de octubre, en Díaz Ordaz, se informó la detención de Enrique “R”, presuntamente sorprendido en una motocicleta con un equipo de radiocomunicación mientras realizaba labores de “halconeo”.
  • Ese mismo día, en Camargo, se reportó la captura de un hombre con un radio Kenwood, señalado por comunicar el paso de corporaciones sobre la carretera federal 2.
  • El 17 de octubre, en Miguel Alemán, se anunció la detención de Francisco “A”, alias “El Pelón”, por presuntos delitos contra la salud y atentados contra la seguridad de la comunidad; la publicación menciona un radio y ponchallantas. No es, por tanto, un caso presentado exclusivamente como vigilancia.
  • El 19 de octubre, en Díaz Ordaz, se difundió la detención de un joven presuntamente dedicado a informar movimientos de las autoridades mediante un radio.

Ninguna de esas publicaciones acredita por sí misma una sentencia, una vinculación a proceso o la pertenencia probada de los detenidos a un cártel. Anunciar que alguien fue “puesto a disposición” significa precisamente eso: que fue entregado a la autoridad competente. No significa que la fiscalía haya demostrado lo que el boletín ya dio por servido.

La policía puede asegurar un aparato. Lo que no puede asegurar con la misma facilidad —aunque la fotografía pretenda hacerlo— es que el aparato venga acompañado de culpabilidad.

El Código Penal no se integra con una manta

El “halconeo” no debería funcionar como palabra mágica para convertir cualquier radiocomunicador en prueba autosuficiente. La documentación legislativa tamaulipeca sobre el artículo 171 Quáterdistingue conductas concretas: vigilar, obtener o comunicar información dentro de una agrupación delictiva, con la finalidad de obstaculizar la actuación de las autoridades o facilitar delitos. La discusión jurídica no se agota en encontrar un radio: importa acreditar la conducta, su contexto y su finalidad.

Traducido del idioma del expediente al idioma de la calle: no basta con decir “traía radio, luego era halcón”. Hace falta sostener la imputación con datos que permitan establecer qué hacía, para quién y con qué propósito. El membrete no sustituye la investigación; la pose tampoco.

De acuerdo al trascendido , los cuatro detenidos están en libertad. 

Ahí está la pregunta que incomoda y que el aparato de comunicación debería contestar: ¿hubo libertad durante la investigación, detención ilegal, insuficiencia de datos, falta de vinculación o alguna otra resolución? 

El fracaso no se demuestra únicamente porque alguien salga libre. Se demuestra, en su caso, cuando la autoridad promete una cosa que su investigación no consigue sostener. Y si presume la captura con megáfono, debería informar el desenlace con el mismo volumen.

Abajo, el presunto vigilante; arriba, la estructura pendiente

Aun si se acreditaran las labores de vigilancia atribuidas a estas personas, eso no convertiría automáticamente sus capturas en golpes al mando criminal. Vigilar una esquina y dirigir la organización que utiliza esa vigilancia son funciones distintas. 

Las publicaciones exhiben presuntos operadores de información, no acreditan la captura de quienes ordenan, financian o coordinan la estructura.

No se trata de declarar inofensivo al vigilante ni de regalarle impunidad por no portar un fusil. Se trata de no confundir el escalón de abajo con la escalera completa.

Porque una estrategia que se queda en el eslabón reemplazable corre el riesgo de producir detenidos para la fotografía y dejar intacta la capacidad de reemplazarlos. La pregunta útil no es cuántos radios caben sobre una mesa, sino cuántas investigaciones consiguen subir desde esos radios hasta sus destinatarios, coordinadores y financiadores.

¿Se obtuvieron datos que permitieran identificar una red? ¿Se siguieron líneas de investigación contra sus mandos? ¿Hubo órdenes de aprehensión posteriores? ¿Se impidieron delitos concretos?

Si el resultado termina donde termina el encuadre, estamos ante comunicación de operativos, no ante evidencia de desmantelamiento.

Mientras unos posan, otros disparan

El contraste resulta especialmente incómodo frente a episodio fronterizo: el 26 de septiembre en las inmediaciones de las detenciones, agentes de la Guardia Costera estadounidense recibieron disparos desde el lado mexicano del Río Bravo, cerca de Garceño, Texas, y respondieron al fuego. 

Mientras los reportes de detenciones exhiben radios y presuntos vigilantes, el incidente descrito plantea una capacidad de violencia de otra dimensión. No hace falta inventarle una orden al “Primito” para exigir que se investigue quién puede desplegar hombres armados, abastecerlos y permitirles operar en esa franja.

