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martes, 27 de octubre de 2020

"COMO el FBI,PERO a la MEXICANA": LA FGR AUTORIZA al FISCAL de CASO IGUALA "OPERACIONES ENCUBIERTAS,INTERVENCION de COMUNICACIONES y TESTIGOS PROTEGIDOS"...los agentes de por si infiltrados,se podrán infiltrar.



El Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, acordó delegar en el organismo que investiga el caso Iguala la facultad para conceder beneficios a testigos colaboradores, intervenir comunicaciones privadas, solicitar informes bancarios y ejecutar operaciones encubiertas.

En un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, que entra en vigor este martes, Gertz adicionó nuevos apartados que autorizan diversas atribuciones a la Unidad Especial de Investigación y Litigación para el caso Ayotzinapa, que preside Omar Gómez Trejo.

El titular de la FGR le delega las facultades previstas en los artículos 144, 145, 167, 251, 255, 256, 291, 303 y 325 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y del artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito.

Es decir, que la unidad podrá solicitar el desistimiento de la acción penal en un proceso; la cancelación de una orden de aprehensión, la reclasificación del delito o pedir la prisión preventiva o el resguardo domiciliario para garantizar la comparecencia del imputado o la protección de las víctimas o testigos.

Gertz también autorizó al organismo investigador dictar el no ejercicio de la acción penal, antes de una audiencia inicial, y conceder los criterios de oportunidad, que significan la inmunidad penal para quien colabore con las investigaciones del caso Iguala.

Con este acuerdo, la unidad especial también podrá solicitar a un juez la intervención de comunicaciones privadas, la localización geográfica en tiempo real y la solicitud de entrega de datos conservados por las empresas telefónicas.

Adicionalmente, el titular de la FGR delega al organismo a cargo de Gómez Trejo la facultad de presentar la acusación contra un imputado, en los 15 días posteriores a la conclusión del plazo que tienen los fiscales federales para hacerlo.

Con base en el texto publicado, Gertz comisiona a la unidad de litigación para llevar a cabo actos de investigación que no requieren autorización previa del juez de control.

Por ejemplo, la inspección de personas y del lugar del hecho o del hallazgo; la revisión corporal; la inspección de vehículos; el levantamiento e identificación de cadáver; y la aportación de comunicaciones entre particulares.

También, el reconocimiento de personas y la entrega vigilada y las operaciones encubiertas.

Las atribuciones mencionadas son propias del Ministerio Público Federal, sin embargo, varias de ellas requieren de la firma del titular de la FGR, salvo que las delegue formalmente, como ocurre con la publicación de este acuerdo.

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