La nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio aún no ha sido utilizada por la Fiscalía General de la República (FGR).
Hasta el 19 de diciembre, la Fiscalía no había presentado una sola demanda bajo esta nueva legislación, que está vigente desde el 10 de agosto, de acuerdo con registros del único juzgado especializado.
En 2019, la FGR sólo inició tres extinciones de dominio. La más reciente, del 13 de agosto sobre dos inmuebles en Mérida vinculados al narco, se procesa bajo la ley anterior.
La extinción es un juicio civil independiente a la causa penal, y si bien existe desde 2008, ha sido poco utilizada por la Fiscalía General de la República. De 2017 a 2019, presentó 18 demandas, y nunca inició más de 27 en un año.
La FGR prefiere la figura del abandono, con la que basta publicar un edicto, y 90 días después, los bienes pasan al erario si nadie los reclama.
En Hidalgo, por ejemplo, la FGR está por quedarse con 448 vehículos de huachicoleros, con un solo edicto publicado el 13 de diciembre.
REFORMA publicó que un tribunal federal resolvió que se debe suspender la posible venta anticipada de bienes permitida por la nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio, vigente desde agosto.
El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil concedió las primeras suspensiones en favor de personas físicas y morales que han promovido amparos para impugnar la ley, en particular, la posibilidad de que el gobierno venda bienes sujetos a proceso de extinción antes de que el juez respectivo dicte sentencia.
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