"Las autoridades mexicanas no resolvieron ninguno, aun cuando el reporte señaló que varios de ellos se produjeron en México".
Mexico,D.F 01/Ene/2015 La empresa Trace International, la cual asesora en prácticas anticorrupción a empresas internacionales, recopila en su página 25 casos de sobornos a servidores públicos mexicanos por parte de compañías privadas, investigados por instancias judiciales de países extranjeros. Entre esas compañías destacan Hewlett Packard, Alstom, Areva, Siemens, Bridgestone, ABB o la minera canadiense Blackfire Exploration.
El caso más emblemático lo reveló The New York Times en abril de 2012, al destapar los pagos de sobornos millonarios que realizó la filial mexicana del gigante estadunidense de la distribución, Walmart, a fin de expandir su negocio en México.
Según el Informe de Competitividad Global 2014-2015, que dio a conocer el Foro Económico Global el pasado septiembre, el soborno y la corrupción son una práctica común en las contrataciones públicas nacionales e internacionales en México.
En una lista de 144 países, México ocupa el sitio 119 en cuanto a “pagos extras” y sobornos por parte de empresas en la adjudicación de contratos públicos, y el lugar 99 en términos de favoritismo que funcionarios públicos exhiben hacia algunas empresas.
México permanece en el lugar 102 respecto a la ética corporativa –las relaciones entre las empresas y los actores políticos–, así como en el lugar 119 en términos de desvío de fondos públicos hacia empresas privadas.
No es “cultural”
Lo anterior, según el director de la organización Transparencia Mexicana, Eduardo Bohórquez, no encuentra su raíz en un supuesto carácter “cultural” de la corrupción en el país –como lo aseveró Enrique Peña Nieto en septiembre pasado–, sino en la ineficiencia del sistema anticorrupción y la falta de aplicación de la convención de la OCDE.
En entrevista con Proceso, Bohórquez recuerda que fue la Comisión de Bolsa y Valores estadunidense la que llevó a cabo la mayor parte de las investigaciones y persecuciones penales de casos de soborno en México.
“Vemos casos de cohecho internacional que ocurren en México y se investigan en el ámbito internacional, lo cual es grave, pero lo trágico es que son estos países los que los juzgan penalmente”, lamenta.
Y señala que la Procuraduría General de la República (PGR) podría argumentar que no investiga los casos porque la averiguación ya existe en Estados Unidos, “pero parece difícil explicar por qué los casos siempre se procesan en otra Corte y por qué las autoridades mexicanas se enteran de ellos a través de la prensa”.
En el caso de las licitaciones internacionales, existe en México el temor de ahuyentar al inversionista, el cual utiliza una retórica amenazante para conseguir beneficios legales. “Su discurso es muy similar al de los empresarios: ‘Si no me das buenas condiciones, llevo mi dinero a otra parte’”, sostiene.
Muchas de las operaciones turbias que se muestran a la opinión pública, como la licitación del proyecto de tren México-Querétaro, las obras otorgadas al Grupo Higa o a la española OHL, entre otros, son legales, advierte Bohórquez.
E insiste en que “la corrupción no es un crimen pasional, es un crimen económico”: quien “participa en actos de corrupción calcula con precisión el riesgo, revisa el marco jurídico y diseña una estrategia para pasar a través”.
–En el caso de la Casa Blanca, ¿Podemos hablar de soborno? –se le pregunta.
–Tienes que probar sobre qué elementos se dieron las operaciones cuando (Enrique Peña Nieto y Angélica Rivera) eran ciudadanos y no debían informar sobre un potencial conflicto de interés a nadie.
La única forma de comprobar que hubo cohecho, explica Bohórquez, sería demostrar que las condiciones favorables en las que se concedió la casa se decidieron a cambio de beneficios, pasados o futuros.
“Pero acreditar esto implica una investigación de otra naturaleza”, estima. “Por eso tenemos que reformar la ley, ya que en su estado actual no hace accionable nada”, añade.
Huecos legales
Según Bohórquez, una cadena de obstáculos impide a las autoridades mexicanas iniciar investigaciones para combatir eficazmente la corrupción.
La ley mexicana, detalla, prevé sanciones penales a individuos pero no incluye la responsabilidad penal de las empresas, por lo que las autoridades sólo pueden castigar a los perpetradores del acto de soborno, tanto el empleado que pagó el dinero como el funcionario que lo recibió.
