El gobierno de México dio a conocer a través de su página de Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) los requisitos para entrar al Instituto Armado. Así que si te interesa ser parte de el Ejército aquí te decimos qué cosas tienes que cumplir.
1.Ser mexicano o mexicana por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad;
2. Ser soltero o soltera y no vivir en concubinato;
3. Tener dieciocho años cumplidos y no ser mayor de treinta.
Aunque, en algunos casos se podrá hacer excepciones respecto a la edad, pero solo en los caso que las necesidades del servicio así lo justifiquen y con autorización de la Sedena.
LA DOCUMENTACIÓN
1. Contar con Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional, tratándose de personal masculino mayor de dieciocho años;
2. Copia certificada del Acta de Nacimiento o copia certificada de dicho documento, tomada del libro donde se asentó su nacimiento, cuya expedición no sea mayor de tres meses;
3. Clave Única de Registro de Población (CURP);
4. Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, y
5.Certificado de Educación Secundaria,
6. Acreditar buena conducta mediante constancia de no antecedentes penales o con constancia expedida por la autoridad municipal o delegacional;
7. Tener los conocimientos inherentes a su especialidad, tratándose de personal auxiliar especialista, y acreditarlos mediante Diploma, Certificado, Título y Cédula Profesional o Acta de Examen elaborada por el Organismo donde desea causar alta;
8. Estar sano y apto clínica y psicológicamente para el servicio de las armas, lo que se acreditará mediante el certificado médico expedido por el Escalón Sanitario correspondiente;
Todos estos documentos tendrán que presentarse en original.
REQUISITOS FÍSICOS
Tener como mínimo la estatura siguiente:
1. Personal masculino en Unidades, Dependencias e Instalaciones, 1.63 metros;
2. Personal en la Escuela Militar de Aviación 1.65 metros, y
3. Personal femenino en Unidades, Dependencias e Instalaciones, 1.60 metros.
Además deberán suscribir el Contrato de Enganche y los aspirantes a causar alta en los Cuerpos Especiales a que se refiere el artículo 102 de la Ley Orgánica del Ejército y fuerza Aérea Mexicanos, además de los requisitos anteriores, deberán acreditar las pruebas físicas de la especialidad, que determine la Secretaría de la Defensa Nacional.
Fuente.-
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