Con el objetivo de poner fin al infierno que viven los reclusos, el Senado procesa la Ley Nacional de Ejecución Penal en la que regula el aislamiento llamado apando.
La propuesta, que ya está 90% acordada por los legisladores y que es revisada por expertos, instituciones penales, así como por la CNDH, advierte que “queda prohibido imponer medidas disciplinarias que impliquen un trato cruel, inhumano o degradante, así como el encierro en celdas oscuras o sin ventilación o el aislamiento por más de 36 horas”.
El proyecto de dictamen establece que el aislamiento temporal sólo se permitirá como último recurso, cuando se demuestre que sea necesario para proteger derechos fundamentales, como la vida e integridad de las personas privadas de libertad, salvaguardar intereses legítimos relativos a la seguridad interna del penal o del personal de dichas instituciones.
El documento también permite a los reos un procedimiento para denunciar abusos de las autoridades. A las reclusas que viven con sus hijos les da ocho derechos específicos para procurarle un nivel de vida digno a los menores de edad.
SENADO PLANTEA ACOTAR APANDOS DE LAS CÁRCELES
Legisladores buscan terminar con el infierno de los centros de reclusión; los reos podrán denunciar abusos.
Después de largos meses de negociación, el Senado logró acuerdo en 90% de la nueva ley que busca terminar con el infierno de los centros de reclusión penal del país, a partir de convertir a los reos en sujetos de derechos, permitirles un procedimiento para denunciar los abusos de los directivos penitenciarios e incluso regular el aislamiento, conocido como apando.
Además, incluye ocho derechos específicos de las mujeres recluidas que tienen hijos dentro de la cárcel, para procurar un nivel de vida digno del menor de edad.
La Comisión de Justicia del Senado hizo público el proyecto de dictamen de la Ley Nacional de Ejecución Penal, que prohíbe de manera expresa que las autoridades penitenciarias autoricen que algún reo se convierta en el vigilante de sus propios compañeros y aclara que la presentación de procedimientos por abusos de autoridad, por parte de los reos, deberán comprobar que no se trata de una estrategia de los presos para conseguir ventajas o deslegitimar a la autoridad institucional.
El proyecto de dictamen, que está a discusión y a consulta de expertos e instituciones penales, así como de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), está previsto para aprobarse a la brevedad, porque la idea es que entre en vigor al mismo tiempo en que todo el país comenzará a operar el nuevo sistema de justicia penal, que parte de la presunción de inocencia e incluye juicios orales.
En el artículo 72, denominado Sanciones Disciplinarias, el proyecto de dictamen establece que ningún preso podrá ser sancionado dos veces por los mismos hechos y especifica que sólo serán sujetos de amonestación en privado o en público; traslado temporal a otro dormitorio o reubicación dentro de su dormitorio.
“Aislamiento temporal. Esta sanción sólo se permitirá como una medida estrictamente limitada en el tiempo y como último recurso, cuando se demuestre que sea necesaria para proteger derechos fundamentales, como la vida e integridad de las personas privadas de libertad, salvaguardar intereses legítimos relativos a la seguridad interna del Centro Penitenciario o del personal de dichas instituciones”, dispone.
Y también advierte que “no se permitirá que las personas privadas de libertad tengan bajo su responsabilidad la ejecución de medidas disciplinarias o la realización de actividades de custodia”.
De igual forma, advierte que queda prohibido imponer medidas disciplinarias que impliquen un trato cruel, inhumano o degradante, así como el encierro en celdas oscuras o sin ventilación o el aislamiento por más de 36 horas”.
Todos los presos tendrán 12 derechos relacionados con el respeto de sus derechos humanos y con el objetivo de lograr su reinserción social, pero las mujeres tienen ocho derechos más, cuando tienen hijos, entre ellos recibir trato de personal penitenciario femenino, específicamente en las áreas de custodia, registro y salud.
Además, recibir la atención médica obstétrico-ginecológica y pediátrica antes, durante y después del parto, el cual deberá realizarse en hospitales o lugares específicos establecidos en el centro penitenciario para ese efecto, siempre y cuando cuenten con las instalaciones y el personal de salud especializado.
A recibir la alimentación adecuada y saludable para las hijas e hijos de las mujeres privadas de su libertad, en caso de que permanezcan con sus madres en el Centro Penitenciario; a recibir educación inicial las hijas e hijos; a permitir a las mujeres con niños a su cargo que antes de su ingreso al Centro Penitenciario adopten las disposiciones para su cuidado, para lo cual se les facilitará cualquier medio de comunicación que dispone.
En el proyecto de dictamen se observa la disposición de crear el Comité Técnico en los centros de reclusión, que será presidido por el director del propio centro y se integrará con los miembros de superior jerarquía del personal administrativo, de custodia y trabajo social, que determinará la ubicación de cada detenido; determinará y aplicará las sanciones disciplinarias, en estricto apego al principio de legalidad en favor de la persona interna, entre otros.
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