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sábado, 5 de julio de 2025

“ASI lo DICE MERINO y…ASI NO lo DICE la LEY”: “DIARIO ESPAÑOL FUE con el PAPANATAS de SHEINBAUM que dirige AGENCIA de TRANSFORMACION DIGITAL y este se le TIRO a MATAR con MENTIRAS”…el trapisondista habló de la Ley Harfuch y sus alcances de manera engañosa.


El diario español,El Pais,le hizo una entrevista a “Pepe” Merino, director de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) bajo el gobierno de Claudia Sheinbaum, sobre las recientes reformas en telecomunicaciones y seguridad pública dedicadas a Omar García Harfuch,de ellam se revelan inconsistencias, afirmaciones sesgadas y omisiones relevantes respecto a lo legislado y a los riesgos reales señalados por organismos de derechos humanos y expertos.

Merino no es simplemente un funcionario,es un hombre en extremo cercano a Claudia Sheinbaum fue encargado distorsionar la realidad: buscando transformar la inquietud social en “garantía legal”, la vigilancia potencial en “eficiencia administrativa” y la preocupación legítima en “desinformación”. 

Merino en esta entrevista actua como un ilusionista de la palabra, cuyo principal acto de prestidigitación consistio en hacer desaparecer, ante nuestros ojos, los límites entre la legalidad y el abuso, entre la protección ciudadana y la vigilancia omnipresente.

1. ¿Es cierto que “no se va a poder hacer nada sin la autorización del juez”?

Lo que dice Merino:
Afirma que la intervención de comunicaciones privadas y la geolocalización solo pueden realizarse con orden judicial, citando el artículo 16 constitucional y el artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).

Lo que establece la ley:

  • El artículo 16 de la Constitución y el CNPP efectivamente exigen control judicial para intervenir comunicaciones privadas y geolocalización.
  • Sin embargo, las recientes reformas a la Ley de la Guardia Nacional y la Ley de Investigación e Inteligencia han introducido disposiciones que permiten el acceso a datos de comunicaciones y geolocalización sin control judicial efectivo en ciertos supuestos. Organizaciones como R3D y ARTICLE 19 han documentado que la nueva Ley de la Guardia Nacional elimina el requisito de autorización judicial para consultar datos conservados y geolocalización de dispositivos móviles, permitiendo el acceso “por mera solicitud” de las fuerzas armadas.

“Uno de los cambios más polémicos es la eliminación del requisito de autorización judicial para consultar datos conservados de comunicaciones y geolocalización de dispositivos móviles.”…Intoleranciadiario

Conclusión:
La afirmación de Merino es engañosa e inconsistente con lo legislado. Aunque la Constitución y el CNPP exigen autorización judicial, las reformas recientes abren resquicios legales para el acceso sin control judicial, lo que contradice su aseveración categórica.

2. ¿Está “todo perfectamente acotado”?

Lo que dice Merino:
Sostiene que “todo está perfectamente acotado” y que las nuevas plataformas y bases de datos no pueden ser usadas fuera de lo que permite el CNPP.

Lo que establece la ley:

  • La Ley de Investigación e Inteligencia y la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública permiten la interconexión e integración de bases de datos públicas y privadas, y otorgan facultades al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) para acceder de forma irrestricta a la información de la Plataforma Única de Identidad.
  • El artículo 28 de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública menciona que el CNI podrá acceder “irrestricta y directamente” a toda la información que procese la Secretaría de Gobernación mediante la Plataforma Única de Identidad.
  • La obligación de solicitar la CURP biométrica para trámites y servicios públicos y privados, y la interoperabilidad de la Plataforma Única de Identidad, han sido señaladas como mecanismos de vigilancia masiva sin controles efectivos.

“La ley obliga a los particulares que manejan sistemas de inteligencia, bases de datos o registros administrativos a compartirlos con la Plataforma Central de Inteligencia.”

Conclusión:
Decir que “todo está perfectamente acotado” es falso y sesgado. Las leyes habilitan acceso masivo y sin controles efectivos a datos personales y biométricos, y la interconexión de plataformas no está limitada solo a casos judicializados, como sostiene Merino.

3. ¿La CURP biométrica y la Plataforma Única de Identidad son voluntarias y seguras?

Lo que dice Merino:
Asegura que la CURP biométrica será opcional y que los datos biométricos solo se incorporarán con consentimiento explícito del ciudadano.

