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miércoles, 24 de enero de 2024

"EL 2023 de DON AMERICO ROMPIO RECORD con 532 DEMANDAS PENALES contra SERVIDORES PUBLICOS del GOBIERNO HUMANISTA CUATRITRANSFORMADO"...hasta los que atienden denuncias son denunciados.


El 2023 ha sido el año en el que más denuncias contra funcionarios han existido en los últimos cuatro años, ya que de acuerdo al reporte anual que hace el Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública, se presentaron 532 demandas penales contra servidores públicos.

Vale señalar que la cifra de denuncias formuladas el año pasado es superior a la del 2022 cuando fueron 427 demandas, así como la del 2021 que se levantaron 452 y las del 2020 que la cifra llego a 472.
Aunque no se detalla los tipos de delitos,en el artículo 226 del Código penal se establece que comete el delito de ejercicio abusivo de funciones:

I.- El servidor público que en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, indebidamente otorgue por sí o por interpósita persona, contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones, efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público, a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, o a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos, o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte;

Asimismo está el delito de uso indebido de atribuciones y facultades; de ello marca el artículo 222, que comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades:

I.- El servidor público que dolosa e indebidamente:

a).- Otorgue concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamientos y uso de bienes de dominio del Gobierno Estatal o Municipal;

b).- Otorgue permisos, licencias o autorizaciones de contenido económico;

c).- Otorgue franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales, y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos, o prestados en la administración pública del Estado y los Municipios;

d).- Otorgue, realice o contrate obras públicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios o colocaciones de fondos y valores con recursos económicos públicos.

Fuente.-EnLineaDirecta/Benny Cruz Zapata/

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