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sábado, 31 de mayo de 2025

“ORDENAN MEMORIAL para RECORDAR 54 LEVANTONES PERPETRADOS por la MARINA de TIEMPOS del CDV que COMBATIAN al CRIMEN COMETIENDO MAS CRIMENES”…unos ya se fueron de tiempo completo con el crimen organizado.


A siete años de que personal de la Secretaría de Marina de los nefastos tiempos de los “Vientos de Cambio” que lideraba el amo de las narcomantas en Tamaulipas y su compadre el Vicealmirante Marco Antonio Ortega Siu, apodado el “Aguila”, quien comandaba bonche de Marinos de la temible Unidad de Operaciones Especiales(UNOPES) y que actuando como criminales incurrieran en al menos 54 detenciones arbitrarias y levantones en Nuevo Laredo, Tamaulipas, ayer viernes 30 el gobierno municipal colocará un listado con los nombres de las víctimas desaparecidas en el memorial que fue colocado en la Plaza Primero de Mayo de la ciudad fronteriza. 

La acción responde al ordenamiento de una sentencia de amparo emitida por el Juzgado Tercero de Distrito con sede en Nuevo Laredo, y tramitada por Elena Romero Rodríguez, madre de José Emilio Romero Rodríguez, desaparecido el 12 de mayo de 2018 a manos de personal naval.  

La sentencia del amparo 173/2018, otorgada por el secretario en Funciones de Juez Tercero de Distrito, Luis Alberto González Villa, resuelta el 5 de diciembre de 2023, es inédita porque no sólo se enfocó en el origen de la solicitud del amparo, que es la presentación con vida de José Emilio Romero, sino que va más allá, al ordenar medidas encaminadas al cumplimiento del Estado mexicano de sus compromisos internacionales para abolir las desapariciones forzadas en el país.  

En la versión pública de la sentencia, resalta que el secretario en funciones de juez de Distrito alerta que el caso presentado por la señora Elena Romero fue abordado desde la vertiente de derechos humanos, toda vez que la desaparición forzada no sólo es la tipificación de un delito, sino una de las violaciones a derechos humanos más graves.  

En el documento se reconoce que por las desapariciones forzadas ocurridas entre febrero y mayo de 2018, atribuida a miembros de la Marina, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 36VG/2020, y que en su resolución el organismo giró algunos lineamientos al ayuntamiento de Nuevo Laredo como medidas de satisfacción para los familiares de las 27 víctimas de desaparición atribuidas a personal de la Marina que contempla la recomendación. 

Tomando en cuenta que en la disculpa pública por las desapariciones, llevada a cabo el 19 de noviembre de 2021, encabezada por la alcaldesa Carmen Lila Canturosas Villareal a los familiares de las víctimas, éstas hicieron “una petición solicitando que se erija un memorial en la Plaza Primero de Mayo para todas las víctimas de delitos y violaciones a los derechos humanos”, el juzgador ordenó al ayuntamiento que “adicione una lista de víctimas de desaparición forzada acontecidos en esta municipalidad al citado monumento, atribuida a elementos del Estado, en el lapso del mes de febrero a mayo de 2018, los cuales conforman los llamados ‘Casos Tamaulipas”.  

En el memorial ya erigido con anterioridad, el juzgador instruyó colocar unos 40 nombres de víctimas, alertando que podrían agregarse más, de personas desaprecias “en el lapso de materia del estudio de la presente litis constitucional”. para lo cual se deberá coordinar con el presidente del Comité de Derechos Humanos de Nuevo Laredo, Raymundo Ramos Vázquez. 

Asimismo, que se instituya “un día del año calendario, en el que triste y célebremente se conmemoren estos hechos lesivos, para que permanezcan los buscados en la memoria de la población neolaredense, en aras de la no repetición, la satisfacción de la búsqueda; en el cual -de manera enunciativa-, se refrenden disculpas  públicas: se elaboren talleres de prevención de delitos; se dé asesoría jurídica y psicológica, se haga una marcha o manifestación pacífica o silente, en donde los familiares, amigos y/o población en general, continúen exigiendo la búsqueda y localización con vida de los desaparecidos, así como -en su caso-, la atribuibilidad de su desaparición”.  

