martes, 18 de mayo de 2021

"ECHALE un OJO al GLAMOUR de los CABEZA de VACA CUANDO INAUGURARON su VIÑEDO FAMILIAR en 2018 con PRESTANOMBRES REYNOSENSE...al cabo hay dinero de sobra y malhabido para pagar abogados.


El video es elocuente,es el Senador panista de la Republica Ismael Garcia Cabeza de Vaca y su hermano aun Gobernador de Tamaulipas Francisco Javier Garcia Cabeza de Vaca, inaugurando el "viñedo familiar" 3 RAICES S.P.R de RL en DOLORES HIDALGO,GUANAJUATO el 9 de septiembre de 2018, propiedad de los "CABEZA de VACA" pero en manos de su prestanombres, el Reynosense Roberto Guerrero Cavazos,fieles a la estrategia de ocultamiento de bienes que los ha enriquecido "brutal y asquerosamente".


El VIDEO que circula profusamente en las redes, cuya propiedad se adjudica a Roberto Guerrero Cavazos,socio tambien de la obra publica en Tamaulipas y aparece como queriendo ocultarse,en una de las imagenes de la inauguración atrás y al costado derecho del Senador Ismael Garcia Cabeza de Vaca que corto el listón inaugural junto al alcalde de Dolores Hidalgo Juan Rendon Lopez.


La multimillonaria propiedad, fue previamente protocolizado por Notario Publico de Reynosa Licenciado Alfonso Salinas Flores, en escritura publica # 7711 de Septiembre de 2018 y esta destinada a la fabricación de vino tinto,pero tambien destilan sobriedad, lujo y glamour, porque a los Cabeza de Vaca los conquistan los lujos producto de la riqueza malhabida que fue atestiguada por invitados especiales que tambien degustaron vinos de la casa y suculentas viandas entre la música en vivo.


En el mismo video y atrás del "testaferro" Roberto Cavazos,también aparece el aun Gobernador de Tamaulipas Francisco Javier Garcia Cabeza de Vaca y su esposa Mariana Gomez,ambos indiciados por la FGR por delincuencia Organizada e inmerso en un controvertido "Desafuero" que terminara por conducirlo a la carcel por diversos delitos federales.


Propiedad al descubierto en Acta de Cabildo en Guanjuato.

Y es que ,tal y como lo muestra el Acta Numero 110 de la sesión publica del cabildo de Dolores Hidalgo en Guanajuato del 25 de Septiembre de 2018 ( enlace a descarga de documento sesión cabildo completa...) disponible ademas en la pagina de transparencia.doloreshidalgo.gob.mx donde fue autorizado el uso de suelo a solicitud de su propietario ROBERTO GUERRERO CAVAZOS,lo que demostró con Títulos números 1003771, 1003773, 1005125, 1003774, correspondientes a las parcelas 190 Z-3 P1/4, 191 Z-3 P1/4, 192 Z-3 P1/4 Y 193 Z-3 P1/4 como esta asentado en la misma acta de sesión,para efectos de que los ricos de Tamaulipas establecieran viñedo del que obsequiaban y con costo al erario, esas glamorosas botellas que Cabeza de Vaca y el alcalde Enrique Rivas de Nuevo Laredo regalaban a sus amigos de Tamaulipas y ademas operarian el "Restaurante Terruño" dentro del mismo predio.


De acuerdo al ACTA NÚMERO 110 CIENTO DIEZ de la SESIÓN ORDINARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO de Dolores Hidalgo en Guanajuato,CELEBRADA el DÍA 25 VEINTICINCO de SEPTIEMBRE del 2018 y presidida por el C. JUAN RENDÓN LÓPEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL”, se autorizo sin problemas el USO de SUELO al "VIÑEDO 3 RAICES" a las 17:15 diecisiete horas, con quince minutos, del día 25 veinticinco de septiembre de 2018.

C) AUTORIZACIÓN DE USO DE SUELO A TRES RAÍCES. 

En uso de la voz el Regidor Genaro Martínez Aguilar, Cosme Humberto Castañeda Ruiz, Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, procede a dar lectura al dictamen relativo a AUTORIZACIÓN DE USO DE SUELO A TRES RAÍCES, mismo que a la letra dice: 


ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES LEGALES:- 


Primero.- Se presenta en la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, el 26 de junio de 2018, solicitud para Permiso de Uso de Suelo respecto del predio ubicado en Av. Insurgentes no. 12-A ubicado en el Ejido Tequisquiapan, propiedad de Roberto Guerrero Cavazos, propiedad que acredita con los Títulos números 1003771, 1003773, 1005125, 1003774, correspondientes a las parcelas 190 Z-3 P1/4, 191 Z-3 P1/4, 192 Z-3 P1/4 Y 193 Z-3 P1/4 respectivamente, todas pertenecientes al Ejido Tequisquiapan de este Municipio, documentales que se encuentran debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad de este partido Judicial bajo los folios electrónicos R14*38856, R14*38857, R14*40664 y R14*38858 respectivamente.- Para las sociedades mercantiles denominadas "Tres Raíces, Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable", que el uso de suelo que solicita es con la finalidad de establecer un viñedo y "Terruño Restaurante Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable", que el uso de suelo que solicita es a efectos de establecer un Restaurante dentro del viñedo.- 


Segundo.-Anexando la documentación que a continuación se detalla del Viñedo Tres Raíces Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable:- a) Formato de solicitud para Permiso de Uso de Suelo, recibido en la Subdirección de Desarrollo Urbano el día 26 de Junio de 2018.- b) Copia de Constancia de Numero Oficial con folio No. 0679.No.O.D.U.18, emitida en fecha 7 de junio de 2018, por el Arquitecto Raúl Vázquez Méndez, en su carácter de Sub Director de Desarrollo Urbano.- c) Copia simple de la escritura pública número 7711 de fecha 20 de septiembre de 2018, otorgada ante el Licenciado Alfonso Salinas Flores, titular de la Notaría Pública número 135 con Ejercicio legal en el Quinto Distrito Judicial en el Estado, con residencia en Reynosa, Tamaulipas; donde consta CONTRATO TEMPORAL DE COMODATO DE LOS INMUEBLES ya descritos a favor de la sociedad mercantil denominada "Tres Raíces, Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable".- d) Copia simple del acta constitutiva de la sociedad denominada "Tres Raíces, Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, que consta en la escritura pública 7,325 de fecha 17 de enero de 2017, misma que fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Delegación Reynosa, Tamaulipas, bajo los siguientes datos: FME N-2017021616; NCI: 201700036686; inscrita en el Registro Agrario Nacional también bajo el número 11RQ00010007.- e) Copia de la escritura número 7636 de fecha 13 de abril de 2018, que contiene PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN Y DE PLEITOS Y COBRANZAS, otorgado por Tres Raíces Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable a Gilberto Andrey Villalobos Peña y copia de credencial INE de Representante Legal C. Villalobos Peña Gilberto Andrey.- f) Constancia de Factibilidad de Uso de Suelo contenidos en los oficios números 009/PMDH/DDUOP/DU/2018, 010 PMDH/DDUOP/DU/2018 y 011/PMDH/DDUOP/DU/2018 de fecha 21 de Marzo de 2018, suscritos por el Ing. Sergio Ledesma Velázquez, Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, correspondientes a las parcelas 190Z-1 P1/4, 191 Z-3 P1/4 y 193 Z-3 P 1/4 todas del Ejido Tequisquiapan de este Municipio.- g) Oficio número 260/PA/PMDH/2018 de fecha 15 de agosto de 2018, emitido por el Licenciado Luciano Armas Morales, Director de Protección al Ambiente, en donde determina que el proyecto para operar un predio de uso agrícola, para la plantación de uva para vino, no requiere someterse al proceso de evaluación de impacto ambiental, mediante la presentación de Impacto Ambiental.- h) Dictamen de Protección Civil contenido en el Oficio no. PMDH/SHA/PC/ADM/362-2018 de fecha 26 de Junio de 2018, suscrito por el Dr. Felipe de Jesús Abundes Reyes, Director Municipal de Protección Civil, en donde emite OPINIÓN TECNICA FAVORABLE, respecto del TRÁMITE DEL PERMISO DE USO DE SUELO.- i) Escrito de Recomendaciones de fecha 23 de agosto de 2018, suscrito por la c. Ma. Felicitas Soto Vázquez, Encargada Provisional de la Coordinación de Fiscalización y Comercio en Vía Pública, donde indica que se recomienda SI APROBAR, la solicitud de uso de suelo.j) Planos de la Vinícola TRES RAÍCES S.P.R. DE R.L. DE C.V., debidamente firmados por el Perito Responsable de Obra Arquitecto Fidel Olaes Villegas, con cedula profesional 29822420.