Lo que establece la ley y la práctica:

  • Las reformas establecen la CURP biométrica como requisito obligatorio para acceder a una amplia gama de servicios públicos y privados, incluyendo la activación de líneas móviles, trámites migratorios, salud, procesos jurídicos y localización de personas desaparecidas.
  • La interoperabilidad de la Plataforma Única de Identidad permite consultas en tiempo real a múltiples registros públicos y privados, lo que pone en riesgo la privacidad y la protección de datos personales, según Amnistía Internacional y ARTICLE 19.
  • La ley no contempla controles, transparencia ni rendición de cuentas suficientes para evitar el uso indebido de los datos, y las autoridades podrán acceder a la información para fines no acotados a la búsqueda de desaparecidos.

“La CURP como requisito para la activación de líneas móviles… imponen la CURP biométrica como condición obligatoria para acceder a servicios públicos y privados, y una Plataforma Única de Identidad para monitorear y gestionar la identidad de todas las personas en México con consultas en tiempo real, además de ser discriminatorias ponen en extrema vulnerabilidad los datos de las personas sin el más mínimo control, transparencia ni rendición de cuentas.”…IFEX

Conclusión:
La afirmación de que la CURP biométrica es voluntaria y segura es engañosa. La ley la establece como obligatoria para múltiples trámites y la interoperabilidad de la plataforma representa riesgos reales de vigilancia y vulneración de datos.

4. ¿El gobierno no podrá crear una “gran base de datos” ni perfilar ciudadanos?

Lo que dice Merino:
Niega que el gobierno pueda crear una gran base de datos unificada o perfilar ciudadanos, argumentando que solo se harán consultas puntuales y que no se asumirá la titularidad de la información.

Lo que establece la ley y advierten los expertos:

  • La ley permite la integración y consulta en tiempo real de bases de datos públicas y privadas por parte del CNI y otras autoridades, lo que en la práctica equivale a una base de datos unificada funcionalmente, aunque no formalmente centralizada.
  • La capacidad de perfilar ciudadanos y monitorear hábitos y rutinas existe, ya que la CURP biométrica será obligatoria para acceder a servicios y toda consulta quedará registrada en la Plataforma Única de Identidad.
  • Expertos y organizaciones advierten que el riesgo de vigilancia masiva y perfilamiento es real y no está suficientemente acotado por la ley.

Conclusión:
La negación de Merino es inconsistente con la realidad legislativa y técnica. Aunque la información no se almacene en una sola base, la interconexión y el acceso irrestricto permiten el mismo efecto de vigilancia y perfilamiento.

5. ¿Existen controles y contrapesos suficientes para evitar abusos?

Lo que dice Merino:
Afirma que hay más controles que antes y que los abusos serían delitos que se perseguirían y castigarían.

Lo que establecen la ley y las críticas:

  • Las reformas eliminan o debilitan controles judiciales y de transparencia, y concentran funciones normativas, operativas y sancionadoras en la ATDT, incrementando el riesgo de abuso de poder.
  • La experiencia internacional y nacional muestra que la vigilancia masiva suele carecer de controles efectivos y que los abusos rara vez se sancionan oportunamente.

Conclusión:
La afirmación de que existen controles suficientes es infundada. Las reformas han sido criticadas precisamente por debilitar los contrapesos y mecanismos de rendición de cuentas.

Resumen Argumentativo

  • Engañoso e inconsistente: Merino omite y minimiza los riesgos reales introducidos por las reformas, contradiciendo lo que expresamente permiten las nuevas leyes.
  • Sesgado: Sus argumentos se alinean con la narrativa oficial, desestimando las advertencias de organismos independientes y expertos en derechos digitales.
  • Falso en puntos clave: La ley sí permite acceso sin control judicial en algunos casos, la CURP biométrica es obligatoria para múltiples trámites, y la interoperabilidad de bases de datos equivale a una vigilancia masiva.

Las críticas de la sociedad civil y expertos están sólidamente fundamentadas en el texto de las reformas y en precedentes de vigilancia y abuso en México. Las declaraciones de Merino no resisten el contraste con lo legislado y con los riesgos identificados por especialistas y organismos independientes.

Con informacion: ZEDRIK RAZIEL/BEATRIZ GUILLEN/DIARIO ESPAÑOL/ELPAIS

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