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miércoles, 2 de marzo de 2022

CABEZA de VACA "NOS COMPARTE con MUCHO ORGULLO" que su ESPOSA INDICIADA FEDERAL con AMPARO en CUENTAS CONGELADAS "SACO PRIMER LUGAR en el DIF del SAQUEO ESTATAL"...avido de mandar señales de "honestida" en tiempos electorales.



El gobernador de Tamaulipas,Francisco Javier Garcia Cabeza de Vaca "ni tardo y si muy presuroso",volvio a a repetir en las redes sociales una encuesta reciente, donde "urgido" de buenas noticias o al menos que lo parezcan, que su "señito,su esposa" Mariana Gomez Leal,tambien indiciada en las pesquisas de la FGR que la situándoselas dentro de una "Organización criminal",segun Publico Milenio y que reclama por la vía del amparo sus cuentas bancarias congeladas,segun lo publico Latinus, hermana del "supercontrabandista" federal Jose Ramon Gomez Leal habia obtenido el primer lugar por su desempeño en una reciente encuesta como encargada del DIF ESTATAL.

la organizacion criminal que encabeza cabeza le es "muy familiar":

Pero Garcia Cabeza de Vaca,selectivo en lo que "retuitea y quiere que sepas",no nos dice nada del "negocio prospero" que significa administrar los dineros del publico en el "Desarrollo Integral de la Familia" (DIF).

Donde y desde el primer día de gobierno dedican su mayor esfuerzo a realizar el "mayor negocio" y al igual que sus antecesores priistas en el "encargo" se apropian de los recursos públicos de manera truculenta,asi se desprende de la informacion que con evidencia, exhibe los trastupije$ del llamado gobierno de los "Vientos de cambio que trajeron un fuerte tufo a corrupción.

La información publicada por el diario digital cambio.press refiere a 10 Millones de Pesos "extraviados"

...."  Los facturaron a una misma empleada de la instancia, con puesto de Secretaria “A” violando la Ley de Responsabilidad de Servidores Públicos, cuyos contratos fueron borrados de la página de transparencia.
La administración que ejerce Omheira López Reyna sobre el DIF Tamaulipas, facturó por más de 10 millones de pesos desde el programa Desayunos Escolares, a una misma empleada de la dependencia, Los archivos del contrato fueron borrados de la página Transparencia.

De acuerdo a información vertida por Gobierno del Estado mediante una solicitud vía Transparencia en la que participó para su obtención, el Instituto Federal de Acceso a la información, se trata de dos contratos en el primer trimestre con la proveedora, y empleada del mismo DIF, María Isabel Lince Andrade.

La mujer, de acuerdo al documento, gozó de un procedimiento denominado “INVITACION RESTRINGIDA” en la categoría de adquisiciones como Proveedor Único en los motivos y fundamentos aplicados, facultades que son responsabilidad de la Directora y Secretaria Técnica, Omheira López Reyna, y su hermana, Erika López Reyna.
Los contratos fueron por el orden de los 8,370,000.00 pesos en un primer contrato, y 2,505,600.00 pesos, que sumados son 10, 876,600.00 pesos.
En la información, Transparencia del DIF presenta Los enlaces; “http://archivostransparencia.diftamaulipas.gob.mx/sghsedif/Archivos/DAdministrativa/2017/Abril/” Y “http://archivostransparencia.diftamaulipas.gob.mx/sghsedif/Archivos/DAdministrativa/2017/Abril/” que son el mismo, pero están vacíos por lo que se desconoce si realmente se llevó a cabo un servicio comercial, o si se trató de un embute.

En el caso de la empleada María Isabel Lince Andrade, aparece en el organigrama del DIF con puesto de Secretaria “A, Nivel 100 con contrato descrito como “Extraordinario”, mientras que en la lista de proveedores, solo aparece su nombre, sin razón social de la empresa que representa.

Por otra parte, la Ley de Adquisiciones de Gobierno del Estado, expone en el Artículo 31 que”No podrán presentar propuestas ni celebrar contrato alguno sobre las operaciones a que se refiere esta ley, las personas físicas o morales siguientes:
II. Las empresas en las cuales participen como accionistas, administradores, gerentes, apoderados o empleados, los servidores públicos a que se refiere el artículo 47, fracción XIII, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado”
La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, por su parte, refiere en el Artículo 47, fracción XIII que “(los funcionarios deben) Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios , como son aquellos de los que puedan resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte”
Por otra parte, el Artículo 55 sentencia: “ En caso de aplicación de sanciones económicas por beneficios obtenidos y daños y perjuicios causados por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo 47 se fijarán en dos tantos del lucro obtenido y de los daños y perjuicios causados; en caso de no cubrirse al momento de su determinación, el monto de la sanción se aumentará proporcionalmente a los incrementos del salario mínimo desde la fecha en que se fijó la sanción hasta la del momento del pago”
Aclara además, que de las sanciones se haría cargo Contraloría de Gobierno.
Fuente.-Gildo Garza / Demis Santana / Cambio.Press/medios/redes

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