La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que a los líderes de los cárteles de la droga, acusados de delincuencia organizada, se les impongan penas mayores que a sus subordinados pues representan un mayor peligro para la nación.
Durante la sesión de la Primera Sala de la Corte, los ministros avalaron el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que declaró constitucional y proporcional la pena de 20 a 40 años que se impone a los miembros de organizaciones delictivas con funciones de administración, dirección o supervisión y además que la finalidad de la organización sea cometer delitos contra la salud.
En su proyecto, el ministro indicó que si un sujeto es cerebro o cabeza de una organización criminal, el resto de sus integrantes o algunos de ellos actúan bajo sus órdenes y mando, por lo que el líder contribuye en mayor medida a la subsistencia, expansión y a que obtenga mayores ganancias potencializando con su actuar el daño a la seguridad pública.
Con ello, afirmó, representa un mayor peligro para la sociedad e incluso para la nación.
El caso derivó del amparo en revisión tramitado por Norberto Jonahthan Orozco Navarro “El Chino”, quien en 2003 fue condenado a 30 años de prisión y multa por delitos contra la salud y delincuencia organizada.
De acuerdo con la causa penal 110/2001-B-IV, Orozco Navarro y dos ex gentes de la extinta Policía Judicial Federal negociaban con cocaína en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México.
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