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viernes, 27 de septiembre de 2019

"MAS de 300": POR RELAJE le "LLUEVEN AMPAROS" a la LEY de EXTINCION de DOMINIO..subsana con excesos las incapacidades del gobierno.

Empresas, ciudadanos y organizaciones civiles iniciaron la presentación de amparos contra la nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio, que relaja los requisitos para que el Estado se quede con bienes presuntamente relacionados con delitos.

Registros del Consejo de la Judicatura Federal indican que, en la última semana, fueron promovidas más de 300 demandas contra la ley, vigente desde el 10 de agosto.

La Jueza Tercera Auxiliar de la Primera Región, Olga Treviño Berrones, admitió a trámite al menos 140 amparos que impugnan la ley por su sola entrada en vigor, pero se negó a conceder suspensiones a los quejosos, quienes aún no enfrentan algún acto concreto de aplicación.

La misma jueza tiene pendiente admitir unos 50 amparos más, mientras que otros 112 fueron recibidos en los 16 juzgados de Distrito en Materia Administrativa, que los han turnado al Juzgado Tercero Auxiliar, único especializado en extinción de dominio.

La mayoría de los quejosos son personas físicas, pero también hay amparos de inmobiliarias y fideicomisos inmobiliarios constituidos en varios bancos, cadenas de hoteles tiempos compartidos como Park Royal, distribuidoras de gas y empresas de transporte, por mencionar algunos.

La renta de inmuebles y el transporte de mercancías son particularmente vulnerables, pues basta que exista investigación de un presunto delito por la Fiscalía General de la República o una fiscalía local para que éstas puedan demandar por la vía civil la extinción de los bienes relacionados, sin importar lo que suceda con el proceso penal.

Algunos amparos impugnan toda la ley, por vicios en el procedimiento legislativo, pero otros van contra artículos específicos, como el 229 que permite al Gobierno la "venta anticipada" de bienes sujetos a un proceso de extinción en el que aún no hay sentencia, o el sexto transitorio, que autoriza aplicar la nueva ley a hechos ocurridos antes del 10 de agosto de 2019.

Los quejosos alegan violaciones a derechos humanos de trato igualitario, no existencia de penas inusitadas o trascendentes, derecho a la propiedad y al debido proceso legal, entre otros.

Este jueves, la Suprema Corte de Justicia admitió a trámite una acción de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que pide invalidar veinte porciones de la ley.

La demanda de la CNDH sería la vía más directa para anular porciones de esta ley con efectos generales, pues los amparos solo benefician a quienes los promueven.

La Ley Nacional fue expedida para reglamentar una reforma constitucional de marzo pasado que amplió y facilitó los supuestos para la extinción, figura que existe en México desde 2008 pero ha sido poco utilizada.

Otro aspecto novedoso de la ley es la creación del Gabinete Social de la Presidencia de la República, que decide casi con total libertad el destino de los bienes extintos.

fuente.-


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