Como elemento innovador, la sentencia fue dirigida también a la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, a fin de confirmar si se hicieron efectivos los compromisos que hizo el entonces titular, Alejandro Encinas Rodríguez, en una audiencia en la CIDH sobre las desapariciones forzadas cometidas en Tamaulipas.  

Entre las promesas que hizo el entonces funcionario están destinar “recursos suficientes para hacer la búsqueda de personas, así como hacer efectivo un programa nacional de búsqueda, un programa nacional de exhumaciones, y definir con toda claridad los protocolos homologados de búsqueda e identificación de personas”. 

El 5 de diciembre en Washington, donde se llevó a cabo la audiencia, Encinas Rodríguez también se comprometió a la “creación de un sistema nacional forense, la conformación de una base de datos que permita realmente conocer la magnitud del problema -desaparición de personas- y dar certeza al momento de identificación”, así como “nuevas modalidades de actuación de la FGR”, la creación de cuatro fiscalías especializadas, entre ellas la dedicada a derechos humanos, así como “acabar con la victimización y estigmatización de las víctimas”.  

El juez emplaza a la Presidencia de la República y a la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, a demostrar que los compromisos que Encinas hizo en la audiencia de la CIDH se habían concretado. 

Al titular de la Subsecretaría se le da un plazo de diez días hábiles, una vez que la sentencia quede firme, en particular sobre las desapariciones forzadas ocurridas en Nuevo Laredo, entre febrero de mayo de 2018, “o manifieste el impedimento que tenga para ello”.  

En el caso específico de la desaparición forzada de José Emiliano, la sentencia expone las omisiones y faltas graves de instancias de la Fiscalía General de la República (FGR) así como de la Fiscalía General de Justicia de Tamaulipas, que mantiene al joven en calidad de desaparecido.  

El funcionario judicial hace una relatoría de cómo el caso llegó al Juzgado de Distrito casi al mismo tiempo en que la madre del joven presentó una denuncia por desaparición forzada en la oficina regional de la FGR en Nuevo Laredo, en mayo de 2018, oficina que declinó competencia en favor de la Fiscalía Especial para la Investigación de Delitos de Desaparición Forzada, con sede en la Ciudad de México, y cómo la fiscalía especializada se negó a aceptar el caso, mientras que la oficina regional lo archivó porque no recibió información solicitada a la Marina.  

El juzgador consideró que la determinación de mantener archivado el asunto “resulta ilegal, porque no puede sustentar el archivo temporal de la carpeta de investigación de trato, ni la incompetencia de la misma, por falta de información que precisamente le corresponde investigar, de esa propia autoridad a la que se la solicita, lo que coloca en estado de incertidumbre jurídica y atenta al derecho humano de legalidad y seguridad jurídica el no poder obtener una respuesta a lo peticionado”. 

Las oficinas regionales de la FGR intentaron que autoridades locales tomaran la investigación, así es como pasó por las manos de la Fiscalía de Distrito de Nuevo Laredo y a la Fiscalía Especializada en la Investigación de Delitos e Desaparición de Personas en Nuevo Laredo, en la que se abrió un expediente por el delito de privación ilegal de la libertad, que sigue en trámite. 

En la resolución se establece que la existencia de una carpeta de investigación en el fuero común por privación ilegal de la libertad resulta “ilegal”, porque correspondía a la autoridad federal integrarla, al señalarse a integrantes de la Marina como presuntos responsables de la desaparición.  

En la sentencia, el juzgador ordenó al agente del Ministerio Público de la Federación Titular de la Cédula IV-5, Nuevo Laredo, Tamaulipas, declinar competencia para conocer la carpeta de investigación a favor de la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada con sede en la Ciudad de México, dependencia que deberá aceptar la competencia.  

