Visitanos tambien en:

lunes, 23 de marzo de 2015

¿Desacato en la Sedena?...

Podría ser el caso insigne pues de ahí dependerá el futuro inmediato de cientos de demandadas de amparo contra el nuevo reglamento del ISSFAM, el cual niega a los militares que pasan a retiro a portar insignias que los identifican con el grado inmediato superior que reciben como ascenso al retirarse. Sobre el escritorio del juez décimo sexto de distrito de amparo en materia administrativa se encuentra un escrito donde un general del ejército mexicano reclama que se atienda el fallo definitivo que esta autoridad dictó a su favor, donde se solicita al secretario de la Defensa Nacional ordene se le entreguen las insignias y credenciales que lo acreditan como general de brigada retirado. La sentencia subrayaba que el quejoso no solo se le deberá reconocer el beneficio económico de la pensión que obtuvo al pasar a retiro con este grado, sino usar en su uniforme e identificaciones el rango con el que pasó a retiro.
  • México, 23/Mar/2015.- La secretaría de la Defensa Nacional podría entrar en desacato a una sentencia del juez décimo sexto de distrito de amparo en materia administrativa, quien ordenó a principios de marzo ascender al grado inmediato superior al general brigadier Salvador Martínez Villalobos no solo para los beneficios económicos de su pensión al pasar a retiro, sino para portar las insignias y credenciales que lo identifican como general de brigada retirado.
El quejoso se inconformó el año pasado contra un artículo del nuevo reglamento del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM), el cual refiere que los militares que pasan a retiro solo ascenderán al grado inmediato superior para efectos del cálculo económico que los beneficios de la seguridad social les otorga. Esta disposición fue considerada por el juez contraria a la ley del ISSFAM, donde se señala que los militares podrán usar las insignias y acreditarse con el rango al que ascendieron al pasar a retiro.
La sentencia resuelta en definitiva por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, y dictada por el juzgado décimo sexto de amparo en esta rama, ordenó al secretario de la Defensa Nacional, el general Salvador Cienfuegos Zepeda, emitir un nuevo acuerdo para que el brigadier Martínez Villalobos porte las insignias y documentos militares que lo acreditan como general de brigada retirado.
El probable desacato, de acuerdo documentos para la audiencia de vista presentados en el juzgado décimo sexto el pasado miércoles 18 de marzo, se funda en que el acuerdo emitido el día 5 de marzo por la sección primera, recursos humanos, del Estado Mayor de la Defensa, pasó por alto la disposición de que Martínez Villalobos reciba las insignias que lo acreditan como general de brigada retirado, ya que de nueva cuenta su ascenso a éste grado solo se le reconoció para el cálculo del beneficio económico de su pensión.
De las constancias que remite el C. General Secretario de la Defensa Nacional, mediante las cuales manifiesta dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo, resulta que no está dando cumplimiento a la ejecutoria de amparo, dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del primer circuito, dentro del Amparo en revisión número RA-271/2014, toda vez que a simple lectura del acuerdo de fecha 5 de marzo de 2015, emitido por la sección primera (Recursos Humanos) del Estado Mayor de la Defensa Nacional, el C. General Secretario de la Defensa Nacional emitió dicho acuerdo, mediante el cual pretende dar cumplimiento, sin embargo mediante una serie de argucias que nada tienen que ver con la ejecutoria de amparo, trata de sorprender a su señoría”, dice el escrito presentado ante el juzgado.
La parte nodal del acuerdo presentado por la Sedena, motivo por el cual se fundaría el desacato, dice que el “ascenso es solo para los efectos que la Ley de Seguridad Social en mención (refiriéndose a la del ISSFAM) y no otras legislaciones, como son la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y su Reglamento, por citar algunas, pues no debe perderse de vista que el objetivo de ese ordenamiento es otorgar beneficios, de seguridad social a los miembros de las Fuerzas Armadas y no ascensos…”.
El amparo que el juzgado otorgó en definitiva a favor del general Martínez Villalobos, señala que la secretaría de la Defensa Nacional deberá abstenerse de aplicar el artículo 16 del reglamento de la ley del ISSFAM, el cual al entrar en función a partir del 2013 generó un creciente descontento entre jefes, oficiales y tropa del ejército que por edad y años de servicio comenzaron a pasar a retiro y se les negó portar insignias del grado inmediato al que ascendieron. La resolución judicial solicitó al secretario de la Defensa emitir un nuevo acuerdo donde ordene el ascenso de Martínez Villalobos a general de brigada, para efectos de retiro “en términos del artículo 27 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, y no solamente para el cálculo del beneficio económico o de seguridad social”.
La avalancha
El caso del general Martínez Villalobos es uno de los cientos de juicios de amparo que militares de diferentes rangos que pasaron a retiro, presentaron en el último año ante tribunales federales. Al ser el primero que se falló a favor del quejoso, y quedar allanado el camino para que el resto de resoluciones se apeguen a lo señalado jurídicamente en ésta sentencia, la respuesta de la secretaría de la Defensa ha sido lenta y sin acatar del todo lo señalado, coinciden en señalar abogados que llevan distintos casos.
