La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación dirigida al gobernador de Tamaulipas Francisco Javier García Cabeza de Vaca, por violaciones a los derechos humanos de una adolescente de 16 años que fue abusada sexualmente por un maestro de educación media superior de la entidad.
En un comunicado, el organismo señaló que tras realizar su investigación, documentó responsabilidad de seis servidores públicos adscritos al centro escolar al acreditar que “privaron de los cuidados preventivos y continuos a la adolescente”, lo que permitió que un trabajador la acosara y abusara de ella lo que le produjo postrauma, baja autoestima, inseguridad y sentimiento de poca valía.
La CNDH indicó que se violó el principio del interés superior de la niñez, y los derechos humanos a la integridad personal, a una vida libre de violencia y a la privacidad de la menor.
De acuerdo con el organismo, la víctima y su madre informaron a la autoridad responsable que un trabajador de la escuela propuso a la menor una relación sentimental e intentó besarla. La respuesta fue que haría del conocimiento de las autoridades correspondientes la situación.
Sin embargo, días después la adolescente dijo a su madre que el trabajador había abusado sexualmente de ella al salir de clases. Madre e hija informaron a la autoridad responsable, pero de nuevo, nada sucedió.
El 5 de marzo de 2014 la madre de la menor denunció los hechos ante el Agente del Ministerio Público, que en su momento consignó la averiguación previa respectiva, solicitó el libramiento de la orden de aprehensión, misma que fue obsequiada por el Juez de la causa y, una vez cumplida, se le dictó auto de formal prisión al probable responsable por el delito de violación agravada.
El sujeto fue privado de su libertad en un Centro de Ejecución de Sanciones de Tamaulipas y en proceso penal en periodo de instrucción.
La CNDH señaló que las autoridades educativas que fueron informadas del acoso que sufría la menor y no intervinieron ni informaron a sus superiores, lo que posteriormente ocasionó que el trabajador abusara sexualmente de ella, con lo que incumplieron con las obligaciones previstas en los artículos 47, fracción VIII, de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, y 30 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas.
También se evidenció que aún cuando servidores públicos del área jurídica solicitaron a la madre de la víctima los autorizara como abogados coadyuvantes en la averiguación previa para brindarles asesoría jurídica, tal situación nunca aconteció.
Por si fuera poco, señaló la CNDH, la autoridad responsable dio información a medios de comunicación que permitió identificar a la adolescente como víctima de abuso sexual, lo que va en contra del interés superior de la niñez, de su derecho a la intimidad y privacidad.
Por ello recomendó al gobernador tomar las medidas para la reparación del daño ocasionado a la víctima y sus padres, de conformidad con la Ley de Protección a las Víctimas para Tamaulipas, y se les otorgue la atención psicológica necesaria.
Asimismo pidió que se colabore con la CNDH en la presentación de la queja ante la Contraloría Gubernamental de Tamaulipas, contra los servidores públicos involucrados en los hechos; diseñar e impartir en el plantel un curso integral de capacitación y formación en materia de derechos humanos, en particular del interés superior de la niñez, de la prevención de la violencia contra las mujeres y de la protección de datos personales de los alumnos.
Además, pidió al gobierno estatal elaborar un protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso sexual en planteles del estado que se “ampliamente” difundido en medios electrónicos y cursos de capacitación presencial o en línea entre docentes y demás personal educativo de los planteles escolares del sistema sobre la identificación de posibles casos de violencia sexual, a fin de promover la cultura de la denuncia.
Por último solicitó el registro de la agraviada y sus padres en el Registro Estatal de Víctimas, para que tengan acceso al Fondo de Atención a Víctimas, previsto en la Ley de Protección a las Víctimas para el Estado de Tamaulipas y se acredite su cumplimiento.
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