El mas reciente y macabro hallazgo en Reynosa, revela una práctica atroz utilizada por el Cartel del Golfo comandado por par de ex-militares solapados por accion y omisión por el Gobierno de Morena de Americo Villarreal Anaya,teniendo de testigos de palo a los gloriosos elementos del Ejercito Mexicano,esos que para ser muchos,hacen muy poco.
Los criminales en el animo de deshacerse de la evidencia bajo la errónea apreciación de que si no hay cadaver no hay homicidio,han venido usando como método la combustión de llantas para calcinar cuerpos:
Combustión de llantas
Las llantas están compuestas principalmente de caucho, que requiere temperaturas muy altas para encenderse, pero una vez que se prende el fuego, las llantas arden con un calor intenso y producen llamas grandes y persistentes por el alto contenido energético de sus materiales que las hace “ideales” para los criminales que buscan destruir evidencia rápidamente.
Características de la combustión
- Temperaturas extremas: Las llantas pueden alcanzar temperaturas de entre 400°C y 700°C durante la combustión
- Difícil de extinguir: Los incendios de llantas son notoriamente difíciles de apagar, ya que el caucho tiene baja conductividad térmica y puede seguir ardiendo por dentro incluso si se extingue por fuera
- Combustión prolongada: En algunos casos, la combustión lenta de llantas puede continuar por días o incluso semanas
Impacto en la evidencia forense
El uso de llantas para calcinar cuerpos complica enormemente la labor de los investigadores:
- Destrucción de tejidos blandos y ADN.
- Fragmentación y deformación de restos óseos.
- Contaminación química de los restos.
- Dispersión de cenizas y fragmentos en el área.
Sin embargo, como se menciona en el reporte, aún es posible obtener muestras de ADN de los restos calcinados mediante técnicas forenses especializadas.
Aunque no haya muerto,si puede haber homicidio
Si la autoridad en Tamaulipas,bajo el gobierno de Americo Villarreal y el “Doctor en Mañas” Irving Barrios Mujica,no solo no fuera complice, sino además “taruga”, se podría inculpar de asesinato a los miembros del Carte aun y bajo ausencia del cadaver:
Y aunque esta ausencia complica significativamente la investigación y el enjuiciamiento de un asesinato, es posible probar este delito sin contar con el cuerpo de la víctima. Esto se fundamenta en varios aspectos clave:
Prueba indiciaria
La jurisprudencia ha establecido que la prueba indiciaria o circunstancial puede ser suficiente para demostrar la comisión de un asesinato, incluso sin el cadáver. Algunos elementos que pueden constituir esta prueba son:
- Testimonios que sitúen al acusado como la última persona que vio con vida a la víctima
- Evidencias físicas como restos biológicos en vehículos o propiedades del acusado
- Comportamiento sospechoso del acusado tras la desaparición de la víctima
- Pruebas que demuestren motivos o planificación del crimen
Evolución jurídica
Históricamente se requería el cuerpo del delito para probar un asesinato, pero esto ha cambiado en todo el mundo mundial
- Desde principios del siglo XX, tanto en Estados Unidos como en Inglaterra, se ha aceptado que las pruebas circunstanciales pueden ser suficientes para establecer el hecho de la muerte
- En 1954, un tribunal inglés sentó precedente al considerar válidas las pruebas circunstanciales para probar un asesinato sin cadáver
Principio de libertad probatoria
Los sistemas judiciales modernos generalmente no exigen la presencia del cuerpo como requisito para probar un homicidio:
- En Chile, por ejemplo, el Código Procesal Penal consagra la libertad probatoria, permitiendo acreditar los hechos por cualquier medio de prueba
- Sin embargo, la valoración de la prueba debe seguir principios lógicos y científicos, y la convicción del tribunal debe alcanzarse más allá de toda duda razonable
Casos emblemáticos
Existen varios casos que han sentado precedentes importantes:
- En España, el caso de Ramon Laso en 2014 fue pionero al lograr una condena por homicidio sin cuerpo, sin testigos y sin confesión
- En Estados Unidos, desde la década de 1960, se han aceptado pruebas circunstanciales para demostrar la muerte de una persona desaparecida y la culpabilidad del acusado
Desafíos y consideraciones
A pesar de la posibilidad de condenar sin cadáver, existen desafíos importantes:
- La ausencia del cuerpo dificulta determinar la causa exacta de la muerte o si hubo agravantes como ensañamiento
- Se requiere una investigación exhaustiva y una presentación sólida de pruebas indirectas para superar el estándar de la duda razonable
- Algunos juristas argumentan que esto podría debilitar el estándar probatorio y poner en riesgo garantías procesales
En conclusión, aunque la ausencia de un cadáver presenta desafíos significativos, la evolución jurídica y los avances en técnicas forenses han permitido que sea posible probar un asesinato basándose en una sólida construcción de pruebas circunstanciales e indicios que, en su conjunto, puedan demostrar más allá de toda duda razonable la comisión del delito…claro esta,para eso se requiere exceso de voluntad y nada de complicidad.
Con informacion: HoyTamaulipas/medios
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