martes, 24 de septiembre de 2019

"TUMBAR a CABEZA de VACA": SENADORES de MORENA PROPONEN 'DESAPARECER PODERES y NOMBRAR GOBERNADOR PROVISIONAL en TAMAULIPAS...que los vientos de cambio fueron vientos de sangre.


El Grupo Parlamentario de Morena en el Senado  adelantó que ante la grave situación de inseguridad, buscará desaparecer los poderes en Tamaulipas y quitar del cargo de Gobernador al Panista Francisco Javier Garcia Cabeza de Vaca a quien culpa del aumento de la Violencia y uso criminal e indiscriminado de su Policia Estatal,autora de innumerables abusos que da como resultado que la población este atrapada entre el crimen y los criminales que la combaten.

LO AMENAZARON EN 2018



Morena dio a conocer su intención este miércoles y la dio a conocer a través de DOCUMENTO FIRMADO por el GRUPO PARLAMENTARIO,donde detalla las causales y el sustento jurídico cuyo propósito hará extensivo a Guanajuato tambien gobernado por el PAN.



Por otra parte lSenadores del Partido Acción Nacional (PAN) dieron a conocer el pasado 17 de septiembre que intentarán desaparecer los poderes en Veracruz.


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FUNDAMENTO JURÍDICO

El artículo 76 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece lo siguiente.

Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

I a IV…

V.

Declarar, cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de una entidad federativa, que es llegado el caso de nombrarle un titular del poder ejecutivo provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales de la entidad federativa. El nombramiento del titular del poder ejecutivo local se hará por el Senado a propuesta en terna del Presidente de la República con aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes, y en los recesos, por la Comisión Permanente, conforme a las mismas reglas. El funcionario así nombrado, no podrá ser electo titular del poder ejecutivo en las elecciones que se verifiquen en virtud de la convocatoria que él expidiere. Esta disposición regirá siempre que las constituciones de las entidades federativas no prevean el caso.

En ese contexto, corresponde al Senado de la República determinar que se actualizan los supuestos previstos en el artículo 2º de la Ley Reglamentaria de la Fracción V del Artículo 76 de la Constitución General de la República y, por ende, declarar que es procedente designar un gobernador provisional en el Estado de Tamaulipas, conforme al procedimiento instituido en dicha normativa reglamentaria. Dichos supuestos, conforme al citado artículo, son los siguientes:

I.- Quebrantaren los principios del régimen federal.

II.- Abandonaren el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor.

III.- Estuvieren imposibilitados físicamente para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos o con motivo de situaciones o conflictos causados o propiciados por ellos mismos, que afecten la vida del Estado, impidiendo la plena vigencia del orden jurídico.

IV.- Prorrogaren su permanencia en sus cargos después de fenecido el período para el que fueron electos o nombrados y no se hubieran celebrado elecciones para elegir a los nuevos titulares.

V.- Promovieren o adoptaren forma de gobierno o base de organización política distintas de las fijadas en los artículos 40 y 115 de la Constitución General de la República.

Es de considerarse que en el caso que nos ocupa, se actualizan al menos los supuestos previstos en las fracciones I y III del artículo 2º en mención, dado que el orden consagrado en nuestra Constitución Federal se ha visto quebrantado en el Estado de Tamaulipas ya que no es posible que sus habitantes vivan en paz ni puedan desarrollar sus actividades de manera normal, encontrándose en peligro su vida día con día.

Asimismo, el orden jurídico se encuentra quebrantado, no hay seguridad jurídica para que las instituciones públicas, principalmente las de seguridad, desarrollen las funciones que constitucional y legalmente tienen encomendadas, ello, en detrimento de la vigencia del estado de derecho en el Estado de Tamaulipas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, compañeras y compañeros senadores, sometemos a consideración de esta honorable Asamblea la siguiente: SOLICITUD PARA QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA CONOZCA Y DETERMINE QUE SE HA CONFIGURADO LA DESAPARICIÓN DE PODERES EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS Y REALICE LA DECLARATORIA DE QUE DEBE NOMBRARSE UN GOBERNADOR PROVISIONAL A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 76 CONSTITUCIONAL.

Artículo Primero. El Senado de la República determina que se ha configurado la desaparición de los poderes del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.

Artículo Segundo.

El Senado de la República, con base en lo dispuesto en el artículo 76 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, declara que es llegado el caso de nombrar un titular del poder ejecutivo provisional en el Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.

Artículo Tercero. Instáurese el procedimiento para nombrar gobernador provisional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a que se refieren los artículos 5º a 10º de Ley Reglamentaria de la Fracción V del Artículo 76 de la Constitución General de la República.

Transitorios

Artículo Único. La presente declaratoria surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones del Senado de la República, a los veinticuatro días del mes de septiembre de 2019.

Suscriben Senadoras y Senadores del Grupo Parlamentario de Morena.

Fuente.-SENADO/

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