El programa de recolección de información telefónica conducido por la Agencia Nacional de Seguridad (NSA) y que se convirtió en centro de un escándalo internacional, es ilegal, resolvió este jueves la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito.
“Concluimos que la Corte de Distrito erró en dictaminar que la sección 215 (de la Ley Patriótica) autoriza el programa de recolección de metadatos y resolvemos que… excede el alcance autorizado por el Congreso y por lo tanto viola la Sección 215”, señaló el juez Gerard Lynch.
Lynch, cuya opinión legal fue hecha a nombre de un panel de tres magistrados de la corte basada en Nueva York, invalidó por ello el fallo del tribunal inferior, aunque evitó dictaminar si el programa era inconstitucional.
El programa, dado a conocer a raíz de las revelaciones del ex analista y contratista Edward Snowden, incluyó la recolección de los metadatos de millones de llamadas telefónicas bajo el argumento oficial de que era una herramienta clave en la guerra contra el terrorismo.
La Sección 215 de la Ley Patriótica dotó al gobierno federal de facultades especiales para investigar y prevenir actos de terrorismo, incluida la posibilidad de solicitar autorización judicial para obtener evidencias de planes terroristas o actividades clandestinas.
Como parte del proceso legal, el Departamento de Justicia pidió por ello a la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito dictaminar que la recolección de metadatos de las llamadas telefónicas era “relevante para la realización de investigaciones antiterroristas”.
De acuerdo con la descripción oficial del programa de la NSA, los metadatos recolectados incluían la identificación del número que originó la llamada, el destinatario y la duración de la llamada, pero no contemplaba la grabación de la llamada, salvo en casos específicos autorizados por un juez.
Sin embargo, los tres magistrados de la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito disputaron el argumento del gobierno al considerar que la recolección de metadatos a lo largo de “años y años” no puede ser considerada relevante para una investigación autorizada.
Los magistrados reconocieron la posibilidad de que, por razones de seguridad nacional, el gobierno federal requiera facultades sin precedentes para recolectar y mantener datos que antes era considerados privados.
“Pero esperamos que una decisión tan trascendente sea precedida de un debate sustancial y expresada en un lenguaje (legal) inequívoco. No hay evidencia de ese debate en la historia legislativa de la Sección 215”, remataron los magistrados.
(Con información de Notimex)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Tu Comentario es VALIOSO: