Con el argumento de que el Congreso no estaba facultado para expedir la Ley de Seguridad Interior, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidarla en su totalidad.
La semana pasada se dio a conocer el proyecto de sentencia del Ministro Jorge Pardo, el cual aprueba la participación de la milicia en labores de seguridad pública, con una previa Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior del Presidente.
Al respecto, al CNDH consideró que la "seguridad interior" no es una vertiente de la "seguridad nacional", por lo que no se puede legislar al respecto.
"Además, su vigencia permite perpetuar un estado de cosas inconstitucionales que resulta contrario al pleno respeto a los derechos fundamentales y la dignidad de las personas", planteó en un comunicado.
"Por lo cual habría que reconsiderar que las acciones de seguridad deben ser dirigidas en todo momento por una autoridad civil".
Aunque reconoce que el proyecto de sentencia invalida diversas normas, la CNDH se dice preocupada por el aval a la subordinación de las autoridades civiles al mando de las Fuerzas Armadas.
"Aun cuando las posibles declaraciones de invalidez proyectadas en diversos puntos abonan a la protección de los derechos humanos, su subsistencia genera incertidumbre jurídica cuando el resto de la norma continúa vigente, ya que generan diversos vacíos normativos", señaló la comisión.
El órgano reconoció que el proyecto de sentencia coincide con la CNDH en cuanto a que el concepto de "amenaza a la seguridad interior" es muy amplio e indeterminado y la distinción injustificada de manifestaciones que puedan ser consideradas como amenazas.
También en la posibilidad de que las Fuerzas Armadas actúen sin que medie petición de las autoridades civiles, la deficiente definición del concepto de "uso legítimo de la fuerza" y la participación de la milicia para atender "amenazas" sin declaratoria previa.
Sin embargo, recordó que la CNDH ha establecido que la intervención de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública no es la respuesta más adecuada para enfrentar el índice delictivo del País.
"Por el contrario, deben privilegiarse la formación y capacitación de policías, la inteligencia financiera y la investigación patrimonial, el fortalecimiento de la prevención, como la atención de las desigualdades, privilegiando y atendiendo el ejercicio de los derechos sociales", dijo la CNDH.
"Esta Comisión Nacional solicita al máximo tribunal del país declare la invalidez de las disposiciones que señalan de manera abierta la entrega de todo tipo de información, sin distinción, en posesión de las autoridades y órganos autónomos, so pretexto de la realización de tareas en materia de seguridad interior", agregó.
La semana pasada se dio a conocer el proyecto de sentencia del Ministro Jorge Pardo, el cual aprueba la participación de la milicia en labores de seguridad pública, con una previa Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior del Presidente.
Al respecto, al CNDH consideró que la "seguridad interior" no es una vertiente de la "seguridad nacional", por lo que no se puede legislar al respecto.
"Además, su vigencia permite perpetuar un estado de cosas inconstitucionales que resulta contrario al pleno respeto a los derechos fundamentales y la dignidad de las personas", planteó en un comunicado.
"Por lo cual habría que reconsiderar que las acciones de seguridad deben ser dirigidas en todo momento por una autoridad civil".
Aunque reconoce que el proyecto de sentencia invalida diversas normas, la CNDH se dice preocupada por el aval a la subordinación de las autoridades civiles al mando de las Fuerzas Armadas.
"Aun cuando las posibles declaraciones de invalidez proyectadas en diversos puntos abonan a la protección de los derechos humanos, su subsistencia genera incertidumbre jurídica cuando el resto de la norma continúa vigente, ya que generan diversos vacíos normativos", señaló la comisión.
El órgano reconoció que el proyecto de sentencia coincide con la CNDH en cuanto a que el concepto de "amenaza a la seguridad interior" es muy amplio e indeterminado y la distinción injustificada de manifestaciones que puedan ser consideradas como amenazas.
También en la posibilidad de que las Fuerzas Armadas actúen sin que medie petición de las autoridades civiles, la deficiente definición del concepto de "uso legítimo de la fuerza" y la participación de la milicia para atender "amenazas" sin declaratoria previa.
Sin embargo, recordó que la CNDH ha establecido que la intervención de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública no es la respuesta más adecuada para enfrentar el índice delictivo del País.
"Por el contrario, deben privilegiarse la formación y capacitación de policías, la inteligencia financiera y la investigación patrimonial, el fortalecimiento de la prevención, como la atención de las desigualdades, privilegiando y atendiendo el ejercicio de los derechos sociales", dijo la CNDH.
"Esta Comisión Nacional solicita al máximo tribunal del país declare la invalidez de las disposiciones que señalan de manera abierta la entrega de todo tipo de información, sin distinción, en posesión de las autoridades y órganos autónomos, so pretexto de la realización de tareas en materia de seguridad interior", agregó.
Fuente.-
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Tu Comentario es VALIOSO: