La Suprema Corte de Justicia limitará los excesos y abusos al solicitar amparos.
El máximo tribunal aprobó una jurisprudencia que restringirá la práctica de los amparos "buscadores", promovidos por personas que sospechan estar bajo investigación por un delito, pero no han sido citadas por la Fiscalía.
Al promover esos amparos, los presuntos culpables tratan de tomar ventaja para acceder a expedientes y buscar medidas de protección anticipadamente e incluso huir.
"La simple sospecha de ser investigado no deriva en ningún derecho subjetivo para acceder a la carpeta de investigación", señala la resolución aprobada por el voto de tres ministros contra dos en la Primera Sala de la Corte.
Así, los ministros resolvieron una contradicción de criterios entre tribunales colegiados en un tema que ha generado confusiones desde que el sistema de justicia penal acusatorio entró plenamente en vigor en el 2016.
En la práctica, esto podría facilitar aún más la detención y prisión preventiva de sospechosos, ya que muchas Fiscalías solicitan órdenes de aprehensión sin haber citado al investigado.
La Corte determinó que se requiere que la autoridad ministerial ejecute alguna diligencia en perjuicio del investigado, como una detención, un citatorio u otro "acto de molestia", para acceder al expediente.
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