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domingo, 1 de noviembre de 2020

LA FGR INDAGA a JUZGADOR FEDERAL que "METE la MANO" en JUICIO CIVIL para BENEFICIAR a su PADRE ABOGADO y EX-MILITAR...cosa que la ley le prohibe.



El juez federal Alfonso Javier Flores Padilla enfrenta una denuncia en la Fiscalía General de la República; está acusado de intervenir ilegalmente en un juicio civil para beneficiar a su padre, el abogado Santos Flores Lozano. Proceso tuvo acceso al expediente contra el impartidor de justicia –personaje con varios señalamientos por presunta corrupción– del cual destaca un audio en el que se le escucha negociar y buscar un encuentro con la parte afectada.


Un juez federal adscrito al circuito judicial de Baja California fue denunciado ante la Fiscalía General de la República (FGR) por su presunta intervención irregular para beneficiar a su padre en un juicio de carácter civil, tramitado ante juzgados y tribunales federales de la Ciudad de México.

En dicho litigio civil, el padre del impartidor de justicia es identificado como representante legal de una de las partes en conflicto.

En la acusación presentada el 30 de septiembre último ante la Fiscalía Anticorrupción de la FGR, la empresa MIAF, Logistics and Legal Strategies Division LLC entregó la grabación de una llamada telefónica en la cual se escucha al juez tercero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en Baja California, Alfonso Javier Flores Padilla, hablar con el empresario y arquitecto Manuel Reyero.

Durante la conversación, el juez se ofrece como mediador entre la empresa MIAF y su padre, el abogado Santos Flores Lozano, con el fin de resolver el conflicto legal que sostienen ambas partes en juzgados y tribunales federales, por lo que se trata de un proceso abierto.


De acuerdo con el artículo 101 constitucional, párrafo segundo, los servidores públicos que ocupen un cargo como ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrado de Circuito, juez de Distrito o consejero de la Judicatura Federal están impedidos para actuar o intervenir en calidad de “patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación”.

La prohibición expresa para que los ­impartidores de justicia de carácter federal participen en procesos legales que se discuten en Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito aplica desde que asumen el cargo y hasta dos años después de que concluye su responsabilidad.

El último párrafo del artículo 101 constitucional advierte que cualquier infracción al contenido de dicha norma debe ser sancionada con la destitución del servidor público involucrado, pese a que el juzgador federal podría argumentar que intervino como particular para tratar de ayudar a su padre.

“La infracción a lo previsto en los párrafos anteriores será sancionada con la pérdida del respectivo cargo dentro del Poder Judicial de la Federación, así como de las prestaciones y beneficios que en lo sucesivo correspondan por el mismo, independientemente de las demás sanciones que las leyes prevean”, señala el último párrafo del artículo 101 de la Carta Magna.

Proceso buscó al juez Flores Padilla en su teléfono celular, estableció comunicación directa y el propio impartidor de justicia se identificó ante el reportero. Sin embargo, al conocer el tema de la llamada, cortó la comunicación y no volvió a responder.

Tampoco respondió a un mensaje vía WhatsApp en el que se le insistió sobre la necesidad de contar con su posición sobre el tema.

Sobre el caso, la Oficina de Comunicación del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) respondió que la Comisión de Disciplina intervendrá cuando se conozcan todas las evidencias.

Para revisar el asunto más a fondo, la Judicatura también propuso una entrevista con un consejero integrante de la Comisión de Disciplina, misma que no se pudo concretar hasta el cierre de la edición del número 2295 de la edición impresa de Proceso.

Fuente.-

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