La mayoría en San Lázaro, integrada por las y los diputados de Morena y sus aliados, el PT y PVEM, aprobó la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador para reformar el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos.
Un día después de avalar la eliminación de 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la creación de tres nuevos fideicomisos a favor de las Fuerzas Armadas.
Durante la discusión general de la de la Ley Federal de Derechos 2024, la mayoría en San Lázaro, integrada por las y los diputados de Morena y sus aliados, el PT y PVEM, aprobó, en un primer momento la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador para reformar el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos, la cual permite la creación de un fideicomiso que será operado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), para financiar la obra del Tren Maya, a través de la empresa de participación estatal mayoritaria conocida como Tren Maya, S.A. de C.V.
Dicho fideicomiso será financiado con el total de los recursos obtenidos del pago de visa de visitante o turismo de las personas extranjeras que ingresen al país con fines turísticos.
Cabe señalar que actualmente, la ley establece que, del total de estos recursos, el 20% debía destinarse al Instituto Nacional de Migración (INM) para mejorar sus servicios, mientras que el resto se destinarán a los proyectos prioritarios del gobierno federal, entre ellos al Tren Maya.
Por otro lado, luego de aprobar una reserva a la ley propuesta por el diputado Mario Miguel Carrillo Cubillas (Morena), las y los diputados avalaron la creación de otros dos fideicomisos; uno para la Sedena y otro para la Secretaría de Marina, con el fin de fortalecer los sistemas aeroportuarios a su cargo.
Según lo expuesto en la modificación, se cambian los artículos 219, 220, 221, y se adiciona un artículo 220 A, y además un cuarto transitorio a la Ley Federal de Derechos en materia de aeropuertos y de aviación civil.
Lo anterior para que no solamente sean los aeropuertos y los servicios auxiliares los que estén obligados al pago de los derechos por el uso, goce o explotación de los aeropuertos federales, sino que también sean todos los organismos descentralizados que lleven a cabo estas acciones.
Por ello, se establece un Artículo 220-A para que “las personas titulares de concesiones a que se refiere la Ley de Aeropuertos, determinarán el derecho, por cada ejercicio fiscal, aplicando la tasa del 9% a la suma de los ingresos brutos por servicios aeroportuarios, complementarios y comerciales, señalados en la Ley de Aeropuertos y su Reglamento, conforme a sus estados financieros dictaminados”.
Asimismo, se plantea que los ingresos que se obtengan por la recaudación de este derecho se destinarán a las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina para el fortalecimiento del sistema aeroportuario bajo su coordinación, a través de los fideicomisos públicos federales sin estructura que se constituyan para tal fin.
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