miércoles, 30 de septiembre de 2020

"...y de QUE ha SERVIDO ?": LA VIDA PUBLICA del PAIS esta MILITARIZADA y es "INCONSTITUCIONAL": DICE "JURISPERITO" EX-TITULAR de la CNS...cuando estaba en el cargo no le incomodaba.



Si bien ha sido un debate vigente por años, el hecho de que militares y marinos realicen labores de seguridad pública resulta una acción de inconstitucionalidad, que en la actual administración ha implicado que esté “militarizada la vida pública” del país, y que además pone en duda el regreso paulatino que se tiene previsto de las Fuerzas Armadas a sus cuarteles en cinco años, consideró Renato Sales Heredia, extitular de la Comisión Nacional de Seguridad.

Para el exfuncionario esta militarización responde a la postura del gobierno por mantener a los elementos del Ejército y la Armada en tareas vinculadas con la repartición de medicinas, con la construcción del Banco del Bienestar, entre otras, pues la disciplina que caracteriza a estas instituciones, dijo, “ha sido bien aprovechada por las autoridades civiles”.

Al participar en la conferencia virtual titulada “Militarización de la seguridad pública”, convocada por la organización ciudadana Todos Con México, entre otras, el primer zar antisecuestros señaló que si bien la creación de la Guardia Nacional se enmarca en la legalidad, con sus respectivos cuestionamientos, lo que sí resulta anticonstitucional es el decreto presidencial del 11 de mayo pasado, derivado de la reforma constitucional de marzo de 2019, con el que se faculta a la fuerza armada permanente (Ejército y Armada) entre muchas otras cosas, para prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas.

“Esta reforma, en mi opinión, sí constituye un verdadero fraude constitucional contra lo que ha dicho la Corte (Interamericana de Derechos Humanos) últimamente. No es que una ley esté en contra de la Constitución. Es una mera anticonstitucionalidad, un fraude a la Constitución es utilizar el mecanismo de reforma que la propia Constitución recoge en su artículo 135 para subvertir los fundamentos del estado de derecho”, subrayó Sales Heredia.

Al parafrasear lo que señala el artículo 21 constitucional, en el que se define el concepto de seguridad pública, advirtiendo que (…) ‘Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional’, el jurista lanzó el cuestionamiento:

“Esta Guardia Nacional que reemplazó a la Policía Federal es una corporación civil, cuando la propia ley que la define la divide en batallones, guarniciones, regimientos y secciones; cuando la dirige un general, y que sabemos que está estructurada militarmente. No es una corporación civil como lo mandata la Constitución. Pero este decreto transitorio fue aún más allá”.

Al respecto añadió, “la pregunta es ¿Si los militares y marinos están capacitados para ser policías, para atender faltas administrativas, infracciones, para formular un informe policial homologado, para argumentar ante un juez de control en una audiencia de detención, para soportar, tal cual, que lo interrogue al militar un juez civil, un fiscal civil o un defensor también civil?”.

Renato Sales reiteró que “no es que la Guardia Nacional sea anticonstitucional, (pues) viene a ser una equivocación, porque en mi particular opinión no había por qué terminar con la única corporación civil federal que había sido capacitada y que tenía posibilidades de acción en todo el país, que era la Policía Federal. Lo que es anticonstitucional es que la fuerza armada permanente haga estas labores (…) Lo que tendría que hacerse es fortalecer a las policías, capacitarlas realmente, que es tristemente un tema abandonado, relegado”.

A propósito de este debate, el exsubprocurador de Procesos en la desaparecida PGR recordó que este jueves 1 de octubre la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá que resolver si admite o no a trámite la controversia constitucional que presentó la entonces presidenta por la presidenta de la Cámara de Diputados, Laura Rojas, en la que se alega la inconstitucionalidad del decreto del 11 de mayo; ese mismo día el Alto tribunal deberá analizar, también, si resulta procedente el realizar la consulta popular para saber si se sanciona o no a expresidentes.

fuente.-Jonathan Nácar/

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