La primera auditoría interna realizada a AIFA, S.A de C.V., la empresa de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) que administra el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, detectó en la paraestatal riesgo de conflicto de interés, nepotismo, personal sin el perfil adecuado y denuncias por cohecho, abuso de funciones, hostigamiento laboral, incumplimiento de funciones y falta de cumplimiento en las labores. De acuerdo con el informe de resultados de la revisión de desempeño del departamento de Recursos Humanos 1/2023, del cual EL UNIVERSAL posee copia, el Órgano Interno de Control de AIFA, S.A de C.V. identificó que un gerente de la empresa tiene parentesco consanguíneo en grado 1 con un exdirectivo de la compañía, lo que viola la Ley Federal de Austeridad Republicana que impulsó el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Al revisar el expediente del servidor público, los auditores internos encontraron que el gerente llegó al puesto por recomendación y además tiene familiares en la empresa Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, S.A de C.V., así como seis contratos individuales desempeñando puestos en diferentes áreas: gestor de contratos, coordinador de área y coordinador de Gerencia.
Según el informe, el vínculo familiar entre el exdirectivo, quien tenía un importante nivel de influencia en la toma de decisiones relacionadas con los procesos de contratación, evidenciaron “posibles riesgos por conflicto de interés, los cuales pudieron no haberse materializado; sin embargo, se requieren establecer los mecanismos de control necesarios”.
Del 2 de enero al 17 de marzo, el Órgano Interno de Control dependiente de la Secretaría de la Función Pública (SFP) revisó 198 expedientes personales de los servidores públicos que laboran en la compañía para examinar que su desempeño contribuya al desarrollo de la industria.
Se descubrió que al menos 31 empleados no reúnen el perfil de los puestos que ocupan, por lo que se recomendó a la Dirección de Administración y a la Subdirección de Recursos Humanos y a las gerencias de Empleo y Capacitación y de Administración de Personal instrumentar acciones para que los servidores públicos desarrollen las competencias, conocimientos y habilidades que requieren sus puestos.
Como parte de la auditoría practicada a los expedientes, también se detectó que para los empleados de la paraestatal no se aplica la Ley del Servicio Profesional de Carrera ni las autoridades de la Sedena cuentan con un sistema alterno que permita el desarrollo profesional de los recursos humanos.
Asimismo, resaltó que su Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones recibió el año pasado nueve denuncias; tres por cohecho; tres, por abuso de funciones; una, por abuso de funciones y hostigamiento laboral; una, por descuido o falta de atención en el cumplimiento de las obligaciones y una por incumplimiento con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas.
“Independientemente de que constituyeran faltas administrativas [estas nueve denuncias] eran contrarias a los valores que deben cumplir los servidores públicos”, se indica.
En el documento del OIC, fechado en abril pasado, se detalla que la empresa administradora del AIFA carece de un mecanismo para garantizar a sus empleados de procedencia civil la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública, con base en el mérito que permita impulsar el desarrollo de la entidad.
Se señala que el personal militar en activo que ocupa puestos en AIFA, S.A de C.V. continúa su desarrollo profesional, incluido lo relacionado con los ascensos y recompensas bajo las leyes y reglamentos militares.
“La planeación de recursos humanos y de la estructura organizacional en la entidad no establece el proceso y criterios que se establecieron para la selección del personal militar en activo que ha ocupado puestos, incluidos los de confianza de mayor relevancia”, precisa el OIC.
En la auditoría se refiere también que la empresa Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, S.A de C.V. carece de un instrumento para que los servidores obligados cumplan con las disposiciones de entrega y recepción, ya que por falta de este instrumento se halló que 16 cargos con nivel de director, subdirector y gerentes no están considerados dentro de los obligados a sujetarse a las disposiciones de entrega-recepción correspondientes.
“Siendo que por la importancia de sus funciones estarían obligados a sujetarse a las disposiciones de entrega-recepción correspondientes, estarían obligados a la rendición de cuentas”, se advierte en el documento.
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