Los agentes extranjeros, como los de la Administración para el Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés), que operen en México no sólo tendrán prohibido aplicar leyes extranjeras en nuestro territorio, sino además estarán obligados a proporcionar a las autoridades mexicanas la información que recaben en su estancia.
La iniciativa de reforma a la Ley de Seguridad Nacional, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador al Senado, busca “limitar” la actuación de los agentes extranjeros que operan en nuestro país, por lo cual no tendrán ninguna inmunidad en caso de incurrir en la comisión de delitos.
Así, el proyecto propone que la Cancillería, previo acuerdo con las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Defensa Nacional y Marina, otorgará la acreditación correspondiente y definirá la circunscripción territorial del agente extranjero. Se les autorizará portar las armas de fuego que en su caso autorice la Secretaría de la Defensa Nacional.
Además, estarán obligados a presentar a la Cancillería y a la SSPC un informe mensual.
Tendrán prohibido realizar detenciones, acciones tendientes a la privación de la libertad, allanar la propiedad privada o cualquier otra conducta que viole de la Constitución mexicana.
“El gobierno de México supervisará en todo momento el cumplimiento por parte de los agentes extranjeros de las obligaciones legales”, se establece en la iniciativa.
Además, los servicios públicos de las entidades, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deberán entregar a la SRE y SSPC dentro de los tres días siguientes de la celebración de cualquier reunión, intercambio de información, llamadas telefónicas o comunicaciones que sostengan con los agentes extranjeros.
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