La desproporción editorial es evidente: el presunto informante tiene fotografía; la cadena de mando sigue siendo una pregunta.

Reynosa cuenta ausencias, no necesita un álbum de detenidos

El telón de fondo tampoco admite triunfalismos. El informe de Red Lupa, actualizado el 24 de agosto de 2026 y elaborado con datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, coloca a Reynosa en segundo lugar nacional por número de personas desaparecidas, con 2,903 casos, detrás de Tijuana, con 3,300. 

Es también el municipio tamaulipeco con mayor número dentro de esa clasificación.

Frente a esa realidad, las autoridades deben explicar cómo las detenciones publicitadas ayudan a prevenir desapariciones, identificar responsables, localizar personas y desarticular redes. El ciudadano no tiene por qué conformarse con que le enseñen al detenido; tiene derecho a saber qué cambió después.

Menos producción de imagen, más persecución del mando

Y ahí cabe la crítica sin rebajas: cuando la captura se presume y el expediente desaparece de la conversación pública, el balance queda trucado. La autoridad cobra el aplauso al principio y deja al ciudadano sin cuenta al final.

Si los cuatro están libres, como señala el trascendido , que expliquen por qué y en qué situación jurídica. Si las investigaciones continúan, que informen hasta dónde han llegado. Si esas detenciones permitieron identificar mandos, que presenten resultados verificables sin comprometer las diligencias.

Lo demás es una cómoda inversión de prioridades: al presunto vigilante lo exhiben; al poder que utiliza la vigilancia todavía tienen que demostrar que lo están desmontando.

Porque combatir al crimen no consiste en encontrar a alguien que quepa entre dos policías y una manta. Consiste en conseguir que quienes mandan dejen de mandar y seguir extorsiónando mientras el gobernador Americo Villarreal,los abraza.

Con información: @FuriaNegra77

LA «PATRIA NO es GOBIERNO: JÁUREGUI, PEDRO, los MUERTOS de la CIA y la SOBERANÍA que se OFENDE cuando le TUMBAN NARCOLABORATORIO»… No todo lo legal es justo; debiera ser justo para ser legal.


En Chihuahua, un operativo contra narcolaboratorios terminó con cuatro muertos, dos agentes estadounidenses expuestos y un exfiscal en prisión. Ahora viene la parte que exige algo más que ponerse de pie para escuchar el Himno: determinar si César Jáuregui Moreno permitió una intervención extranjera ilegal y, sobre todo, si eso alcanza para acusarlo de traición a la patria. 

Porque entre violar las reglas de cooperación y pretender someter a México a un gobierno extranjero hay una distancia que no se recorre envolviéndose en la bandera. Se recorre con pruebas.

Los hombres detrás del escándalo

Richard Leiter Johnston III, de 36 años, y John D. Black, de 44, fueron identificados por la prensa como los agentes de la CIA que murieron el 19 de abril de 2026 en la Sierra Tarahumara. Viajaban con Pedro Román Oseguera Cervantes, director de la Agencia Estatal de Investigación de Chihuahua, y su escolta, Manuel Genaro Méndez Montes. El vehículo cayó a un barranco de aproximadamente 200 metros y se incendió cuando regresaban del despliegue contra instalaciones de producción de drogas sintéticas en las inmediaciones de El Pinal, municipio de Morelos.

El operativo había desmantelado seis laboratorios clandestinos. Pero el accidente abrió otro expediente incomodo: los estadounidenses presentados inicialmente como instructores de la Embajada no eran, según las investigaciones periodísticas posteriores, simples capacitadores de paso. Su presencia terminó por exhibir una colaboración que el Gobierno federal sostuvo no haber autorizado, que también exhibe al gobierno y sus prioridades.

Lo que debía explicarse como un golpe al narcotráfico se convirtió también en un caso de intervención extranjera y ocultamiento institucional ademas de justicia selectiva, unos si, otros no.

El Gobierno mexicano NO puede convertir cualquier cooperación irregular en una conspiración para entregar la República. Una cosa es investigar qué hicieron los extranjeros; otra, inflar el expediente hasta que quepa en él el delito políticamente más escandaloso de traición a la patria.

La última vuelta de tuerca: de enfrentar el proceso en libertad a terminar en el Altiplano

El episodio que llevó a Jáuregui a la cárcel tuvo dos tiempos. Fue detenido el 17 de octubre por una causa estatal relacionada con el operativo, con imputaciones reportadas por ejercicio ilegal del servicio público y coalición. Después, cuando un juez le permitió continuar ese proceso fuera de prisión, la Fiscalía General de la República ejecutó una orden de aprehensión federal por traición a la patria. Su salida de una causa en libertad desembocó en otra captura y en el traslado al penal del Altiplano. La puerta giratoria, esta vez, no daba a la calle.