Tras dar una serie de indicaciones sobre actuaciones encaminadas a la búsqueda y localización del joven desaparecidos, “partiendo de la premisa de que deberá encontrarlo con vida”, el funcionario judicial alerta a la Fiscalía Especializada que “el cumplimiento a las acciones de investigación apuntadas no significa de modo alguno la conclusión de la carpeta de investigación, pues tratándose de personas desaparecidas las víctimas tienen derecho imprescriptible de conocer su destino o paradero o el de sus restos, sin perjuicio de que posteriormente la parte quejosa reclame diversas acciones o faltas, por lo que queda expedito su derecho a hacerlo”. 

En la sentencia se ordena a la Secretaría de Marina a proporcionar a las autoridades investigadoras toda la información requerida sobre la persona desparecida, y que “preste todas las facilidades y permita el acceso a las instalaciones navales” que le sean solicitadas.  

De la misma manera, se giran instrucciones a la Comisión Nacional de Búsqueda. Incluso de “solicitar al Ministerio Público que ordene los actos de investigación previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales” para coordinar la búsqueda del desaparecido.  

La resolución judicial está sustentada en informes de organismos internacionales, en la propia Ley General en Materia de Desaparición Forzada, Desaparición por Particulares y el Sistema Nacional de Búsqueda, sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra México, sentencias de las Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la audiencia de Alejandro Encinas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO). 

En la resolución se resalta que en este tipo de casos el Estado no sólo tiene la “obligación de castigar a los responsables y asignarles las consecuencias jurídicas proporcionales con la magnitud de su violación, sino la impostergable obligación de búsqueda de la persona desaparecida con toda la fuerza institucional disponible y con toda la coordinación institucional necesaria para lograr ese cometido”.  

Al señalar que la búsqueda de las personas desaparecidas “es una obligación permanente”, se advierte que el juicio de amparo es “un mecanismo de suma importancia para lograr el acceso a la justicia y el acceso a un recurso efectivo en casos de desaparición forzada”.  

Sobre el listado de víctimas que se instalará en el memorial de los desaparecidos e la Marina, el Comité de Derechos Humanos de Nuevo Laredo (CDHNL), en un comunicado explicó que, de las 54 víctimas de desaparición forzada mencionadas, 19 fueron localizadas por sus familiares sin vida y tres con vida, faltan por localizar 32 personas, entre las que hay mujeres y menores de edad. 

La organización agregó que “a siete años de ocurrido este operativo de Estado, ningún marino ha sido condenado culpable por estos hechos”. 

El CDHNL coincide con la sentencia que puntualiza que los nombres de las víctimas colocados en el memorial  tienen relevancia para “familiares, amigos y público en general” que ahora “pueden tener un espacio de identidad en el que, aparte de recordar a los desaparecidos por su nombre, dicho acto lesivo no deberá ser borrado en la memoria pública, servirá como forma de dignificarlos y como recuerdo  del contexto de violencia que padecieron y  que el Estado debe comprometerse evitar en el futuro e investigar en el presente, ya que no puede quedar oculto o suprimido el nombre e la persona desaparecida”.  

Con informacion: PROCESO/

“BRUTAL ERROR de GEOGRAFIA”: EL EJERCITO se CONFUNDE PENSANDO que VIVE en TIEMPOS de PINOCHET,la JUNTA MILITAR ARGENTINA o el CASTRISMO de CUBA e INTERVIENE CONSEJOS ELECTORALES en DURANGO”…asi avanza la humedad.


Diputados del PAN desplegados para vigilar la elección en Durangodenunciaron que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) busca introducir a los Consejos Electorales municipales a elementos vestidos de civil durante el proceso electoral que se celebrará este domingo.

Síntesis y Contextualización

Según el oficio difundido, el Ejército solicitó que dos de sus elementos, debidamente identificados pero vestidos de civil, permanezcan dentro de los órganos electorales como “enlace” durante el proceso, bajo el argumento de dar seguimiento al proceso electoral extraordinario y local, sin intervenir en las actividades propias del Consejo.

