Pese a reconocer públicamente que garantizar la seguridad en las vías del ferrocarril es responsabilidad federal, la inútil Secretaria de Gobernación Olga Sánchez Cordero, prefirió eludir esa obligación constitucional y casi renunciando en publico a la potestad del estado Mexicano de cumplir y hacer cumplir las leyes, dijo que corresponderá al Gobierno de Michoacán resolver el problema del bloqueo que tienen los maestros derivado de un problema de dinero.
Entrevistada tras participar en Morelia en la ceremonia por el 255 aniversario del natalicio de José María Morelos y Pavón, la funcionaria que con su postura pareciera esta haciendo una "invitación nacional" a violentar las leyes para exigir un derecho, afectando los de terceros,dijo que la Federación ha transferido al Gobierno estatal los recursos para el pago del magisterio.
"Las vías del tren son federales, las vías de comunicación, pero, hasta donde yo tengo conocimiento, este es un problema del magisterio pero a nivel local", dijo.
"El señor Presidente ha sido muy enfático, hizo la transmisión de los recursos, la transferencia de los recursos aquí el Estado de Michoacán para cubrir todos los adeudos y todos los bonos y todas las prestaciones de los maestros",dijo la SEGOB tratando de justificar la inacción gubernamental que ya derivo en mayores daños económicos que los que se intenta resolver.
"Yo lo que puedo decir es que en este Gobierno tampoco hay represión y yo quisiera que a través del diálogo, más diálogo y más diálogo, ellos abandonaran este bloqueo de las vías del tren",dijo quien fuera Ministra de la Suprema Corte de Justicia que hoy goza de un millonario y abundante retiro pagado con impuestos de los Mexicanos que hoy le pagan por pretextar el incumplimiento de la ley.
**Y que dice la Ley,en el supuesto de que en este país no estuviera ausente el estado de derecho.
La CNTE viola tres artículos del Código Penal Federal y los cuáles se castigan con hasta cinco años de prisión y de cien a diez mil días multa.
Dentro del artículo artículo 167 del Código Penal Federal se especifica que “Se impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a diez mil días multa
I. Por el solo hecho de quitar o modificar sin la debida autorización: uno o más durmientes, rieles, clavos, tornillos, planchas y demás objetos similares que los sujeten, o un cambiavía de ferrocarril de uso público.
III. Al que, para detener los vehículos en un camino público, o impedir el paso de una locomotora o hacer descarrilar ésta o los vagones, quite o destruya los objetos que menciona la fracción I, ponga algún estorbo o cualquier obstáculo adecuado.
A esas penalidades se le suma la agravante de participar en pandilla, la cual se establece en el artículo 164-Bis:
Cuando se cometa algún delito por pandilla, se aplicará a los que intervengan en su comisión, hasta una mitad más de las penas que les corresponden por el o los delitos cometidos.
Y por último, destacar la penalidad de sabotaje del artículo 140 del CPF:
Se impondrá pena de dos a veinte años de prisión y multa de mil a cincuenta mil pesos, al que dañe, destruya, perjudique o ilícitamente entorpezca vías de comunicación, servicios públicos, funciones de las dependencias del Estado, organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal, órganos constitucionales autónomos o sus instalaciones; plantas siderúrgicas, eléctricas o de las industrias básicas; centros de producción o distribución de artículos de consumo necesarios de armas, municiones o implementos bélicos, con el fin de trastornar la vida económica del país o afectar su capacidad de defensa.
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