Recientemente se reformaron la Ley General de Salud y el Código Penal Federal para permitir el uso medicinal y científico de la mariguana en México. Aún es necesario que la Secretaría de Salud diseñe políticas públicas que regulen los procesos a los que se someterán los derivados farmacológicos del cannabis. Sin embargo, para el consumidor promedio, esto significa un avance casi nulo en cuanto a sus derechos como usuario.
De acuerdo con el artículo 194 del Código Penal Federal, la sanción que te podrían imputar por producir, transportar, traficar y comercializar mariguana es de diez a veinticinco años de cárcel y de cien hasta quinientos días multa. Pero si lo que traes es para consumo personal y no rebasa las cantidades establecidas, el artículo 478 de la Ley General de Salud dice que no se ejercerá acción penalen contra de quien sea farmacodependiente o consumidor y posea narcóticos para su consumo personal.
Sin embargo, Jorge Hernández Tinajero, politólogo, especialista en política de drogas, y miembro de la Asociación Mexicana de Estudios sobre Cannabis, considera que hay una gran desinformación al respecto. Explica que aunque no existe una sanción penal para el consumo, si quieres consumir, estás obligado a cometer un delito, ya sea porque cultivaste tu mariguana (producción) o porque fuiste a comprar al mercado negro (comercio, posesión y transporte). La ley está hecha de modo tal que en la práctica, el usuario es un delincuente; no hay manera de que no lo sea.
Además, agrega, existen muchos casos en los que policías abusan de su autoridad y siembran mariguana en los detenidos, por lo que Tinajero explica que en estos casos hay que mantener que te la sembraron, insistir siempre en que es para uso personal y que no hay indicios de comercio o venta. Si te ves en esta situación, es recomendable buscar en redes de apoyo, asociaciones de cannabis a otros usuarios, etcétera.
Finalmente, recomienda a los usuarios de mariguana informarse sobre sus derechos, entender que el uso de drogas implica responsabilidades, no interferir con terceros, no incluir a menores de edad, de preferencia no fumar en espacios públicos, dado que puede ser una falta administrativa que te conduzca de inmediato a otros delitos. Hay que aprender a cuidarse y a cuidar a los demás.
Tras hablar con Jorge Hernández Tinajero sobre la actualidad legal en materia de cannabis, platicamos con la experta en derecho penal, Lilliana Rodriguez, exfuncionaria del Ministerio Público de la Federación. Después de haber visto a decenas de jóvenes caer aprehendidos por mariguana, nos explica qué hacer si te atrapan fumando en la calle.
VICE: ¿Qué pasa si te atrapan fumando mariguana en la calle?
Lilliana Rodriguez: Podrías ser sujeto de una revisión por la autoridad y detenido bajo esas circunstancias por posesión simple para consumo personal.
¿Qué pasa si traes más de la cantidad permitida de cinco gramos?
El mejor escenario es que consigas un abogado, porque definitivamente se puede considerar que lo que tú posees en las cantidades que traes en ese momento puede ser para su venta o para comercio. En ese momento hay una presunción de que lo que tú portas en esas cantidades es para venta y se puede tipificar como narcomenudeo; eso es lo grave.
¿Cómo puede saber la policía la cantidad de mariguana que portas?
El policía no trae una báscula. No va a pesar ahí tu mariguana. Su obligación es remitirte a una autoridad, ya sea local o federal, de acuerdo con el lugar de la detención. Lo primero que tiene que hacer esa autoridad es someter al individuo a las periciales correspondientes de acuerdo a la sustancia que fue puesta a disposición junto con él. Es decir, no podrían detenerlo o remitirlo sin informarle el motivo de la detención y cuáles son los procedimientos que van a llevar a cabo a partir del momento de la detención.
Definitivamente es un riesgo para cualquier joven que traiga en su poder mariguana o cocaína en las cantidades que él considere que son de consumo personal. Siempre será un riesgo porque si te detienen en posesión de alguna droga, te van a remitir al ministerio en donde se va a determinar si efectivamente la cantidad que traes es permitida o no es permitida, si eres fármacodependiente o no eres fármacodependiente, si te tienen que canalizar a un centro de desintoxicación o si realmente la cantidad que traes no merece pena o sanción.
Pero muchas veces las personas no saben lo que sí pueden o lo que no pueden traer. Eso, sumado al mal manejo de las autoridades locales, hace que sea muy fácil que los jóvenes se vean extorsionados o sean falsamente imputados, que les sea sembrada alguna evidencia más, que los lleve a una hipótesis de mayor gravedad y que entonces tengan que purgar un juicio por algo que a la mejor no hicieron.
¿Qué delitos podrían imputarte por traer mariguana?
El 473 de la Ley General de Salud explica las hipótesis previstas. La sanción depende de la cantidad que traigas. Las hipótesis podrían ser la posesión simple de mariguana, que significa traer droga para consumo personal y que puede ser delictiva porque te pasaste por un gramo, pero que no estas dañando la salud pública. La segunda hipótesis puede ser la venta o comercio, donde traes una cantidad que rebasa lo permitido, entonces se presume que la vendes o distribuyes y eso ya es comercio. Cada hipótesis va aumentando la sanción de acuerdo a las circunstancias y cantidad.
¿Puedes traer mariguana para tu consumo personal y además otras drogas en dosis permitidas?
Sí. Si traes las sustancias en cantidades permitidas se considera que es para tu consumo personal. La autoridad no puede juntar el peso de los estupefacientes porque son sustancias diferentes, que están reguladas de forma diferente. La Ley General de Salud tiene una tabla en donde establece qué sustancia están permitidas y en qué cantidades. Sin embargo, hay sustancias que no puedes traer, entonces es un delito el solo hecho de que la traigas.
¿Puedes cultivar mariguana para tu consumo personal?
¿Puedes cultivar mariguana para tu consumo personal?
México está en un proceso regulatorio de la mariguana y seguramente en un futuro va a poder ser viable para quien lo acredite como enfermo y tenga una necesidad específica. En estos momentos no está regulado, y si no esta regulado no está permitido. No puedo decir: bueno como no dice en ningún lado, yo tengo mis dos o tres macetitas y nadie me ve. Seguramente hay quien lo haga, pero si a alguien se le ocurre denunciarte, vas a ser objeto de una investigación.
Fuente.- @mariana.gavaz
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