Dos agentes de Investigación Criminal resultaron heridos en un enfrentamiento con dos escoltas de un empresario al que intentaban detener por el delito de lesiones en agravio de su hermana, esto desato una balacera y dos niñas, hijas del empresario, fueron heridas ,pero una de 7 años de edad falleció en un hospital.
El hecho ocurrió la mañana de ayer martes en la carretera San Miguel de Allende-Dolores Hidalgo, por el sector Senderos, en donde los policías ministeriales interceptaron a un hombre de negocios de nombre Alan, con el propósito de cumplimentar una orden de aprehensión.
El empresario intentó escapar con apoyo de sus guardias privados, quienes en la huida dispararon sus armas contra los agentes y estos privilegiaron la captura por encima de la mesura y dispararon las suyas ,en algo que llaman “repelimos la agresión”, pero no se debe de perder de vista, que los agresores ya iban huyendo ,por lo que pudo ser un fracaso en la detención,ahora es un vulgar asesinato en nombre de la ley.
La persecución culminó en las inmediaciones del Hospital La Joya, en donde atendieron a las niñas lesionadas.
El alcalde Mauricio Trejo informó que Alan fue detenido por lesionar a su hermana con arma de fuego la noche del viernes pasado, dijo que durante la detención dos agentes ministeriales fueron heridos por los “guaruras” del “tipejo”,como se refirió el alcalde al empresario que fue detenido, junto con dos escoltas.
La lucha entre Alan y su hermana, ambos empresarios del sector turístico, se derivó presuntamente por un conflicto añejo de una herencia.
En el caso descrito, la responsabilidad penal de los agentes policiales debe analizarse bajo los siguientes aspectos legales, fundamentados en el marco jurídico mexicano:
1. Contexto de la detención
Los policías ministeriales actuaron para cumplir una orden de aprehensión contra Alan por el delito de lesiones. Según el artículo 16 constitucional y el Código Nacional de Procedimientos Penales, las detenciones solo son válidas en tres supuestos:
- Flagrancia,
- Caso urgente, o
- Con orden judicial.
En este caso, al existir una orden emitida por autoridad competente, la acción de los agentes era legal en su origen.
2. Uso de la fuerza y proporcionalidad
El Código Penal Federal establece que el uso de la fuerza debe ser proporcional y racional (artículo 15 del CPF). Los agentes tenían derecho a repeler la agresión de los escoltas, pero deben demostrar que:
- La respuesta armada fue necesaria para proteger su integridad,
- No existían alternativas menos lesivas,
- Se tomaron medidas para minimizar daños colaterales.
La muerte de la menor y las lesiones a civiles obligarán a investigar si hubo negligencia en el operativo (como falta de control del espacio o disparos irregulares).
3. Responsabilidades específicas de los policías
De acuerdo con el artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales, los agentes deben:
- Preservar la escena del hecho,
- Garantizar la seguridad de terceros durante intervenciones,
- Informar inmediatamente al Ministerio Público sobre detenciones y uso de fuerza.
Si se comprueba que omitieron protocolos de protección civil (como no asegurar el perímetro durante la persecución), podrían enfrentar sanciones administrativas o penales por negligencia profesional.
4. Posibles delitos imputables a los agentes
Los cuerpos policiales pueden incurrir en responsabilidad penal por:
- Homicidio culposo (artículo 61 del CPF): Si se demuestra que la muerte de la niña fue consecuencia de disparos negligentes de los agentes.
- Abuso de autoridad (artículo 215 del CPF): Si excedieron sus facultades durante la detención.
- Encubrimiento: Si alteraron evidencias o no reportaron detalles del enfrentamiento.
5. Factor de imputación a terceros
Los escoltas del empresario, al disparar contra los agentes, cometieron agresiones a funcionarios públicos (artículo 195 del CPF) y homicidio calificado (artículo 123 del CPF). Esto podría modular la responsabilidad de los policías si se demuestra que su reacción fue legítima defensa.
6. Reparación del daño
El artículo 30 del Código Penal Federal obliga a la reparación integral a las víctimas colaterales. Los costos recaerían sobre:
- Alan y sus escoltas como autores directos,
- El Estado, si se demuestra responsabilidad policial por negligencia.
Conclusión
La responsabilidad penal de los agentes dependerá de:
- La justificación del uso de fuerza letal,
- El cumplimiento de protocolos durante la persecución,
- La relación causal entre sus acciones y la muerte de la menor.
El Ministerio Público deberá analizar videos, peritajes balísticos y testimonios para determinar si hubo exceso en el desempeño de sus funciones o si actuaron dentro del marco legal. Mientras tanto, la presunción de inocencia aplica tanto para los policías como para los escoltas involucrados.
Con informacion: YAHOO NOTICIAS/
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