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lunes, 9 de noviembre de 2015

"FUMAR MOTA con AMPARO", NACE NEGOCIO de 40 MIL MDP,TARIFA de ABOGADOS de 5 MIL y 30 MIL por AMPARO.


Abogados indican al diario La Razón que solicitar un recurso similar al que resolvió la Corte cuesta de 5 mil a $30 mil; en el país hay un millón 348 mil usuarios de esa droga“la resolución va a formar un precedente para la gente que quiera consumir este enervante, y significa un mercado potencial”, afirma la abogada Lorena González
Con el fallo de la Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN) para permitir a cuatro personas sembrar y cultivar mariguana con fines de autoconsumo,,que ahora ofrecen sus servicios para tramitar amparos similares.

De acuerdo a firmas de abogados y agrupaciones consultadas por La Razón, las tarifas para interponer dichos recursos van desde 5 mil hasta 30 mil pesos, dependiendo del prestigio de la firma que lleve el proceso, por lo que si se considera el costo más bajo, de cualquier forma la ganancia es millonaria: 6 mil 740 millones de pesos.
Según el Consejo Nacional Contra las Adicciones, en 2011 se tenía registro de que 1.2 por ciento de la población del país es consumidor de esta droga, es decir, un millón 348 mil clientes potenciales.
La abogada Lorena González, de la firma Hersa Consultores Empresariales dijo que en un proceso similar “podría ser que un abogado que trabaje por su cuenta cobre 5 mil pesos y un despacho prestigioso cobrar hasta 30 mil pesos por un amparo. El fallo va a formar un precedente para que la gente quiera consumir este enervante con fines recreativos”, expresó.
Agregó que hay que poner a consideración que son varias causas por las que una persona se puede amparar, “se tienen que llenar los requisitos para que se concrete, es muy variable como cualquier materia entre juicio y juicio, cada abogado tiene su propio arancel, además es trabajo”.
Sostuvo que el trámite y el proceso es el mismo “el costo cambia dependiendo la circunstancia de cada persona”.
En tanto Fabián Aguinaco, litigante constitucionalista especializado en amparo e integrante de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART), reiteró que para proceder al amparo primero se debe enviar una solicitud para plantar el enervante a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y ante su negativa después recurrir a la Corte.
Subrayó que para sentar jurisprudencia se requieren cinco fallos consecutivos en el mismo sentido y emitidos por la Primera Sala de la Suprema Corte.
fuente.-


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