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viernes, 3 de enero de 2025

“NO se APELLIDA CARDENAS”: “CHRISTIAN PELEO con AMPARO la POSIBILIDAD de ENFRENTAR en LIBERTAD su PROCESO TRAS ATAQUE a MELANIE pero TUVO MAS SUERTE el CONTADOR del CARTEL del GOLFO”…claro,y mas poder corruptor.


Tras una audiencia para revisar la medida cautelar, la autoridad judicial ratificó que Christian de Jesús Rojas continúe en prisión preventiva justificada, derivado de la agresión que cometió contra su entonces novia, Melanie de Jesús Barragán, durante una fiesta de Halloween en Ciudad Madero, Tamaulipas.

La resolucion contrasta con la modificación de la misma medida cautelar que si beneficio al “peligroso” capo lider de “Los Escorpiones” del Cartel del Golfo,Alfredo Cardenas,alias “EL CONTADOR” que volvio hacer de las suyas al conven$er a Juez Federal de guardia por las vacaciones decembrinas para que le otorgara mas beneficios.

La Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas, (FGJE) informó que dicha decisión se tomó tras atender la resolución emitida por un Juez Federal en el marco de un juicio de amparo.

Durante la audiencia, la defensa de Christian solicitó cambiar la medida de prisión preventiva, proponiendo que el acusado enfrentara el proceso por feminicidio en grado de tentativa en libertad.

Sin embargo, el agente del Ministerio Público argumentó ante el Juez que subsisten los riesgos de sustracción y de daño para la víctima, lo que justifica la continuidad de la prisión preventiva justificada.

La autoridad judicial concluyó que dicha medida cautelar debe mantenerse, tal como se determinó en la audiencia de vinculación a proceso que se realizó el pasado 8 de diciembre. 

Ninguna sorpresa mas alla del peso mediatico

De acuerdo con la información y la legislación vigente, era poco probable que Christian de Jesús Rojas tuviera derecho legal a la libertad condicional en este caso. Veamos las razones:

Marco legal

La Ley Nacional de Ejecución Penal de México establece los requisitos para la libertad condicionada, que es similar a la libertad condicional. Sin embargo, es importante notar que estos beneficios generalmente se aplican a personas que ya han sido sentenciadas, no a quienes están en prisión preventiva como es el caso de Christian Rojas o el propio “Contador Cardenas” que si la obtuvo.

Situación procesal

Christian Rojas se encuentra en prisión preventiva justificada, lo cual significa que:

  1. Aún no ha sido sentenciado por el delito que se le imputa (tentativa de feminicidio).
  2. Se considera que existe un riesgo de fuga o de daño a la víctima si se le permite estar en libertad durante el proceso.

Argumentos legales

La decisión de mantener la prisión preventiva se basa en varios factores:

  1. Gravedad del delito: La tentativa de feminicidio es considerada un delito grave.
  2. Riesgo para la víctima: El Ministerio Público argumentó que subsisten riesgos de daño para Melanie Barragán, la víctima.
  3. Riesgo de sustracción: También se consideró que existe riesgo de que el acusado intente evadir la justicia, como lo hizo tras el ataque.
  4. Etapa del proceso: Al estar en una etapa temprana del proceso penal, no se cumplen los requisitos para beneficios como la libertad condicionada, que generalmente requieren haber cumplido una parte sustancial de la sentencia.

Consideraciones adicionales

La Ley Nacional de Ejecución Penal establece que para obtener la libertad condicionada, el sentenciado debe:

  • No haber sido condenado por otro delito 
  • Haber tenido buena conducta
  • Haber cumplido con actividades educativas y laborales en prisión
  • Haber cumplido al menos la mitad de su sentencia (para delitos dolosos)

Ninguno de estos criterios aplica en el caso de Christian Rojas y tampoco aplicaba en el caso de Alfredo Cardenas.

Conclusión

La decisión de mantener a Christian Rojas en prisión preventiva parece estar basada en consideraciones legales válidas, dada la gravedad del delito imputado, los riesgos para la víctima y la etapa temprana del proceso que justifican legalmente la continuación de la medida cautelar de prisión preventiva.

Es importante recordar que esta medida puede ser revisada periódicamente y podría cambiar si las circunstancias del caso se modifican significativamente. Sin embargo, por el momento, la decisión judicial parece apegarse a lo establecido en la legislación mexicana para casos de esta naturaleza.

Con informacion: REFORMA/

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