Hace unos días este blog publicó que durante el año 2014 los juzgados de distrito en materia administrativa recibieron una “lluvia” de amparos de militares de diferente rango que durante esos meses habían pasado por edad y tiempo de servicio a retiro. Una consulta con funcionarios de los juzgados federales sobre el número de demandas presentadas contra el reglamento del ISSFAM, señalaba una cifra de alrededor de 600 casos. Los primeros juicios como el del general Martínez Villalobos comenzaron a ser resueltos en definitiva durante estos primeros meses del 2015.
Otros casos relevantes que están en puerta son los de los generales Carlos Mendoza Gallegos y Efrén Sánchez Velasco, quienes por separado presentaron demandas de amparo al negárseles su derecho a ostentar las insignias en su uniforme y acreditarse con el grado inmediato superior al pasar a retiro tras más de tres décadas y media de servicio.
Un caso similar al del general Martínez Villalobos fue el del mayor Jaime Gutiérrez Escobedo, quien también recibió un fallo a su favor en la revisión de amparo que presentó para ostentar las insignias en el uniforme que lo acreditan como teniente coronel. En esta sentencia se resaltó que la ley otorga prerrogativas que no se circunscriben al aspecto económico, por ejemplo el artículo 29 de la legislación del ISSFAM señala que los militares retirados están obligados a pasar revista de supervivencia en los términos de las disposiciones reglamentarias. Esta norma hace la excepción con generales y jefes del Ejército y Fuerza Aérea así como a los almirantes y capitanes de la Armada de México. “En consecuencia el hecho de que la disposición reclamada limite el beneficio de ascender al grado inmediato, cuando se pase a situación de retiro, únicamente para el cálculo y el otorgamiento del beneficio económico, cuando la ley no acote ese beneficio sino que lo relaciona con todos los aspectos que puedan estar vinculados con la situación de retiro que adquiere el militar, viola el principio de la subordinación jerárquica”, señaló el fallo a favor del mayor Gutiérrez Escobedo.
Una de los señalamientos que varios abogados de militares que se inconformaron ante tribunales por la disposición del reglamento que viola su derecho a portar insignias y acreditaciones del grado al que ascendieron por pasar a retiro, es que ante los inminentes fallos que se avecinan, y que podrían seguir el sendero jurídico de las sentencias a favor del general Martínez Villalobos y el mayor Gutiérrez Escobedo, es que cada vez es más visible la presencia de militares adscritos al área del servicio de justicia militar, quienes se han apersonado en los tribunales en un intento por persuadir a los jueces en sus fallos. Han sido varios militares los que se han dejado ver por los pasillos de los tribunales federales de amparo en materia administrativa, pertenecen al jurídico de la secretaría, y ellos mismos reconocen que tienen todo en contra, dice uno de estos litigantes consultados.
¿Desacato?
En el escrito presentado por los abogados del general Martínez Villalobos, donde se rebate el fundamente legal del acuerdo que la secretaría de la Defensa Nacional presentó a manera de respuesta al amparo que obtuvo a su favor, se subraya que el oficio manifiesta que su ascenso se dio en los términos del artículo 27 de la ley del ISSFAM, donde se señala que los militares que pasen a retiro ascenderán al grado inmediato “únicamente para ese fin y para el cálculo del beneficio económico correspondiente”, considerando los años de servicio en relación con el tiempo que estuvo con el grado previo a su retiro.
En ningún momento se me ha ordenado tomarme la fotografía con el grado de general de brigada, esto es, en mis insignias de general de brigada, debo aparecer con un águila y dos estrellas, y no con un águila y una estrella, como me fue tomada la fotografía para mi credencial de Identidad Militar, así como en las credenciales de seguridad social militar para mis derechohabientes, por lo que solo se pretende justificar un cumplimiento mediante actos simulados a través de argumentos legaloides fuera de contexto, por lo que la responsable en estricto derecho debe abocarse al cumplimiento preciso de los resolutivos de la sentencia de mérito, además de estar incurriendo en desacato a una orden del Poder Judicial de la Federación, reiterando que las manifestaciones que hace dicho titular de la secretaria de Estado, no son procedentes en este momento, recordándole a dicho funcionario que los planteamientos que hace resultan improcedentes, ya que en este momento solo se trata de dar cumplimiento a lo ya resuelto, esto es que emita un nuevo acuerdo, sin tener en cuenta el numeral referido, en el que ordene el ascenso del quejoso al grado inmediato para efectos de retiro en términos del artículo 27 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, y no solamente para el cálculo del beneficio económico o de seguridad social, reiterando a su señoría que en ningún momento se me ha ordenado el cambio de mi identificación de identidad militar y menos se me ha autorizado el poder portar las insignias de General de Brigada, como se resolvía de manera sistemática hasta antes de la entrada en vigor del controversial Reglamento de la Ley del Instituto de Seguridad Social de para las Fuerzas Armadas Mexicanas”, concluye el escrito presentado ante el juez.
Los abogados de Martínez Villalobos señalan en su escrito ante el juez que en ningún momento se le ha dado el trato de General de Brigada, tal y como lo ordenó el amparo definitivo que obtuvo a su favor, “por lo que resulta que no se está dando cumplimiento a lo ya resuelto”. La petición que hacen al juez es que ordene al secretario de la Defensa Nacional emita el acuerdo por el cual lo asciende a general de brigada no solo para efectos del cobro de su pensión, sino otorgándole las insignias correspondientes y los papeles con su nueva acreditación militar. El acuerdo, de acuerdo a la ley, deberá quedar en los próximos días resuelto.

Fuente.-@velediaz424

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Tu Comentario es VALIOSO: