El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad reformas a la Ley del Seguro Social para reconocer el derecho de los familiares de personas desaparecidas a recibir provisionalmente su pensión.
Con 368 votos a favor, los legisladores avalaron la adición del artículo 137 Bis para establecer que cuando un pensionado se encuentre desaparecido por más de un mes, sus beneficiarios tendrán derecho a recibir su pensión.
"Si un pensionado desaparece de su domicilio por más de un mes, sin que se tengan noticias de su paradero, sus beneficiarios con derecho a la pensión disfrutarán de la misma en los términos de la sección del ramo de la vida del seguro de invalidez y vida en carácter provisional, y previa solicitud respectiva", señala.
La reforma, que pasa al Ejecutivo para su publicación, establece que para solicitar este derecho, los beneficiarios sólo deberán comprobar la desaparición del pensionado y su parentesco con él.
Para lo primero, agrega, bastará con exhibir la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público.
En caso de que el pensionado se presente, tendrá derecho a disfrutar él mismo de su pensión y a recibir las diferencias entre el importe original y el entregado a sus beneficiarios.
Mary Carmen Bernal, presidenta de la Comisión de Seguridad Social, dijo que el objetivo de la reforma es proteger a los familiares del mismo modo que se daría con el fallecimiento de un trabajador.
"Hoy las familias mexicanas al perder a sus seres queridos, que la mayoría son hombres, se quedan en estado de desamparo, pues pierden el sostén financiero; es en este contexto que la Comisión de Seguridad Social presenta un dictamen que salvaguarda a las familias que sufren la ausencia del hombre o de la mujer que provee los recursos", expresó.
La diputada del PT recordó que, hasta enero de 2019, la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas tenía un registro de 40 mil 180 desaparecidos en todo el País.
Con 368 votos a favor, los legisladores avalaron la adición del artículo 137 Bis para establecer que cuando un pensionado se encuentre desaparecido por más de un mes, sus beneficiarios tendrán derecho a recibir su pensión.
"Si un pensionado desaparece de su domicilio por más de un mes, sin que se tengan noticias de su paradero, sus beneficiarios con derecho a la pensión disfrutarán de la misma en los términos de la sección del ramo de la vida del seguro de invalidez y vida en carácter provisional, y previa solicitud respectiva", señala.
La reforma, que pasa al Ejecutivo para su publicación, establece que para solicitar este derecho, los beneficiarios sólo deberán comprobar la desaparición del pensionado y su parentesco con él.
Para lo primero, agrega, bastará con exhibir la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público.
En caso de que el pensionado se presente, tendrá derecho a disfrutar él mismo de su pensión y a recibir las diferencias entre el importe original y el entregado a sus beneficiarios.
Mary Carmen Bernal, presidenta de la Comisión de Seguridad Social, dijo que el objetivo de la reforma es proteger a los familiares del mismo modo que se daría con el fallecimiento de un trabajador.
"Hoy las familias mexicanas al perder a sus seres queridos, que la mayoría son hombres, se quedan en estado de desamparo, pues pierden el sostén financiero; es en este contexto que la Comisión de Seguridad Social presenta un dictamen que salvaguarda a las familias que sufren la ausencia del hombre o de la mujer que provee los recursos", expresó.
La diputada del PT recordó que, hasta enero de 2019, la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas tenía un registro de 40 mil 180 desaparecidos en todo el País.
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