La tortura y las violaciones a los derechos humanos de los militares procesados, continúan como sello del llamado fuero de guerra, o “justicia de mando” como se le conoce.
En días pasados un medio local en Durango registró la detención por parte de la policía municipal de un soldado que deambulaba desnudo por las calles de la capital de ese estado, era un militar que arrastra secuelas sicológicas por la tortura a la que fue sometido en el año 2008.
Las irregularidades van de éste caso a otros como sucedió el primer fin de semana de abril en el penal castrense de Mazatlán, con la abogada de varios internos a la que se le negó el acceso para entrevistarse con sus defendidos. La imagen de un hombre desnudo que deambulaba por las calles de la ciudad de Durango quedó registrada por las cámaras del diario local Victoria, que reportó en marzo pasado su detención por la policía municipal.
La persona era un militar adscrito Segunda Compañía de Infantería No Encuadrada (C.I.N.E.) con sede en Pueblo Nuevo, en esta entidad. De acuerdo a fuentes militares se trató del cabo Gabriel Roque Bernardino, quien tras el incidente fue trasladado a una clínica militar de psiquiatría en la ciudad de México, debido a una crisis sicótica que motivó la pérdida de la razón y su extravío en calles de aquella ciudad.
La gravedad de la salud mental del cabo Roque quedó documentado desde el año 2011 en varios reportes médicos que registraron las torturas a las que fue sometido durante varios días en el verano del 2008 en la guarnición militar de Ojinaga.
Las sesiones tuvieron como objetivo que firmara una declaración elaborada por los agentes de la Policía Judicial Federal Militar y ministerios públicos castrenses, como parte del montaje judicial de lo que llamaron “el pelotón de la muerte” para inculpar por homicidio y desaparición forzada de un civil a 18 militares entre los que estaban dos jefes, seis oficiales y 10 elementos de tropa, que entonces pertenecían a la Tercera Compañía de Infantería No Encuadrada (C.IN.E.) con sede en Ojinaga.
Las sesiones tuvieron como objetivo que firmara una declaración elaborada por los agentes de la Policía Judicial Federal Militar y ministerios públicos castrenses, como parte del montaje judicial de lo que llamaron “el pelotón de la muerte” para inculpar por homicidio y desaparición forzada de un civil a 18 militares entre los que estaban dos jefes, seis oficiales y 10 elementos de tropa, que entonces pertenecían a la Tercera Compañía de Infantería No Encuadrada (C.IN.E.) con sede en Ojinaga.
NOTA RELACIONADA:
El juicio, conocido como el caso Ojinaga, quedó como botón de muestra de los montajes que con total impunidad se pueden armar en el fuero de guerra, donde la tortura es una herramienta recurrente para obligar a soldados de los escalafones medios y bajos a firmar declaraciones para inculpar a sus superiores, según una denuncia presentada hace cuatro años ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por varios oficiales involucrados en el caso.
El caso del cabo Roque regresó a los medios de comunicación después de su arresto hace unas semanas en Durango, y su posterior internamiento en una clínica siquiátrica, ya que en julio del año pasado cuando quedó libre, fue reincorporado al servicio pese a que tenía antecedentes clínicos de un deterioro mental grave, secuela de las torturas a las que fue sometido dentro del caso Ojinaga. Su diagnóstico fue “trastorno de ideas delirantes de tipo paranoide”, según el documento médico legista, “presentaba periodos de estabilidad seguido de periodos de exacerbación de la sintomatología, siendo necesario en ocasiones excarcelarlo y mantenerlo en observación en el Pelotón de Sanidad (del cuartel militar de Mazatlán). Lo anterior se debía que el paciente tenía un mal apego al tratamiento, pues él mismo admitía que había días en no tomaba el medicamento para evitar los efectos secundarios, como la somnolencia diurna”.
Pese a los episodios sicóticos, el cabo Roque nunca fue atendido en la prisión militar de Mazatlán, donde las violaciones a los derechos humanos y procesales de los internos son una constante, según denuncia hecha llegar a este Blog por oficiales y tropa sujetos a proceso.
El fin de semana pasado el general brigadier Sergio Salvador Melchum Méndez, director del penal militar de Mazatlán, negó el acceso al centro a Ana Lucía Zavala Rodríguez, abogada defensora y asesora legal de varios internos.
El argumento del responsable del penal para negar el ingreso de la abogada fue “porque sabe a qué se dedica y es una persona especial”. El argumento de Melchum Méndez, quien no tiene estudios superiores de oficial de estado mayor y apenas en 2016 ascendió a general, fue que como Zavala encabeza una organización no gubernamental de defensa de derechos humanos de los militares, será la dirección de justicia militar la que determinará si se le permite ingresar para entrevistarse con sus defendidos.
De acuerdo a los internos no es la primera vez que el general Melchum Méndez comete abuso de autoridad. En noviembre pasado negó el acceso al área de locutorios al abogado y teniente coronel Eduardo Navarrete Montes, oficial con estudios en Fort Benning, Georgia, quien tuvo que interponer un amparo para que se le permitiera el acceso y entrevistarse con sus defendidos.
En diciembre pasado un grupo de 20 internos le solicitó al general Melchum, diera facilidades para que como lo contempla la Ley Nacional de Ejecución Penal, cursaran estudios superiores, lo cual fue rechazado por el director. Su respuesta fue que como el centro penitenciario no cuenta con la infraestructura (computadoras, internet, etc.) y personal capacitado para impartir asesoría en ese nivel educativo y/o monitores de los equipos de cómputo, no podía permitirlo. A manera de excusa dijo que de cualquier manera continuará con las gestiones ante otras instancias educativas para dar respuesta a la solicitud.
Los internos le hicieron llegar un escrito donde señalan que la ley citada impone como deber a la autoridad penitenciaria “incentivar la enseñanza superior mediante convenios con instituciones educativas del sector público y privadas de carácter nacional e internacional para ampliar la oferta educativa y su calidad”. Asimismo señala como un derecho de las personas recluidas en un centro penitenciario cursar estudios superiores como un medio para lograr la reinserción social.
Melchum, quien se graduó en 1977 del Colegio Militar como oficial de infantería, quedó señalado como autoridad responsable en la demanda de amparo que 21 internos interpusieron en su contra ante el juzgado décimo de distrito en marzo pasado por negarles el derecho que la ley les otorga de cursar estudios superiores.
Fue a raíz de esta demanda de amparo que el general Melchum negó el derecho de visita familiar y de amistades a varios de los internos, como sucedió con algunos procesados por el caso Ojinaga. La abogada de varios de ellos presentó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra el militar y la secretaría de la Defensa Nacional por negarles la garantía que la ley les otorga de recibir visita de sus amistades y familiares.
Un ejemplo más, como sucedió con el caso del cabo Roque, de cómo los derechos humanos de los militares procesados son letra muerta en el trato cotidiano, señalaron los quejosos.
Fuente.-Juan Veledíaz
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