Una tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que "Si una persona desconoce haber hecho compras con su tarjeta bancaria asociada a un numero de NIP, el banco deberá demostrar que la persona digitó su número y que su sistema de seguridad no fue vulnerado. (Enlace CT 128/2018)
ASALTOS SIN DISPAROS:
Lo anterior pondra en medicamento brete legal a la institución bancaria que consuetudinariamente "no respondía" al reclamo de los usuarios, recurrentemente víctimas de los hackeos al sistema de cajeros automáticos.
Fuente.-SCJN/Twitter/
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