La dirigencia panista y sus representantes han calificado esta acción como un acto sin justificación legal, que vulnera la autonomía de las autoridades electorales y sienta un precedente de militarización de los procesos electorales en México. 

Señalan que la presencia de militares, incluso de civil, puede tener un efecto intimidatorio tanto para los funcionarios electorales como para la ciudadanía, y exigen transparencia sobre la autorización de esta medida y sus fundamentos legales. Además, denuncian posibles conflictos de interés en el órgano electoral local y demandan claridad en la toma de decisiones.

Este contexto se da en medio de una elección especialmente tensa en Durango, con denuncias cruzadas entre partidos por presunta coacción del voto, uso indebido de programas sociales y supuestos vínculos con el crimen organizado, lo que ha derivado en una presencia inédita de fuerzas federales y de la Guardia Nacional en la entidad.

¿A qué tipo de dictadura es propia esta conducta?

La conducta de infiltrar o colocar elementos militares (incluso vestidos de civil) en órganos electorales durante procesos democráticos es característica de regímenes autoritarios o dictaduras, especialmente de las llamadas dictaduras militares o dictaduras de la manipulación

En este tipo de regímenes, las Fuerzas Armadas no solo garantizan la seguridad, sino que también intervienen directamente en la vida política y en la organización de elecciones, ya sea para intimidar, controlar o manipular los resultados, simulando una democracia formal mientras se restringe la competencia real y la autonomía institucional.

Ejemplos históricos de este tipo de prácticas incluyen:

Dictadura de Augusto Pinochet en Chile: El ejército controlaba todos los aspectos de la vida política y las elecciones eran meros simulacros para legitimar el régimen.

  • Juntas militares en Argentina: Las fuerzas armadas disolvieron poderes civiles y controlaron procesos electorales, restringiendo la participación y recurriendo a la intimidación y represión.
  • Cuba bajo el castrismo: Las elecciones son organizadas y vigiladas por el aparato militar y de seguridad, sin competencia real y con fuerte presencia de agentes de inteligencia en los procesos.
  • Rusia contemporánea: Las fuerzas de seguridad y el ejército tienen una presencia clave en los procesos electorales, restringiendo la participación opositora y garantizando la permanencia del régimen.

En todos estos casos, la militarización del proceso electoral y la presencia de agentes de seguridad—en ocasiones de civil—dentro de los órganos electorales, han servido para intimidar, vigilar y condicionar el desarrollo de los comicios, vulnerando la autonomía y la confianza en la democracia.

Recriminación y Señalamiento

La introducción de elementos militares vestidos de civil en órganos electorales es una práctica propia de dictaduras militares y regímenes autoritarios que buscan simular procesos democráticos mientras mantienen el control real sobre los resultados y la vida política. 

Lejos de garantizar la seguridad, esta conducta representa una grave amenaza a la autonomía electoral, la transparencia y la confianza ciudadana en el proceso democrático, pues abre la puerta a la intimidación, la manipulación y la cooptación de las instituciones encargadas de organizar elecciones libres y justas.

La historia demuestra que la militarización de los procesos electorales es incompatible con una democracia genuina. 

Cuando las fuerzas armadas, en vez de resguardar el orden público desde fuera, buscan presencia directa (y de civil) dentro de los órganos electorales, se vulneran los principios básicos de autonomía, imparcialidad y legalidad que deben regir cualquier elección auténticamente democrática. 

Por ello, esta conducta debe ser severamente rechazada y denunciada, pues constituye un retroceso democrático y un peligroso precedente para la vida institucional del país.

Con informacion: ELNORTE/

“ABRA los OJOS PRESIDENTA”: “SHEINBAUM RECHAZA que ELECCION este AMAÑADA pero la DEFIENDE con ARGUMENTOS AMAÑADOS”… combatimos el choro pero es responsabilidad tuya si le crees.


En plena veda electoral, la Presidenta Claudia Sheinbaum llamó a participar en la elección judicial de este domingo y aprovecho para rechazó que la elección “esté amañada”, pero lo hizo con argumentos amañaos.

