Porque en el laberinto judicial mexicano, los antecedentes pesan menos que las recomendaciones, y la puerta giratoria del poder sigue abierta para quienes alguna vez la justicia señaló, otra vez esta de de vuelta una curricula previamente manchada.
Un ex Juez federal que fue removido del puesto por desviaciones de conducta en 2010 ,resulta ahora es candidato a Magistrado de Circuito, postulado por el Poder Ejecutivo.
Esta mala conducta del juez y el gobierno, nos deja ver que cuando la memoria institucional es selectiva y la ética se vuelve opcional, el pasado penoso deja de ser lección para convertirse en simple trámite.”
Lo anterior, muy y pese a que su “no ratificación” fue confirmada en 2014 por la Suprema Corte de Justicia, al aprobar por unanimidad un proyecto del entonces Ministro Arturo Zaldívar, quien encabezó el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo que determinó las candidaturas.
Así, en México, la justicia no solo se torcerá en los tribunales, sino ya se torcion en los procesos que deciden quiénes la van impartir.
Se trata de Álvaro Carrillo Cortés y ocupa el lugar nueve en la lista de 21 candidatos a Magistrados en el Vigésimo Octavo Circuito en Tlaxcala.
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no ratificó a Carrillo en 2010, porque no cumplía con los requisitos legales para seguir siendo Juez, ya que en 2007 fue sancionado con suspensión de un año sin goce de sueldo, al incurrir en faltas graves por notorio descuido en el trámite de 66 amparos.
Antecedentes de la desviación de conducta en el caso de Álvaro Carrillo Cortés
El caso de este ex juez federal representa un caso paradigmático de reincidencia en círculos de poder judicial a pesar de antecedentes graves y documentados de irregularidades y sanciones. A continuación se resumen los antecedentes clave que explican la repetición de esta desviación de conducta y su reincorporación al circuito de aspirantes a magistrados:
Sanciones y remoción como juez federal
- En 2010, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no ratificó a Carrillo Cortés como juez de distrito debido a que no cumplía con los requisitos legales para permanecer en el cargo. La razón principal fue una sanción previa en 2007, que consistió en suspensión de un año sin goce de sueldo por incurrir en faltas graves, principalmente por notorio descuido en el trámite de 66 amparos. En la mayoría de estos casos, desechó demandas ilegalmente o impuso obstáculos injustificados para su tramitación.
- El CJF también documentó que Carrillo Cortés otorgó trato privilegiado a una empleada, permitiéndole ausentarse durante meses y autorizándole vacaciones sin derecho a ellas. Además, se consideró el alto porcentaje de sentencias modificadas o revocadas por tribunales superiores, tendencia que empeoró durante su paso por juzgados en Monterrey, Oaxaca y Tapachula.
- El propio CJF señaló:
“El ejercicio descuidado de la función pone en duda su capacidad para solventar la delicada tarea de impartir justicia que le fue encomendada y, en consecuencia, no permite garantizar a los justiciables la efectividad de los derechos fundamentales”
Confirmación de la Suprema Corte
- En 2014, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó por unanimidad la no ratificación de Carrillo Cortés, al considerar que la Ley Orgánica del Poder Judicial exige no haber sido sancionado por falta grave como requisito para la ratificación, lo que lo volvía inamovible. La Corte ratificó que la decisión del CJF fue correcta y legal.
Reincidencia y postulación actual
- A pesar de estos antecedentes, en 2025 Carrillo Cortés fue postulado por el Poder Ejecutivo como candidato a Magistrado de Circuito en Tlaxcala, ocupando el lugar nueve en la lista de 21 candidatos. El Comité de Evaluación del Ejecutivo consideró que era idóneo para aspirar a una magistratura, cargo superior al que ocupó hasta 2010.
- En su currículum enviado al INE, no menciona las razones de su salida como juez. Actualmente, se desempeña como abogado independiente y trabajó previamente en el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM).
Vacíos legales y discrecionalidad
- La reciente reforma judicial impulsada por Morena y aliados no impide que exjuzgadores destituidos o no ratificados participen en elecciones judiciales. La no ratificación, aunque tiene el mismo efecto práctico que la destitución, no es considerada formalmente una sanción, lo que permite que perfiles con antecedentes graves sean nuevamente propuestos para altos cargos judiciales.
- La calificación de idoneidad de los aspirantes es responsabilidad exclusiva de los comités de evaluación, que han operado con amplio margen de discrecionalidad y sin mecanismos efectivos de depuración de perfiles con antecedentes negativos.
Conclusión
El caso de Álvaro Carrillo Cortés evidencia cómo la falta de controles efectivos y vacíos legales permiten la reincidencia de perfiles sancionados dentro del Poder Judicial. A pesar de antecedentes documentados de negligencia y sanciones, y de la confirmación de la SCJN, la discrecionalidad en la evaluación y la ausencia de prohibiciones explícitas en la ley facilitan la repetición de este círculo vicioso de reciclaje de funcionarios judiciales con historial negativo.
Con informacion: ELNORTE/ MEDIOS

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