La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior (LSI) y decretó la invalidez de todo su contenido, por lo que su aprobación y posterior promulgación fue anulada.
Por mayoría de nueve votos contra uno y en ausencia de la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos, el Pleno de la Corte resolvió que el Congreso de la Unión no está facultado para legislar en materia de seguridad interior y también concluyó que este concepto no se puede considerar una derivación o una rama de la seguridad nacional.
Por lo anterior, la mayoría de la Suprema Corte desechó el proyecto de resolución presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo que reconocía la constitucionalidad de la norma y encargó el engrose o sentencia definitiva al ministro Eduardo Medina Mora.
En la sesión de este jueves, los ministros José Fernando Franco González Salas, Alfredo Gutiérrez Ortiz-Mena y el propio Presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, completaron los nueve votos que le faltaban a la mayoría para declarar la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior (LSI), rebasando por un sufragio la mayoría mínima para anular todo su contenido.
Ve este resumen con la postura de los seis ministros que se pronunciaron en la segunda sesión sobre el tema:
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