Aqui te contrastamos punto por punto las afirmaciones de la Presidenta Claudia Sheinbaum, sus dichos con argumentos y hechos verificables:


1. “Quienes desean que se mantenga el régimen de corrupción y privilegios en el Poder Judicial dicen que esta elección está amañada…”

Contraargumento:

  • Falso dilema: No todos los críticos buscan mantener privilegios o corrupción. Muchos juristas, académicos y organizaciones civiles han señalado riesgos de captura política del Poder Judicial, no por defender privilegios, sino por la importancia de la independencia judicial.
  • Preocupaciones legítimas: Diversos organismos internacionales (como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos) han advertido que la elección popular de jueces puede vulnerar la autonomía judicial y abrir la puerta a presiones políticas o clientelares.

2. “Dicen que es para que un partido político se apropie de la Suprema Corte, nada más falso.”

Contraargumento:

  • Mecanismo de selección: La reforma establece que los candidatos serán propuestos por comités y órganos donde Morena y sus aliados tienen mayoría, lo que facilita la postulación de perfiles afines al partido en el poder.
  • Ejemplos recientes: Entre los aspirantes figuran ministras y magistrados que han respaldado reformas del gobierno y personas señaladas por falta de independencia o incluso por plagio académico.
  • Acordeones y propaganda: Se han documentado casos de distribución de listas de “candidatos recomendados” por Morena, lo que refuerza la percepción de control partidista.

3. “Si hubiéramos querido que eso fuera así, se hubiera hecho una reforma al Poder Judicial como en 1999…”

Contraargumento:

  • Imprecisión histórica: La reforma de 1999, encabezada por Ernesto Zedillo, no permitió al Ejecutivo nombrar ministros a discreción. Al contrario, restringió esa facultad y la trasladó al Senado, además de reducir el número de ministros y eliminar el cargo vitalicio.
  • Comparación engañosa: Lo que se propone ahora no es una “limpia” total, pero sí un cambio radical que, por la vía de la elección popular, puede resultar en una renovación masiva de jueces y ministros, con el riesgo de que el voto popular sea influenciado por campañas partidistas.

4. “Ahora lo que queremos es que el pueblo de México decida, está en tus manos…”

Contraargumento:

  • Participación popular vs. independencia judicial: Si bien la participación ciudadana es un principio democrático, la independencia judicial es un contrapeso esencial en cualquier democracia. Elegir jueces por voto directo puede derivar en que los jueces respondan a intereses de grupos o partidos y no a la Constitución.
  • Experiencia internacional: Salvo el caso de Bolivia bajo Evo Morales, no existen antecedentes en democracias consolidadas de elección directa de ministros de la Corte Suprema. En Estados Unidos, por ejemplo, los jueces federales son nombrados por el Ejecutivo y ratificados por el Senado, precisamente para evitar presiones electorales.

5. “El día de mañana es un día histórico en nuestro País…”

Contraargumento:

  • Riesgo de politización: Si bien es una medida inédita, no necesariamente es positiva. La historia reciente de Bolivia muestra que la elección popular de jueces no ha fortalecido la independencia judicial, sino que ha incrementado la influencia del Ejecutivo y los partidos mayoritarios en el Poder Judicial.
  • Precedentes preocupantes: La reforma puede sentar un precedente peligroso para la autonomía de los poderes y la protección de los derechos humanos, al subordinar la carrera judicial a los vaivenes políticos y electorales.

Conclusión

La narrativa oficial sesgada busca presentar la reforma como un avance democrático, pero existen argumentos sólidos y preocupaciones fundadas sobre el riesgo de captura política, pérdida de independencia judicial y vulnerabilidad ante intereses partidistas. El debate no es entre “pueblo vs. privilegios”, sino entre independencia judicial y control político.

Con informacion: ELNORTE/ MEDIOS

“FELICIDADES MI’jo…USTED salio ELEGIDO ?”: “RECTOR de la UAT DETENIDO en 2022 y PRIMO de AMERICO MANDÓ su HIJO a DISNEY con GASTOS PAGADOS por la UNIVERSIDAD”…sin garantizar la transparencia, equidad y legitimidad.


