A propuesta de la Oposición, el Senado analiza
una nueva ley para proteger a funcionarios y particulares que denuncien actos
de corrupción.
El proyecto, presentado desde el arranque
del periodo ordinario de sesiones, contempla un Programa de Protección de
Denunciantes y Testigos de Actos de Corrupción, además de otorgar recompensas
económicas cuando se denuncie información veraz y relevante sobre el uso ilegal
de recursos.
La iniciativa es impulsada por los senadores de
PRD Zoé Robledo, Armando Ríos Piter, Benjamín Robles y Raúl Morón, así como por
la senadora del PAN Luisa María Calderón Hinojosa, al no haber logrado
incorporar esta salvaguarda para los "informantes" en la reforma
constitucional en materia de Transparencia ni en el nuevo Sistema Nacional
Anticorrupción (SNA).
De avalarse las disposiciones, los denunciantes
no podrán ser sancionados por revelar información clasificada o reservada.
"No podrán ser sancionados o perseguidos
los servidores públicos, miembros de fideicomisos, fondos públicos, sindicatos,
partidos políticos o cualquier persona física o moral responsable de la
divulgación de información clasificada como reservada, cuando se trate de
violaciones al ordenamiento jurídico, casos graves de corrupción, amenazas
graves para la salud, la seguridad del medio ambiente, violaciones a los
derechos humanos o el derecho internacional humanitario", señala.
Según la iniciativa, incumplir con la
protección a los denunciantes de actos de corrupción puede derivar en
responsabilidad administrativa, civil o penal.
El proyecto detalla que, cuando el denunciante
o testigo se encuentre en peligro, la autoridad estará obligada a otorgarle
medidas de protección laboral y personal.
Esto incluye protección policiaca, cambio de
residencia y ocultamiento de su paradero, la reserva de su identidad,
domicilio, lugar de trabajo y profesión, e incluso la aplicación de métodos que
imposibiliten identificarlo visual o auditivamente.
También podrían emplearse procedimientos que,
con la ayuda de la tecnología, eviten la participación física del testigo en
las diligencias.
Si los testigos se encuentra en prisión, se les
otorgarán medidas especiales de protección, como su separación de la población
carcelaria o su reclusión en cárceles especiales.
En el aspecto laboral, los informantes podrán
ser trasladados de dependencia administrativa o de centro de trabajo, además de
obtener una licencia con goce de sueldo.
"Todos los denunciantes y testigos de
actos de corrupción contarán con asistencia legal para los hechos relacionados
con su denuncia, la reserva de su identidad y la protección de sus condiciones
laborales", indica la iniciativa.
Se establece que el Comité Coordinador del SNA
o el titular de la Fiscalía Anticorrupción podrán autorizar el pago de
recompensas económicas cuando el denunciante proporcione información veraz,
suficiente y relevante.
Esos montos quedarán sujetos a la
disponibilidad presupuestal que establezca el sistema.
La recompensa no aplicará si, en el transcurso
de las investigaciones, se determina que el denunciante está vinculado al acto
de corrupción y no lo informó a la autoridad.
El pago sólo aplicará para ciudadanos que no
sean servidores públicos.
En la iniciativa se detalla que las denuncias
sobre actos de corrupción podrán ser recibidas por las Cámaras de Diputados y
Senadores, la Secretaría de la Función Pública, las dependencias del Ejecutivo
federal, el Consejo de la Judicatura, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa y los tribunales del Trabajo.
Se indica que tendrá calidad de testigo toda
persona que posea información relevante o complementaria a una denuncia sobre
actos de corrupción y esté dispuesta a colaborar con las autoridades, ya sea
través de su testimonio o aportando pruebas para la investigación
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