La Segunda Sala de la Corte confirmó por unanimidad un amparo en favor del periodista veracruzano Miguel Ángel León Carmona, que en octubre de 2017 fue bloqueado por el Fiscal General de esa entidad, Jorge Winckler Ortiz.
Esto le impedía al comunicador acceder a la información que el funcionario comparte con el público por esa vía, y el amparo lo obligará a permitir el acceso no sólo mientras permanezca en el cargo, sino incluso después de que lo deje, pues seguirá siendo una "persona pública" aunque ya no sea servidor.
"Para el supuesto de que la autoridad responsable no acate lo ordenado en la presente ejecutoria, el juez de distrito podrá tomar las medidas necesarias para el cumplimiento. Entre esas medidas, requerir directamente a la red social Twitter, a través de su representación social en México, con el fin de que sea ésta la encargada de quitar de manera permanente el bloqueo", dice la sentencia que propuso el Ministro Eduardo Medina Mora.
También sugiere una serie de "parámetros orientativos" para aclarar cuándo es justificado el bloqueo a un usuario de Twitter, y falla contra Winckler por considerar que prevalece el interés público de acceso a la información sobre el derecho a la privacidad del funcionario, que también usa la cuenta para cuestiones personales.
"Al ser una persona pública y particularmente un funcionario público, su derecho a la intimidad se ve 'desdibujado' en aras de favorecer el derecho a la información. Esto es así porque los temas de interés general, como los relacionados con el desempeño de su gestión gubernamental, están sometidos a un fuerte nivel de escrutinio por parte de los medios de comunicación y la sociedad", señala el fallo.
Agrega que el propio Fiscal fue quien dio una configuración abierta a la cuenta @AbogadoWinckler, por lo que sus contenidos son visibles para cualquiera que acceda a internet.
"Es posible que los comportamientos abusivos puedan ocasionar una medida de restricción o bloqueo justificada, pero para que ésta sea válida será necesario que dichas expresiones o conductas se encuentren excluidas de protección constitucional, en términos de los parámetros jurisprudenciales que rigen en la materia", matiza.
Lo anterior, al aclarar que no cualquier crítica o ataque difundido por Twitter califica como "comportamiento abusivo" que justifique el bloqueo.
Y ASI REACCIONAN:
Con informacion de: ElNorte.com/ElUniversal.com.mx
Y ASI REACCIONAN:
El diputado Gerardo Fernández Noroña respondió en Twitter a un periodista que “una sentencia no hace jurisprudencia” y añadió : “Ya deja de quitarme el tiempo, que estoy bloqueando usuarios de Twitter”.
Por su lado, Jenaro Villamil, presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, reaccionó la decisión del máximo tribuna del país.
Ordena @SCJN proteger derecho a la información. Un servidor público no debe bloquear en redes sociales a usuarios. #MediosPúblicoshttps://t.co/FgjIGuzA6k— Jenaro Villamil (@jenarovillamil) 20 de marzo de 2019
El doctor y activista John Ackerman, calificó el fallo como una victoria a la libertad de expresión, luego de que fuera desbloqueado en Twitter por el consejero del INE Ciro Murayama, quien en su momento le impidió ver sus publicaciones.
Una victoria importante para el derecho de acceso a la información y de petición de los ciudadanos.
Nuestro caso contra @CiroMurayamaINE fue pionero en la materia. La democracia avanza dentro del marco de la 4T. https://t.co/zktERSw42Z
— John M. Ackerman (@JohnMAckerman) 20 de marzo de 2019
En tanto, Javier Lozano retuiteó la resolución de la Corte que fue publicada en EL UNIVERSAL.
#ÚltimaHora SCJN declara que servidores públicos no pueden bloquear a ciudadanos en redes sociales por críticas severas o comentarios "chocantes"— El Universal (@El_Universal_Mx) 20 de marzo de 2019.
Con informacion de: ElNorte.com/ElUniversal.com.mx
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