En la imagen, un grupo de jóvenes posa frente al icónico castillo de Disney World en Orlando, Florida. Todos portan camisas blancas con el logotipo de la Universidad Autónoma de Tamaulipas (UAT), lo que indica su pertenencia institucional, pero uno de los jóvenes está señalado con un círculo naranja, se trata del hijo del rector de la UAT, Dámaso Anaya Alvarado.

Este contexto cobra relevancia porque recientemente la UAT presumio acuerdos de colaboración con Disney, específicamente mediante el programa “Disney Cultural Exchange”, que permitira a los estudiantes realizar prácticas profesionales en los parques de la empresa en Estados Unidos y estarán en ese lugar capacitándose del 19 de mayo al 7 de agosto de 2025 con todos los gastos pagados por la universidad,felicidades y bien merecido.

Pero,siempre hay peros

Si el acto de incluir al hijo del rector de la Universidad Autónoma de Tamaulipas (UAT) en el programa de intercambio con Disney fuera completamente honesto y merecido, el rector debió haber adoptado una serie de medidas para garantizar la transparencia, equidad y legitimidad del proceso, evitando cualquier percepción de favoritismo o conflicto de interés de acuerdo con las mejores prácticas y pasos recomendados en contextos internacionales y universitarios:

Acciones que debió tomar el rector

1. Convocatoria pública y transparente

  • El programa de intercambio o movilidad debe anunciarse abiertamente a toda la comunidad estudiantil, detallando los requisitos, criterios de selección, fechas y procedimientos de aplicación, asegurando que todos los estudiantes tengan la misma oportunidad de participar.

2. Criterios claros y verificables

  • Los criterios de selección (promedio académico, dominio de idioma, méritos extracurriculares, entrevistas, etc.) deben ser objetivos, públicos y verificables, y aplicarse de manera uniforme a todos los aspirantes, incluidos familiares de funcionarios que también tienen ese derecho.

3. Comité de selección independiente

  • La evaluación y selección de los participantes debe estar a cargo de un comité autónomo, integrado por académicos y administrativos sin relación directa con los postulantes, para evitar conflictos de interés y asegurar imparcialidad.

4. Publicación de resultados

  • Los resultados del proceso de selección, así como las razones por las que cada estudiante fue elegido, deben publicarse para consulta de la comunidad universitaria, garantizando rendición de cuentas y legitimidad.

5. Declaración de conflicto de interés

  • El rector, pero solo en el caso de que fuese uno honesto, debe declarar públicamente cualquier posible conflicto de interés, como la participación de un familiar directo, y abstenerse de intervenír en cualquier etapa del proceso de selección.

6. Supervisión externa

  • Se recomienda que instancias externas ajenas a la contraloría universitaria o un órgano de transparencia que no dependa del rector, supervisen el proceso para certificar que se cumplieron todos los lineamientos éticos y legales.

7. Comunicación institucional clara

  • Toda comunicación y promoción del programa debe enfatizar los méritos y logros de los seleccionados, explicando detalladamente el proceso y los criterios que llevaron a su elección, para evitar interpretaciones erróneas o suspicacias.

Contexto y buenas prácticas internacionales

Universidades de todo el mundo enfrentan el reto de demostrar que sus programas de movilidad y acuerdos internacionales se gestionan con ética, equidad y transparencia. Las mejores prácticas incluyen la publicación de convocatorias abiertas, la evaluación por comités independientes y la rendición de cuentas ante la comunidad universitaria y la sociedad. Además, se recomienda la inclusión de cláusulas y mecanismos de revisión para evitar cualquier abuso de poder o percepción de nepotismo.

Si la participación del hijo del rector fue legítima y basada en méritos, el rector debió garantizar un proceso abierto, transparente y verificable, absteniéndose de cualquier intervención y permitiendo la supervisión y auditoría externa. Solo así se protege la integridad institucional y se evita el daño reputacional bajo el principio de “no hagas cosas buenas que parezcan malas”.