- k) Estudio de Compatibilidad Urbana de TRES RAÍCES S.P.R. DE R.L. DE C.V., Vinícola Mexicana de Guanajuato, elaborado por el Arquitecto Fidel Olaes Villegas.- Tercero. Respecto de la solicitud de permiso de uso de suelo, correspondiente a "Terruño Restaurante, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable", anexo a su solicitud la documentación que a continuación se detalla: a) Acta constitutiva de la sociedad ya referida, contenida en la escritura pública número 7609, de fecha 23 de febrero de 2018, otorgada ante la fe del Licenciado Alfonso Salinas Flores, Titular de la Notaria Pública número 135 con ejercicio legal en el Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en la Ciudad de Reynosa, Tamaulipas, documento que se encuentra inscrito bajo los siguientes datos: FME N-2018038713; NCI: 201800100077, en fecha 7 de julio de 2018.- b) Copia de la Constancia de Numero Oficial, contenida en el oficio con folio número 0856.No.O.D.U.18 de fecha de 31de julio de 2018, suscrita por el Arquitecto Raúl Vázquez Méndez, Sub Director de Desarrollo Urbano.- c) Reporte fotográfico del lugar.- d) Escrito de Recomendaciones de fecha 23 de agosto de 2018, suscrito por la c. Ma. Felicitas Soto Vázquez, Encargada Provisional de la Coordinación de Fiscalización y Comercio en Vía Pública, donde indica que se recomienda SI APROBAR, la solicitud de uso de suelo.- e) Plano de TERRUÑO RESTAURANTES S. DE R.L. DE C.V.- Nota: No omito mencionar que Terruño Restaurant está dentro del viñedo Tres Raíces por tal motivo el dictamen de Protección Civil y Ambiental aplica para el mismo.- Cuarto. En fecha 27 de agosto de 2018, el Ingeniero Sergio Ledesma Velázquez, en su carácter de Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, emite el oficio no. A298/PMDH/DDUOP/2018, relativo a evaluación de compatibilidad, mismo que en lo esencial establece: I. En términos de lo dispuesto por el artículo 35 del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, así como lo dispuesto por los artículos 2 fracción XIX y 35 fracción II del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo para el Municipio de Dolores Hidalgo, Guanajuato; es atribución de la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas otorgar los permisos de uso de suelo en los términos que establecen el referido Código.- Además, tiene como atribución el verificar que las acciones, inversiones, obras y servicios de desarrollo urbano que se ejecuten en el Territorio Municipal, se ajusten, en su caso al Plan de Ordenamiento Territorial Municipal y a los programas de desarrollo urbano, según lo establece el Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, en los artículos 256 y 257 fracciones del I ala V.- II. Dentro del análisis técnico, indica que se revisaron los documentos que integran los expedientes, indicando que se cumple con la integración de documentación como señala el Código Territorial referido, en su Título Tercero, Capítulo III, Sección Segunda, artículos 258 y 259, así como lo dispuesto en el artículo 17 inciso 2, observando lo siguiente: A) Como se desprende del oficio PMDH/SH/PC/ADM/362-2018, en fecha 26 de junio de 2018, suscrito por el Dr. Felipe de Jesús Anselmo Abundes Reyes, Director Municipal de Protección Civil, establece que la Vinícola TRES RAÍCES S.P.R. DE R.L. DE C.V., no representa un riesgo   de seguridad, por lo que manifiesta la Opinión Técnica que es Factible su uso de suelo.- LOCALIZACIÓN.- El proyecto se encuentra en el predio urbano en predio Urbano Ubicado en calle Av. Insurgentes No.12 “B” y Av. Insurgentes No.12 “B”, Ejido Tequisquiapan del Municipio de Dolores Hidalgo C.I.N., Gto., en una superficie de 4,500.00 m2, con un uso de suelo de PA Preservación Agrícola; conforme al Plan de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Dolores Hidalgo, C.I.N., Guanajuato vigente Agroindustrial (AI) para el viñedo Tres Raíces y/o para el Terruño Restaurant y Cabaña de descanso, para el Cambio del USO DE SUELO  COMERCIO Y SERVICIOS INTENSIDAD MEDIA ( CS-2),Plan Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial (PMDUOET) congruente con el programa estatal, la clasificación expresada en el artículo 17 inciso 2 del Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo para el municipio de Dolores Hidalgo, Guanajuato; por lo que el uso de suelo solicitado es compatible con la Zona de Uso.- 


