La tarde de eyer 1 de agosto, se conoció la condena en primera instancia contra el expresidente Colombiano Álvaro Uribe Vélez, a quien se le dictó 12 años de privación de la libertad en detención domiciliaria.
En medio de la lectura del documento de mil 114 páginas, se vivió un momento de tensión entre la jueza Liliana Heredia y el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Mientras que Heredia hacía referencia a la filtración de los documentos, la jueza aseguró: “Tengo entendido que, alguno de los hijos del señor procesado, que no tuvieron la gallardía de venirlo a acompañar, pero sí hizo publicación en contra de la suscrita en los medios de comunicación”.
A la luz de la información disponible, es fundamental analizar con rigor la conducta de la jueza Sandra Heredia durante el enfrentamiento con Álvaro Uribe, expresidente colombiano condenado a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
Posibles Irregularidades en la Conducta de la Jueza
- Referencias públicas a los familiares del acusado
- La jueza mencionó en audiencia y en público a los hijos de Uribe, sugiriendo la posibilidad de que ellos pudieran haber filtrado información del fallo a los medios. Esto ocurrió antes de explicar la sentencia y sin aportar pruebas específicas al respecto.
- Validez de la crítica: El principio de presunción de inocencia se extiende también a los terceros no procesados. Señalar a miembros de la familia sin pruebas puede interpretarse como una conducta imprudente y un uso de la investidura judicial para emitir juicios sin fundamento, lo cual podría vulnerar la imparcialidad y la dignidad procesal.
- Tono y manejo del debate en audiencia
- En la sesión, la jueza respondió al reclamo de Uribe (“no le acepto que se meta con mi familia”) señalando que simplemente relataba hechos conocidos y mantendría la investigación sobre la filtración de la sentencia, subrayando que su equipo no filtró información.
- Evaluación: Aunque los jueces tienen autoridad para garantizar el orden y la transparencia, hacer alusiones personales a familiares de los acusados en una audiencia puede cruzar la línea entre la información relevante para el caso y lo personal, lo que podría interpretarse como una falta de prudencia judicial o incluso una afrenta a la familia del procesado. Sin embargo, también es deber de un juez indagar potenciales irregularidades procesales como posibles filtraciones, siempre y cuando lo haga de forma objetiva y sin prejuzgar ni atribuir culpabilidad sin pruebas objetivas.
- Derecho de defensa y trato digno
- El reclamo de Uribe se centra en la protección de la dignidad de su familia y en que la jueza no se extralimite en comentarios fuera del expediente.
Argumentación y Conclusión
- Si la jueza acusó o insinuó culpabilidad de terceros sin pruebas, habría vulnerado principios de imparcialidad y debido proceso, cometiendo una grave irregularidad ética y posiblemente sujeta a control disciplinario por los órganos de gobierno judicial en Colombia.
- Si la jueza solo expresó preocupación por la filtración y deslizó una hipótesis acotada, su conducta podría considerarse dentro de los límites de su función, aunque mostrar prudencia y evitar menciones específicas a familiares no procesados sería lo más recomendable.
En ambos casos, la severidad de la valoración depende de la literalidad y el contexto de sus palabras: si hubo imputación directa y sin respaldo probatorio, se trató de un exceso; si fue una referencia acotada y justificada procesalmente, entra dentro de la potestad judicial, aunque exigiría mayor cautela para evitar interpretaciones de parcialidad.
En resumen, la conducta de la jueza puede ser cuestionada por falta de prudencia al referirse a los familiares del acusado sin pruebas firmes, pero solo podría considerarse una irregularidad grave si se demuestra que hubo una acusación infundada o una extralimitación de sus funciones, atentando contra los derechos de terceros no procesados.
Con informacion: ELUNIVERSAL/

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