La Consejería Jurídica del Presidente Enrique Peña Nieto busca anular desde su inicio toda la investigación que la Fiscalía General de Chihuahua realizó contra el ex Secretario General Adjunto del PRI nacional, Alejandro Gutiérrez Gutiérrez; pero también pretende beneficiar a sus dos coacusados, Antonio Enrique Tarin García y Gerardo Villegas Madriles, en la causa penal que se les sigue por el presunto desvío de 250 millones de pesos de recursos federales hacia campañas políticas del PRI.
Aristegui Noticias da a conocer el documento completo de la ampliación de la controversia constitucional presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por el Consejero Jurídico de la Presidencia, Misha Leonel Granados Fernández, contra la Fiscalía y el Gobierno de Chihuahua, así como contra las Cámaras de Senadores y Diputados, en la cual también se solicita suspender de inmediato cualquier nuevo avance de la indagatoria y mantener el proceso penal en el estado actual en el que se encuentra hasta que se defina el fondo de la controversia.
La primera parte de la controversia constitucional fue promovida por la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal el pasado 11 de octubre. Tras ser radicada, el Ministro Presidente de la Corte, Luis María Aguilar, la turnó otro de los ministros, quien deberá definir si es aceptada a trámite o rechazada sin que se estudie el fondo, por alguna causa de improcedencia.
En el documento entregado por el abogado de la Presidencia de la República a la Suprema Corte el pasado 16 de octubre, también se pretende declarar la inconstitucionalidad y la invalidez de una fracción del artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) en el cual se reconoce la competencia de las fiscalías y procuradurías estatales para investigar y sancionar a funcionarios públicos federales que cometan cualquier delito del fuero comúndentro de sus territorios.
Se trata de la fracción primera del artículo 20 del CNPP en el que se definen las competencias para la investigación de un delito del fuero común, lo que incluye robo, homicidio, fraude, asociación delictuosa, o bien, peculado y enriquecimiento ilícito como es el caso particular de los tres imputados en esta indagatoria, derivado de que la ley citada señala que los jueces y tribunales del fuero común “tendrán competencia sobre los hechos punibles cometidos dentro de la circunscripción judicial en la que ejerzan sus funciones”.
El CNPP fue aprobado por las Cámaras de Diputados y Senadores en 2014, cuando el PRI era mayoría en el Congreso de la Unión.
El argumento es que “los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado de Chihuahua” invadieron la competencia de la Federación al investigar por enriquecimiento ilícito y el presunto desvío de recursos públicos al ex colaborador de Manlio Fabio Beltrones Rivera cuando este último era Presidente Nacional del PRI, así como por el proceso penal que se le sigue por esta misma causa a Tarin García y Villegas Madriles, ambos ex funcionarios del ex gobernador de Chihuahua, César Duarte, actualmente prófugo por la existencia de 15 órdenes de aprehensión en su contra por diversos delitos.
“No hay que perder de vista que, derivado de las consignaciones llevadas a cabo por el Gobierno del Estado de Chihuahua en la causa penal 780/2017 del índice del Juez de Control del Distrito Judicial Morelos del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua (instruidas en contra de ANTONIO ENRIQUE TARIN GARCIA, ALEJANDRO GUTIERREZ GUTIERREZ y GERARDO VILLEGAS MADRILES), el Gobernador ha manifestado en reiteradas ocasiones que existen diversas investigaciones por parte de la Fiscalía local, en las que se relacionan a diversos funcionarios federales”, señala el escrito de la controversia presentada por el Consejero Jurídico de la Presidencia.
La controversia también impugna el artículo 7 del Código Penal para el Estado de Chihuahua que delimita la competencia y el principio de territorialidad para investigar actos fuera de la ley a todos “los delitos del fuero común que se cometan en su territorio”.
“La norma transcrita deviene inconstitucional, al permitir que entidades federativas puedan procesar penalmente a funcionarios federales, cuando ésta es una cuestión reservada exclusivamente a la Federación. De conformidad a lo argumentado en los anteriores conceptos de invalidez, las entidades federativas no pueden someter a juicios del orden penal a funcionarios federales puesto que, de lo contrario, se sometería al orden federal al control político y judicial de una entidad federativa, cuestión contraria al pacto federal y sus reglas”, señala el documento firmado por el Consejero Jurídico de Peña Nieto.
Violaciones constitucionales y efectos retroactivos
Los artículos constitucionales que el gobierno federal considera violados por ambas disposiciones son el 133 constitucional que otorga garantías a funcionarios federales para el desempeño de sus funciones, así como los artículos 73, 104, 111 y 124 sobre las facultades de las entidades federativas y la Federación en materia de investigación y persecución de delitos.
Incluso, la controversia estima que las investigaciones que realiza la Fiscalía de Chihuahua sobre la llamada Operación Zafiro y el presunto desvío de 250 millones de recursos públicos tiene como fin “impedir o nulificar” las actuaciones de los funcionarios públicos federales por el sólo hecho de que son servidores públicos al servicio de la Federación. “Lo anterior tiene un efecto inhibidor del actuar del servidor público, cual es contrario al pacto federal”, argumenta la controversia.
Para que la controversia constitucional sea aceptada en tiempo y forma, se le pide a la Suprema Corte contabilizar como fecha del acto reclamado el 4 de septiembre de 2018, día en la que el Gobernador de Chihuahua, Javier Corral, ofreció una conferencia sobre el caso, por la decisión de la PGR de retirar las acusaciones penales contra Alejandro Gutiérrez Gutiérrez.
El argumento de la Presidencia es que en la conferencia ofrecida en ese día, Corral Jurado dijo de manera expresa que sí existían investigaciones de la Fiscalía de Chihuahua contra funcionarios federales que cometieron delitos del fuero común por presuntos actos de corrupción.
El escrito del Consejero Jurídico del Presidente Enrique Peña Nieto no indica que la investigación contra Alejandro Gutiérrez comenzó desde 2017 y que la mayor parte de las actuaciones procesales y ministeriales en su contra son anteriores a esa fecha.
Por el contrario, solicita que se considere como primer acto de aplicación de los dos artículos impugnados, la conferencia del Gobernador de Chihuahua y no el día en que se formuló la denuncia en contra de los tres imputados.
Además, se solicita aplicar de forma retroactiva la resolución de la Suprema Corte en caso de que se declaren inconstitucionales las normas citadas en materia de competencia para la investigación de delitos del fuero común.
“Por tanto, se solicita a ese Alto Tribunal, declare la invalidez de cualquier acto llevado a cabo dentro de las investigaciones y procesos penales instaurados en contra de servidores públicos federales por parte del Poder Ejecutivo, Fiscalía del Estado y Poder Judicial, todos del Estado de Chihuahua anteriormente y posteriormente a la resolución del Conflicto Competencial 4/2018”, enfatiza el documento.
Lee completa la ampliación de la controversia constitucional:
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