El 16 de diciembre del año pasado se dio un
enfrentamiento en La Ruana, Michoacán, entre seguidores de Hipólito Mora y de
Simón El Americano, con un saldo de 11 muertos, entre ellos el hijo
del primero.
Mexico,D.F 17/Mar/2015 La policía detuvo a los dos ex autodefensas,
ya legitimados como guardias rurales, y a sus seguidores.
Eran los días en que Alfredo Castillo era el comisionado
para la Paz y el Desarrollo Integral de Michoacán, un encargado federal del
gobierno local, ante el desastre por la detención del gobernador interino,
Jesús Reyna, y del hijo del gobernador constitucional con licencia, Fausto
Vallejo, más el caso del diputado federal perredista prófugo, Julio César Godoy
Toscano, y cuando La Tuta era, con el Z42, el delincuente más
buscado de México, hoy ambos presos.
En ese escenario se registró el enfrentamiento en La
Ruana, al que siguió otro al día siguiente con saldo de siete muertos más, 18
en dos días.
La diferencia con otros casos, es que los agresores y sus
jefes estaban detenidos.
Ya sin Castillo, el general Felipe Gurrola fue nombrado
coordinador de Seguridad, para evitar tentaciones políticas en tiempos
electorales, el 9 de marzo, la séptima Sala Penal del Supremo Tribunal de
Justicia de Michoacán, revocó los autos de formal prisión contra Hipólito Mora,
Luis Antonio Torres El Americano y todos sus seguidores, bajo
el argumento de legítima defensa generalizada.
La explicación, única, no tiene desperdicio: el
magistrado determinó que (los enfrentamientos de La Ruana) fue
un evento donde todos los que participaron lo hicieron en legítima defensa.
Y el procurador de Michoacán, José Martín Godoy Castro,
lo ratificó así: Lo que hizo el magistrado fue un razonamiento de fondo
donde analiza criterios sociológicos, aspectos de derechos humanos aplicados en
cortes internacionales… Y con base en ello deja a la procuraduría sin recursos
para impugnar, además de que la resolución es inimpugnable.
¡Ah chingao! ¿Hay 18 muertos y todos se mataron en
defensa propia y los que dispararon están libres por un razonamiento de fondo
donde el magistrado analizó criterios sociológicos y aspectos de derechos
humanos aplicados en cortes internacionales?
Esa sí que nunca me la había echado.
Fuente.- lopezdoriga@milenio.com
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