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sábado, 9 de noviembre de 2024

LO “DETUVIERON y lo DEJARON IR”: “AMIGA de MELANIE NARRA que sus AMIGOS ENTREGARON al ATACANTE a la POLICIA y los IGNORANTES lo LIBERARON”…ahora deben detener a policias.


Muy y pese a la gravedad de las heridas infligidas que derivaban en un flagrante hecho de sángre, Danna Paola Domínguez, amiga de Melanie, acusó que elementos de la policía local, la GUARDIA ESTATAL , dejaron libre a Christian “N” quien es señalado de haber golpeado a su novia durante una fiesta de Halloween en Tampico,en Tamaulipas el pasado 31 de octubre.

Como ya se sabe, el traidor al juramente hipocrático,pues estudia para medico, ignoro la famosa frase “primero, no hacer daño” (primum non nocere en latín), que resume el espíritu del juramento, le ocasiono heridas de gravedad en el rostro a su novia, entre ellas una fractura en la mandíbula y una lesión en el ojo que puso en riesgo su visión.

Danna Paola Domínguez narró en una entrevista que tras la agresión, sus amigos retuvieron a Christian en el lugar de la fiesta hasta que llegó la policía local, mientras ella trasladaba a su amiga a un hospital.

Sin embargo, los oficiales lo dejaron en libertad argumentando que tenían que recibir una orden de arresto por parte del hospital, cuando lo que tenia que haber hecho es haberlo entragado al Ministerio Publico y no lo hicieron, decidiendo unilateralmente y fuera de la ley.

Que debían hacer y no hicieron sospechosamente 

En Tamaulipas, la policía que conoce de un hecho de sangre debe proceder a detener al responsable bajo el fundamento de la detención en flagrancia, establecido en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 146 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).

Específicamente, los fundamentos son:

  1. Artículo 16, párrafo quinto de la Constitución Federal, que establece la facultad de cualquier persona para detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido.
  2. Artículo 146 del CNPP, que describe los supuestos de flagrancia, incluyendo: a) Cuando la persona es sorprendida cometiendo el delito y es perseguida material e ininterrumpidamente. b) Cuando la persona es señalada por la víctima, ofendido, testigo presencial de los hechos o quien hubiere intervenido en la comisión del delito.

En el caso de un hecho de sangre, si la policía llega al lugar de los hechos inmediatamente después de ocurrido el delito o si hay testigos que señalan al responsable, se configuraría la flagrancia.

Es importante destacar que:

  1. La detención debe realizarse sin demora, poniendo al detenido a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud al Ministerio Público.
  2. Debe existir un registro inmediato de la detención.
  3. El Ministerio Público deberá justificar las razones de la detención ante el Juez de control, quien procederá a calificarla.
  4. El Juez de control examinará el cumplimiento del plazo constitucional de retención y los requisitos de procedibilidad, ratificando la detención si se encuentra ajustada a derecho o decretando la libertad en caso contrario.

La legalidad de la detención será revisada en la audiencia inicial por el Juez de control, conforme al artículo 308 del CNPP y esta revisión judicial inmediata es fundamental para evitar arbitrariedades o ilegalidades por parte de la autoridad y garantizar los derechos de la persona detenida.

Que dijo Danna:

“Lo retuvieron ahí, amigos míos, lo retuvieron mientras nosotros la llevábamos al hospital, se supone que llegó la patrulla pero no se lo quiso llevar porque ellos comentaban que el hospital tenía que dar la orden para poder llevárselo, pero mi amiga todavía no estaba ingresada en el hospital y lo tuvieron que dejar ir”, dijo en entrevista con Paola Rojas, para Imagen Televisión.

En la misma, Danna narró que la agresión de Christian hacia Melanie derivó de una discusión que ambos mantuvieron durante varios minutos, luego de que la joven violentada descubrió a su novio acosando a su amiga.

“Se comentó mucho que en la fiesta pues, él me tocó el glúteo a mí, yo fui la amiga a la que le tocó el glúteo, estaba bailando a mi amiga, yo le estaba bailando de espalda, yo estaba volteada, no veía y fue le momento en que él me tocó. Mi amiga le quitó la mano de la cintura y fue una discusión.

“Yo salí a ver cómo estaban y ya me enteré de la discusión, y él me decía: yo no lo hice, pero Melanie estaba muy muy segura, le preguntaba: estás segura, estaba oscuro, y ella me dijo: Danna, yo le quité la mano”, platicó en el mismo medio.

Resaltó que durante la discusión, ambos “daban vueltas en su auto” por la zona, en ligero estado de ebriedad, deteniéndose ocasionalmente frente a la fiesta mientras seguían peleando por la situación de acoso.

“Escuchaba a mi amiga muy segura y no creo que haya querido pelear nada más por que sí, y fue cuando se empezaron a dar vueltas en el auto, primero se subió Christian y se quería ir, yo le abrí la puerta de atrás y le dije: “No vayas a dejar a Melanie aquí, está tomada, no seas así”. Y me dice: “es que yo no sé por qué dice eso”, y pues se enojó, él estaba ya enojado, pero se bajó del carro y lo que hizo Melanie también por enojo, se subió al coche y arrancó.

“Christian ya tenía el carro encendido, cuando entró la primera vez, pero mi amiga arrancó el carro después y se fue a dar una vuelta, cuando regresó yo me metí al auto y le dije que por favor se bajara, porque había tomado y podía chocar, me preocupaba que se fuera a estampar un poste”, comentó.

Con informacion: INFOBAE/

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