La acusación federal no se reduce, según la orden judicial descrita por la prensa, a que Jáuregui hubiera recibido ayuda estadounidense. La FGR le atribuye reuniones con cuatro agentes de la CIA, haber coordinado o facilitado su participación armada en el operativo y haber omitido deliberadamente informar a la Federación,una conducta que replican autoridades del partido en el poder.

Hay una precisión incómoda para cualquier relato simplón: la propia FGR sostiene que destruir el narcolaboratorio no constituye el delito. Lo que persigue es la supuesta intromisión operativa de agentes extranjeros sin autorización y la evasión de los controles federales. Esa es su tesis. La pregunta pendiente es si demostrar esas conductas basta para acreditar traición a la patria o si se está usando un delito de enorme gravedad para castigar hechos que requieren otra clasificación jurídica.

El candado de López Obrador: qué se añadió y qué permite controlar

El cerrojo tiene fecha: 18 de diciembre de 2020. Ese día se publicó el decreto que añadió a la Ley de Seguridad Nacional un título sobre cooperación con gobiernos extranjeros, incluidos los artículos 68 a 76. No fue una ley inventada enteramente por una firma presidencial: fue una reforma aprobada por el Congreso y promulgada por Andrés Manuel López Obrador. 

Las adiciones a la Ley de Seguridad Nacional colocaron la cooperación bajo controles federales concretos para impedir la colaboración fluida en momentos en que el partido en el poder es multiseñalado por sus ligas con el narco:

  • El artículo 69 permite autorizar el ingreso temporal de agentes extranjeros para intercambio de información y deja su acreditación en manos de Relaciones Exteriores, previo acuerdo con Seguridad, Defensa y Marina.
  • El artículo 70 exige a las autoridades locales informar por escrito sus contactos con esos agentes dentro de tres días; las reuniones requieren autorización previa y presencia de un representante de Relaciones Exteriores.
  • El artículo 71 impide que los agentes ejerzan facultades reservadas a autoridades mexicanas y les prohíbe realizar o inducir detenciones, entre otras restricciones.

El objetivo jurídico declarado mas que regular la cooperación es impedir que funcionarios extranjeros actúen por su cuenta. El efecto institucional también es claro: el Gobierno federal concentra la llave de acceso, los canales de comunicación y la supervisión. 

Esa concentración admite una crítica política severa: si quienes administran la llave tienen conflictos de interés o protegen redes criminales, el control puede convertirse en un filtro para estorbar investigaciones incómodas. 

Lo escrito no se vuelve justo por aparecer en el Diario Oficial

La discusión de fondo no debería agotarse en el cómodo «es lo que dice la ley», lo que nos recuerda las palabras de López «Hablador»: «No me vengan con que la ley es la ley».

Una norma no se vuelve justa porque un presidente la promulgue, una mayoría la apruebe o un fiscal la recite con voz de ceremonia. La exigencia democrática va al revés: debería ser justa para merecer ser ley, no reclamar justicia automática por haber conseguido publicarse.

Ahí está el punto decisivo del caso Jáuregui. El artículo 70 de la Ley de Seguridad Nacional remite los incumplimientos a responsabilidades administrativas o penales conforme a las leyes respectivas; no convierte automáticamente cada infracción en traición a la patria.

La imputación federal invoca el artículo 123, fracción I, del Código Penal Federal, que exige actos contra la independencia, soberanía o integridad nacional realizados «con la finalidad de someterla a persona, grupo o gobierno extranjero». No basta con acreditar una colaboración no autorizada: hay que demostrar esa finalidad.

El adjetivo «traidor» no puede utilizarse como puente para saltarse lo que falta en el expediente.

Jáuregui debe responder por las conductas que puedan acreditarse, no por las que produzcan mejores titulares. Y la FGR debe explicar por qué los hechos que atribuye demuestran el propósito de someter al país, en lugar de pedir que la gravedad de la palabra «traición» haga el trabajo que corresponde a la investigación. La orden de aprehensión no equivale a una condena.

Porque la patria no es propiedad del Gobierno, la soberanía no es un permiso para administrar silencios y la justicia no consiste en encontrarle un preso a cada discurso. Si hubo delitos, que se prueben y se sancionen. Si hubo intervención extranjera ilegal, que se investigue completa. Pero si lo que falta es demostrar la traición, que no pretendan rellenar ese hueco con confeti tricolor.

Con información: ELNORTE/