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lunes, 6 de abril de 2026

«SUPREMA CORTE le REGALA a PAJARO de CUENTA de la UIF de HARFUCH la FACULTAD de CONGELAR CUENTAS BANCARIAS SIN ORDEN JUDICIAL».. el dinero puede quedar secuestrado primero y discutido después.


La Suprema Corte acaba de darle a la UIF lo que muchos gobiernos sueñan y pocos admiten en voz alta: el poder de congelar cuentas sin pasar primero por un juez, siempre que alegue indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo. En español llano: primero te inmovilizan el dinero y luego, si alcanza, te explican por qué.

La nueva liturgia del “plano preventivo”

La Corte decidió que bloquear cuentas no es una condena, sino una “medida cautelar” en nombre de la seguridad financiera. El argumento suena pulcro: no hay pena, no hay declaración de culpabilidad, no hay sustitución del Ministerio Público; solo una inmovilización temporal revisable y con audiencia administrativa.

La traducción política es más áspera: el Estado se reserva el derecho de apretar el botón rojo antes de que un juez revise el caso. Y cuando una autoridad presume que actuar “en prevención” justifica todo, la frontera entre combate al delito y castigo sin debido proceso se vuelve delgada, muy delgada.

El alcance real

El fallo no solo valida el bloqueo; también ordena el ritual burocrático posterior. El banco debe notificar a la persona afectada, esta tiene cinco días hábiles para pedir audiencia, la UIF debe celebrarla en diez días hábiles y resolver en quince.

Eso significa que el golpe económico llega primero y la defensa llega después, con reloj en mano y la cuenta ya congelada. Para un empresario, un comerciante o cualquiera que dependa del flujo diario de dinero, eso equivale a una sanción de hecho, aunque jurídicamente le llamen otra cosa.

Lo que preocupa

La Corte sostiene que no se viola la presunción de inocencia porque no se está declarando culpabilidad. El truco está en que, en la vida real, bloquear una cuenta puede destruir operaciones, nóminas, contratos y reputación antes de que llegue cualquier revisión formal.

Por eso el debate no es menor: si la UIF puede cortar liquidez con base en “indicios”, el poder financiero del Estado crece sin necesidad de una orden judicial previa. Y cuando el expediente se maneja desde Hacienda, el riesgo es obvio: que la prevención se convierta en una herramienta de presión política, administrativa o selectiva, incluso si el discurso oficial insiste en que todo es por seguridad.

Redacción irreverente

La Corte decidió vestirse de guardia de seguridad del sistema financiero y le entregó a la UIF el botón del apagón bancario. El argumento es elegante, casi de manual: no te castigan, solo te “previenen”; no te condenan, solo te inmovilizan; no te juzgan, solo te apagan la cuenta mientras llega tu turno en la ventanilla administrativa.

En la práctica, el mensaje es brutal: el dinero puede quedar secuestrado primero y discutido después. Y en un país donde el poder suele llegar antes que la prueba, esa “medida cautelar” puede terminar funcionando como un decomiso express con corbata institucional.

Con informacion: ELUNIVERSAL/

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