Por lo anterior, por ley las autoridades no pueden atacar la raíz de la corrupción, que son los directivos de la empresa y los superiores de los servidores públicos.
Según el informe de la OCDE sobre la corrupción internacional, 41% de los casos documentados implicó la decisión de los directivos de la empresa en el acto de soborno, mientras que en 75% se hizo el pago a través de terceros, que fueron particulares, abogados o gestores.
“Los intermediarios son peligrosos porque permiten a los directivos de una empresa escapar a su responsabilidad aun cuando la conectan con un acto ilegal. Despachos de abogados se especializan en detectar las fallas legales, y otros se especializan en bloquear los intentos de cambiarlos.”
Interrogado acerca de la Fiscalía Anticorrupción, prevista por el gobierno de Peña Nieto, Bohórquez dice que esa opción “no ha funcionado en ningún país” pues genera disputas partidistas para designar el fiscal y no garantiza terminar con los actos corruptos.
“En Argentina tardaron cinco años en nombrar al fiscal, y a los dos años la fiscalía estaba denunciada por la opinión pública como la oficina de gobierno más corrupta del país”, apunta. Agrega: “Dinamarca, que cuenta con el mejor Índice de Percepción de la Corrupción, no tiene ninguna comisión anticorrupción, sólo tiene una procuraduría que investiga los casos con suficiente independencia”.
Y resume el problema de fondo en México: “No se activa el sistema anticorrupción, y las raras veces que lo hace, no se coordina”.
Según Bohórquez, no hay un mecanismo de colaboración que articule entre sí las instituciones mexicanas encargadas de la lucha anticorrupción.
Por lo tanto, la Secretaría de la Función Pública, la PGR, la Auditoría Superior de la Federación y hasta cierto punto la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda laboran de manera aislada y nunca se sientan a trabajar juntas, lamenta Bohórquez.
Recuerda que en algunas ocasiones esas instituciones han colaborado con éxito. Cita como ejemplo la detención de Elba Esther Gordillo a inicios del sexenio de Enrique Peña Nieto: “Todo lo que se le pudo encontrar se le encontró”, asevera, pero recuerda que este caso tuvo motivos políticos.
Además, al no contar con una competencia ex oficio, estas instancias no pueden abrir una investigación por iniciativa propia, denuncia Bohórquez, al precisar que sólo una denuncia formal puede empezar una investigación”.
“Ahí está la trampa”, insiste, pues en la práctica muy pocos proceden ante las instancias para señalar un acto de corrupción, aun cuando la ley mexicana obliga en teoría a cualquier testigo –que sea ciudadano, funcionario o empleado– a depositar una denuncia.
“En la clase política y empresarial todo el mundo habla de la corrupción, la denuncia, pero nadie hace los cambios en la ley para atacarla”, abunda.
Al firmar la convención de la OCDE en 1999, México se comprometió a luchar contra los sobornos de las empresas transnacionales mexicanas a funcionarios públicos extranjeros.
En octubre de 2011 la OCDE realizó un informe en el que evaluó la aplicación de la convención en México. Deploró entonces las múltiples carencias de la legislación mexicana en la materia y emitió 22 recomendaciones.
Casi tres años después, en junio pasado, la misma OCDE realizó un seguimiento del reporte y estimó que el gobierno sólo había aplicado cuatro de las 22 recomendaciones en su totalidad. Diez más lo fueron “parcialmente” y ocho fueron ignoradas.
“México todavía no tiene ninguna persecución ni condena por sobornos extranjeros”, lamentó entonces la OCDE, al aseverar que la Ley Federal Anticorrupción de 2012 “no resulta totalmente exitosa” pues incluye definiciones vagas de “servidor público extranjero” o no prevé de manera clara la confiscación de bienes de las empresas.
De la misma manera señaló que “México no modificó su legislación para obligar a auditores externos a reportar sobornos extranjeros a las autoridades competentes”, y observó que “las estadísticas sobre las condenas y sanciones aplicadas en casos de sobornos domésticos fueron incompletas”.
El gobierno tampoco supo explicar con precisión a la OCDE cómo iba a funcionar la nueva Fiscalía General, mientras el organismo internacional deploró que el Sistema de Administración Tributaria “no verifica si un contribuyente pidió una deducción fiscal por el pago de sobornos internacionales”.
En México, subraya Bohórquez, los “pagos de facilitación” no son ilegales y no están reconocidos como sobornos, por lo que pueden ser deducibles de impuestos.