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martes, 13 de enero de 2026

«RESUCITAN CADAVER»: LA «SCJN DISCUTIRÁ BLOQUEOS de la UIF de HARFUCH SIN M.P,SIN JUEZ y SOLO con SOSPECHA como NORMA JURIDICA»…podra bloquear, juzgar, decidir, sin ser detenida por tribunales con ningun amparo.


En un gesto que solo puede calificarse como una contorsión normativa digna del mejor ilusionista autoritario, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se dispone a discutir hoy un proyecto que pretende revestir de respetabilidad jurídica una práctica que, en esencia, pisotea el Estado de derecho: la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) que opera bajo ordenes de Omar García Harfuch, para bloquear cuentas bancarias sin orden judicial ni intervención del Ministerio Público.

Dicho en términos menos decorosos: se busca legalizar que una oficina administrativa —adscrita a la Secretaría de Hacienda, dependiente del Ejecutivo y sin autonomía alguna— suspenda de facto derechos económicos fundamentales, sin control jurisdiccional previo. Si esto no resulta una violación descarada de la división de poderes, de la presunción de inocencia y del principio de legalidad, convendría revisar de nuevo el artículo 16 constitucional y, ya de paso, redactar de nuevo la Teoría del Estado.

El proyecto de la ministra Loretta Ortiz —una pieza de orfebrería argumentativa en favor del intervencionismo estatal disfrazado de “modelo preventivo”— pretende reducir el bloqueo de cuentas a un simple “procedimiento administrativo”, como si impedir a un ciudadano disponer de su propiedad fuese un trámite burocrático más. No contentos con eso, se desliza la idea de que los afectados tendrán la “garantía de audiencia” ante la propia UIF, es decir, que el agresor sería simultáneamente juez y parte. Un disparate jurídico que no resistiría un examen elemental de debido proceso ni en los tribunales de Estrasburgo ni en la más modesta facultad de derecho.

Por si fuera poco, la misma reforma de la Ley de Amparo blindó esta medida contra suspensiones judiciales, instaurando lo que con toda propiedad podría llamarse un régimen de impunidad administrativa: una autoridad que bloquea, juzga, decide y no puede ser detenida por los tribunales. Magistral arquitectura para un Estado de derecho… si uno hablara de derecho en sentido figurado.

Ignora además el proyecto que en 2017 la propia Corte (Primera Sala) ya declaró inconstitucional esta facultad, estableciendo que una unidad administrativa no puede asumir funciones propias de autoridad penal. Pero ahora, en un ejercicio de amnesia selectiva, se intenta resucitar el mismo cadáver legal bajo la coartada del “cumplimiento de obligaciones internacionales”. Pretexto tan elástico como para justificar cualquier cosa, incluso la suspensión de garantías individuales bajo el mantra del “combate al lavado de dinero”.

Si este proyecto prospera, la UIF quedará facultada para colocar al ciudadano en indefensión total: se invertiría la carga de la prueba, el afectado tendría que rogar a su verdugo que reconozca la licitud de sus recursos, y la Corte, guardiana del orden constitucional, se convertiría en su espectadora complaciente.

En suma, lo que se cocina en el Pleno no es una mera interpretación técnica, sino una abdicación histórica: la renuncia de la Corte a ser garante de los derechos frente al poder, y su conversión en notaría de los actos discrecionales del Ejecutivo.

De aprobarse este engendro, el Estado mexicano habrá institucionalizado el bloqueo sin juez, la sanción sin proceso y la sospecha como norma jurídica. Y en ese instante, la Constitución dejará de ser ley suprema para convertirse en ornamento retórico.

Con informacion: ELNORTE/

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