El predio lo podemos ubicar mediante georeferencia y fotografía satelital utilizando la aplicación de mapas satelitales de Google Maps, los cuales muestran que se ubica dentro del Estado de Guanajuato; en el Municipio de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional.  


Dicho predio se encuentra ubicado en la Zona Urbana, clasificado con la clave PA Preservación Agrícola; conforme al Plan de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Dolores Hidalgo, C.I.N., Guanajuato vigente. 



 

Zona                           Categoría                                                       Usos permitidos por grupo 

PA                               Predominante                                                Reserva agrícola

                                    Compatible                                                    Habitacional unifamiliar

                                                                                                            Reserva forestal

                                                                                                            Fomento ecológico                      

 

Para el Cambio del USO DE SUELO COMERCIO Y SERVICIOS INTENSIDAD MEDIA(CS-2).

 

Zona                           Categoría                                     Usos permitidos por grupo 

CS-2                            Predominante                              Comercio intensidad Baja 

                                    Compatible                                  Habitacional 

                                                                                          Comercios de Media Intensidad 

                                                                                          Servicios de Media Intensidad 

 

Agroindustria (AI).- Transformación y manejo de productos del sector primario su ubicación requiere que no generen conflictos en la operación de estas. Estos deben atender las disposiciones marcadas en la normatividad de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes y en vigor, y demás disposiciones de los tres órdenes de gobierno.III. Concluyendo la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas que el giro solicitado, es COMPATIBLE CON EL USO DE SUELO PREDOMINANTE, en donde se pretende instalar el proyecto, según el Plan de Ordenamiento Territorial del Centro de Población de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional Guanajuato.En materia de Uso de Suelo, es considerado FACTIBLE para EL VIÑEDO TRES RAÍCES S.P.R. DE R.L. DE C.V. y TERRUÑO RESTAURANTE S. DE R.L. DE C.V. ya que se establece en un Uso de Suelo, (PA) Preservación Agrícola; conforme al Plan de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Dolores Hidalgo, C.I.N., Guanajuato vigente, para el Cambio del USO DE SUELO AGRÍCOLA E INDUSTRIAL (AI) Y COMERCIO Y SERVICIOS INTENSIDAD MEDIA ( CS-2), respectivamente, en el artículo 17 inciso 2 y Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo para el Municipio de Dolores HidalgoGuanajuato y el Plan de Ordenamiento Territorial Urbano del Centro de Población de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato y Plan Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial ( PMDUOET).- DERECHO Y DICTAMEN.- I.-. Acorde a lo dispuesto por los artículos 33 fracción IV y XXXII, 35 fracciones IV y XXVI, 256, 257, 258, 259 y demás relativos y aplicables del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato; 76 fracción II incisos a) y h) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; 2 fracción XIX, 17 inciso 2, 35 fracción II, 44 fracciones I, II, III y V, 45 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo para el Municipio de Dolores Hidalgo, Guanajuato; el Ayuntamiento, cuenta con atribuciones para determinar los usos y destinos del suelo en el territorio municipal y establecer las restricciones y modalidades correspondientes, siendo procedente la emisión del presente dictamen.II.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 81, 83 fracción IV, 83-5 fracciones I y IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; 23, 24 del Reglamento Interior del Ayuntamiento para el Municipio de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato; así como en base al dictamen de factibilidad contenido en el oficio A289/PMDH/DDUOP/2018, la Comisióncuenta con facultades para la emisión del dictamen y propuesta de solución al asunto en comento.DICTAMEN.Único.- Se determine factible el Cambio del uso de suelo de PA Preservación agrícola USO DE SUELO  AGRÍCOLA E INDUSTRIAL (AI) Y COMERCIO Y SERVICIOS INTENSIDAD MEDIA ( CS-2),para el VIÑEDO TRES RAÍCES S.P.R. y TERRUÑO RESTAURANTE S. DE R.L. DE C.V. respectivamente, en virtud de que el uso de suelo solicitado es compatible con la Zona de Uso.Derivado de lo anterior, se solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. Félix Frías Enríquez, gire instrucciones a las áreas y dependencias competentes para su conocimiento y efectos a que haya lugary una vez  realizados los comentarios que estiman pertinentes el Presidente Municipal y los integrantes del H. Ayuntamiento; se procede a emitir el siguiente: ACUERDO.- Una vez presentado el dictamen referente a  AUTORIZACIÓN DE USO DE SUELO A TRES RAÍCESel Ciudadano Presidente Municipal, procede a someter a votación dicho punto, resultando aprobado por UNANIMIDAD de votos de los presentes;  lo anterior de conformidad con los artículos 61 sesenta y uno, 62 sesenta y dos, 72 setenta y dos, 73 setenta y tres, 74 setenta y cuatro, 76 setenta y seis, fracciones, I primera, inciso b), II segunda, inciso a y h), 79 setenta y nueve, 80 ochenta, 81 ochenta y uno, 83 ochenta y tres, fracción IV cuarta, 83-5, 128 ciento veintiocho fracción IV cuarta, de la Ley Orgánica Municipal, para el Estado de Guanajuato; 14 catorce, fracción XX vigésima, 20 veinte, 21 veintiuno, fracción IV cuarta, 22 veintidós, 23 veintitrés, 24 veinticuatro, 26 veintiséis,  36 treinta y seis, 42 cuarenta y dos, 45 cuarenta y cinco, 47 cuarenta y siete, 51 cincuenta y uno, 60 sesenta, 61 sesenta y uno, 64 sesenta y cuatro, del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 

LES ENCANTA EL LUJO CON LANA AJENA:


Con informacion :redes/medios/Gobierno Municipal/Dolores Hidalgo/Guanajuato/

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