La jugada es la de siempre: el expediente dice “prisión preventiva”, pero el juzgado la traduce a “habitación con gotero y tele de plasma”. En papel parece justicia; en la práctica es la versión jurídica del túnel de El Chapo, nada más que con bata blanca y diagnóstico premium.
La postal del “malo enfermito”
En la foto, la real,no la generada por IA ,el detenido aparece con la clásica coreografía de presentación de trofeo: lona de Marina detrás, marino camuflado a un lado y el presunto generador de violencia al centro, esposado, playera informal, pose de “yo qué”. Es la liturgia mediática del Estado fuerte: el gobierno lo exhibe como si ya fuera condenado, aunque legalmente sigue siendo “presunto”.

Esa escena es útil mientras sirve para inflar estadísticas, ruedas de prensa y tuits triunfalistas. Después, cuando la carpeta llega al juez, el mismo personaje que era “peligrosísimo” se convierte, mágicamente, en “paciente de alto riesgo” con un expediente médico más gordo que la acusación penal.
Del capo al “cardiópata de alto riesgo”
El caso de José Antonio Cortés Huerta, “Titán”, es el manual de operación: el gobierno federal lo señala como líder de célula afín al Cártel del Noreste, ligado al huachicoleo, pero en cuestión de semanas deja el penal y se instala en el Hospital Universitario, donde seguirá su proceso. No es libertad, dicen; es “prisión preventiva en centro médico”, un eufemismo que en la práctica significa menos barrotes y más comodidades, siempre y cuando no se escape el “paciente”.
El juez Primero de Distrito, Mario Melo Cardoso, le concede una suspensión en el juicio de amparo 476/2026 para que esa prisión preventiva se ejecute en un hospital y no en un penal. Sus abogados argumentan un combo clínico de catálogo: problemas cardiacos, probable rabdomiólisis, hipertensión y riesgo de insuficiencia renal aguda; es decir, un expediente que lo pinta al borde del colapso, menos cuando dirigía, presuntamente, una célula criminal.
Artículo 166: la salida de emergencia de los de siempre
El truco está normado: el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales permite que, si el imputado tiene enfermedad grave o terminal, el juez ordene que la prisión preventiva se ejecute en domicilio o centro médico.
La intención era humanitaria; en manos de ciertos jueces y despachos se volvió la puerta VIP para el crimen organizado y para cualquier imputado con presupuesto suficiente para “documentar” su gravedad.
Los criterios judiciales aclaran que esta modalidad debería ir acompañada de vigilancia, supervisión y medidas cautelares serias, pero en la realidad mexicana esas condiciones terminan diluidas entre oficios que nadie revisa y policías que nadie ve. La ley dice una cosa; el ecosistema de complicidades la convierte en un simulacro donde el acusado sale del penal y entra al limbo médico-jurídico.
La justicia del acordeón: se estira para el fuerte, se encoge para el jodido
Mientras un líder de célula criminal puede salir del penal envuelto en diagnósticos sofisticados y medidas cautelares “de hospital”, el detenido pobre sin abogado de élite se queda pudriéndose en prisión preventiva por delitos mucho menores. La consigna constitucional de que “todos somos iguales ante la ley” aplica sólo hasta que entra en escena el juez del acordeón: al poderoso se le estira la norma, al indefenso se le encoge hasta asfixiarlo.
Lo que se vende como respeto a derechos humanos termina siendo un vulgar escape de prisión maquillado con lenguaje procesal y firmas en papel membretado. Cambias barrotes por bata, custodios por enfermeros, celda por cuarto de hospital, y listo: la estadística oficial dice “sigue bajo prisión preventiva”, pero el mensaje al resto del crimen organizado es clarísimo: con el médico correcto y el juez adecuado, la cárcel es opcional.
Con información: ELNORTE/

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