Antecedentes del Rector Dámaso Anaya Alvarado

Dámaso Anaya Alvarado, actual rector de la UAT, ha estado en el centro de la controversia desde su nombramiento, tanto por su parentesco en grado de primo con el multiacusado gobernador de Morena en Tamaulipas, Américo Villarreal Anaya, como por antecedentes judiciales. 

En junio de 2022, fue detenido por la presunta compra y coacción del voto en Ciudad Victoria, hechos que fueron ampliamente difundidos por medios como Reforma y confirmados por la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de Tamaulipas. En ese momento, se le encontraron sobres con dinero, listas nominales y propaganda electoral, lo que lo vinculó directamente con delitos electorales que fueron allanados con calculo politico,no legal.

Además, su gestión en la UAT ha sido señalada por presuntos actos de corrupción, nepotismo, abusos sexuales,empleados armados, cateos por drogas a domicilios de otros,contratismo familiar, y hasta el nombramiento de funcionarios sin los requisitos legales para el cargo. 

La universidad ha sido objeto de investigaciones por desvío de recursos y malversación de fondos públicos, tanto en su administración como en la anterior, alcanzando montos de hasta 500 millones de pesos. 

La Fiscalía Anticorrupción de Tamaulipas ha vinculado a proceso a exfuncionarios por uso ilícito de atribuciones y facultades, y la Unidad de Inteligencia Financiera ha detectado irregularidades financieras graves que no han sido castigadas, vaya usted a sabré por que.

Presuntos Delitos Relacionados con el Uso de Recursos Universitarios

El uso de recursos públicos de la universidad para financiar viajes o actividades personales podría configurar varios delitos, entre ellos:

  • Uso ilícito de atribuciones y facultades: Si se demuestra que recursos de la UAT fueron utilizados para costear viajes del hijo del rector sin justificación académica real, se estaría ante este delito, tipificado en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y el Código Penal Federal.
  • Desvío de recursos públicos: Si los fondos destinados a programas académicos o de movilidad se emplean para fines personales al beneficiar truculentamente a la familia desplazando otros perfiles, se configura el delito de peculado, sancionado tanto en la legislación estatal como federal.
  • Tráfico de influencias y nepotismo: El beneficio directo a familiares en programas institucionales, especialmente si se otorgan privilegios o se alteran procesos de selección, puede ser constitutivo de tráfico de influencias, abuso de autoridad y nepotismo.

El hijo del rector,señalado en la imagen,tambien aparece en el viaje a Nueva York del rector humanista nuevo rico en diciembre de 2024.

Contexto Político y Social

La gestión de Dámaso Anaya Alvarado ha sido duramente criticada por la falta de transparencia, el uso político de la universidad y el contraste entre el discurso de austeridad y la ostentación de viajes y lujos por parte de funcionarios y sus familias. La UAT ha sido señalada como una “fábrica de corruptos” y caja chica de intereses políticos, con prácticas sistemáticas de saqueo y simulación que llevan a la Universidad a sus peores tiempos ,aunque con periodismo de “prepago” se propala lo contrario, un nuevo rostro que esta dejando mucho rastro.

Conclusión

La presencia del hijo del rector Dámaso Anaya Alvarado en un viaje institucional a Disney, en el marco de recientes acuerdos de la UAT con la empresa, y considerando los antecedentes judiciales y de corrupción del propio rector, refuerza las sospechas de uso indebido de recursos públicos, nepotismo y tráfico de influencias. 

Estos hechos, de comprobarse, podrían configurar delitos como uso ilícito de atribuciones, peculado y abuso de autoridad, sumándose a la larga lista de irregularidades que han marcado la administración universitaria en Tamaulipas,ahora en manos de Damaso Anaya,conduciendola con la misma pulcritud con que fue detenido un dia de las elecciones de 2022 y mañana se encamina a hacer lo mismo.

Con informacion: Redes/medios/