Diputados de la bancada del PRI
en el Congreso local advirtieron que Tamaulipas registra un total de 5 mil 563
personas desaparecidas, que equivalen al 20 por ciento de los 29 mil 903 casos
que hay en el País.
Lo anterior, al presentar un
proyecto de Decreto para modificar el Código Penal del Estado que plantea
recortar de un año a tres meses el procedimiento para que familiares de
desaparecidos soliciten la declaratoria de ausencia y con ello puedan acceder a
los apoyos y bienes que dejan las víctimas.
"Cifras del Registro
Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas a octubre de 2016
suman un total de 29 mil 903 de las cuales 28 mil 937 corresponden al fuero
común y 966 al fuero federal", indicó el legislador priista, Rafael
González Benavides, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales.
"Lamentablemente, Tamaulipas
representa el 19.22% de las personas reportadas como desaparecidas con 5 mil
563 casos a la misma fecha".
Guillermo Gutiérrez Riestra,
representante del colectivo estatal de Familiares y Amigos de Personas
Desaparecidas, dijo esta cifra no representa la realidad que se vive en
Tamaulipas, ya que son más los casos que no se denuncian por miedo a
represalias del crimen.
Según el proyecto de decreto, que
fue turnado a Comisiones, los plazos del procedimiento de declaratoria de
ausencia que contempla actualmente el Código Civil agravan la crisis por los
desaparecidos en el Estado.
Añade que la Ley General en
Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por
Particulares y del Sistema Nacional de Personas establece un procedimiento
expedito para declarar a una persona ausente, pero ésta todavía no se armoniza
con la legislación de Tamaulipas.
La bancada del PRI señaló que
recortar el procedimiento especial para la Declaración de Ausencia de un año a
tres meses, a partir de que se presenta la denuncia, es una exigencia que
constantemente plantean los colectivos de familiares de víctimas y personas
desaparecidas.
El Decreto propone derogar los
artículos 391, 391 bis, 392, 392 bis, 392 ter y 393, del Código Penal del
Estado.
Además, establece adicionar un
capítulo VIII de la Declaratoria Especial de Ausencia al Título Octavo "De
los Ausentes Ignorados".
Fuente.-
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