El titular del Juzgado Octavo de Distrito con sede en Tamaulipas aplazó la audiencia constitucional programada ayer martes, donde resolvería si le concede al mandatario estatal Francisco Javier Cabeza de Vaca, la protección de la justicia federal contra la privación de su libertad.
El juez Faustino Gutiérrez Pérez informó que la Fiscalía General de la República (FGR) interpuso un nuevo recurso para revocar el juicio de amparo que promovió el gobernador contra la orden de aprehensión por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada.
MATA MAS la INCERTIDUMBRE:
De acuerdo al impartidor de justicia, el director de Amparo en ausencia del titular de la Policía Federal y de la FGR, envió los oficios DAAR/08/06035/2021 y DAAR/08/06036/2021, en los que impugnó a través de recursos de quejas la resolución del 24 de mayo pasado donde admitió a trámite la demanda de garantías de Cabeza de Vaca.
Por ello, el togado agregó que cuando el Tribunal Colegiado resuelva la inconformidad, anunciará la nueva fecha para llevar a cabo la diligencia.
Por su parte, el juez de control con residencia en el penal del Altiplano, notificó a Gutiérrez Pérez que la causa penal 139/2021, relacionada con la orden de captura contra el gobernador de Tamaulipas, constituye información clasificada conforme con el artículo 110, fracción VII, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Sin embargo, el juez federal afirmó que esa información y la que integran los registros de investigación que la originaron, “pueden ser conocidas con objeto de ejercer el derecho de defensa, que permita desvirtuar la imputación que exista contra el quejoso, precisamente al darle a conocer los datos que sean necesarios para ejercerlo y no puede negarse bajo la hipótesis de que su publicación obstruye la prevención o persecución de los delitos contra otros” añadió en su resolutivo el impartidor de justicia.
fuente.-
En la carpeta de investigación forzosamente se le debe de dar información al inculpado para que mediante su abogado pueda armar su defensa, ahora imagínense ala autoridad judicial con mucho más razón , es más la autoridad judicial puede en todo momento apercibir y hasta amonestar al MP, si este no responde los requerimientos, en ningún litigio hay INFORMACIÓN CLASIFICADA, Por que tanto el abogado como el ministerio público son coadyuvantes, ese es un coro desacato al poder judicial y una verdadera afrenta ala suprema corte de justicia de la nación, es por eso que se debe de salvaguardar la independencia de cada poder, para que ninguno de los tres poderes constitucionalmente creados pueda transgredir ni sobajar a los dos restantes, aquí la suprema corte de intervenir inmediatamente y no permitir que exista este afrenta ni mucho menos está clara OBSTRUCCIÓN ALA JUSTICIA Y DE LOS MANDAMIENTOS JUDICIALES DE ELLA EMANADOS.
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