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viernes, 6 de junio de 2025

“IREMOS a DONDE VAYAS ?”: “PERMISIVIDAD TOXICA de SHEINBAUM ENGALLA AUN MAS a CRIMINALES de la CNTE y AMBOS RETAN a la LEY”…ellos por accion,ella por omision y anarquía total.


El secretario general de la Sección 9 de la CNTE, Pedro Hernández, amagó con que los docentes harán presencia en cada acto de la Presidenta Claudia Sheinbaumpara seguir presionando sobre la abrogación de la Ley del ISSSTE de 2007.

En mitin en el Zócalo, adelantó que mañana, a las 9:00 horas, darán un mensaje importante a la ciudadanía.

“Hemos declarado que donde se presente la Presidenta, haremos acto de presencia para exigirle una respuesta a la demanda fundamental de la abrogación de la Ley del ISSSTE”, afirmó.

“No puede seguir mintiendo diciendo que ahora no hay recursos y que antes López Obrador dijo que no tenían mayoría en ambas cámaras”.

Los maestros marcharon del Ángel de la Independencia al Zócalo, en cuyo trayecto rompieron vidrios de la Secretaría del Bienestar.

Alcances delictivos de los maestros en las protestas recientes

Pero las protestas de la CNTE han escalado en intensidad y en la comisión de actos que pueden constituir delitos bajo la legislación mexicana. Entre las acciones documentadas se encuentran:

  • Bloqueos de vías públicas: La CNTE ha realizado bloqueos prolongados de avenidas clave en la capital, afectando la movilidad y el acceso a servicios esenciales. El cierre de calles, aunque es una forma de protesta social, puede ser sancionado penalmente en México, pues el Código Penal Federal y los códigos locales tipifican como delito la obstrucción de vías de comunicación.
  • Daños en propiedad ajena: Se reportó la rotura de vidrios en la Secretaría del Bienestar y, de manera más grave, la irrupción violenta, destrozos y quema de mobiliario en las oficinas del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE). Estas conductas encuadran en delitos de daño en propiedad ajena, allanamiento de morada y, en el caso de incendios, incluso daño doloso agravado.
  • Incendio y saqueo: En el caso específico de la toma e incendio de las oficinas del SNTE, los manifestantes, algunos encapuchados y armados con mazos, destruyeron puertas, sustrajeron objetos y prendieron fuego a mobiliario y documentos. El incendio de bienes ajenos es un delito grave y puede ser perseguido de oficio, independientemente de la protesta social que lo enmarque.
  • Provocación y alteración del orden público: Las acciones violentas, como el intento de portazo en instalaciones públicas y la destrucción de bienes, pueden ser calificadas como provocaciones y alteración del orden público, lo que también tiene consecuencias penales.

Si bien la protesta social está protegida por la Constitución y tratados internacionales, los actos violentos y delictivos cometidos en su contexto no gozan de esa protección y son susceptibles de persecución penal.

Responsabilidad penal de la presidenta por omisión o permisividad

La responsabilidad penal de la presidenta Claudia Sheinbaum debe analizarse bajo los principios del derecho penal mexicano y el marco constitucional:

Aunque no existe evidencia de que la presidenta haya ordenado, instigado o participado directamente en la comisión de los delitos cometidos por los manifestantes, si tiene responsabilidad por omisión

La omisión de autoridades puede generar responsabilidad penal cuando, teniendo la obligación jurídica de impedir un resultado, no lo hacen y el resultado se produce. 

Sin embargo, para que proceda la responsabilidad penal por omisión, deben cumplirse ciertos requisitos: que la autoridad tenga el deber específico de actuar, que tenga la capacidad real de impedir el delito y que su omisión sea determinante para la consumación del hecho.

Análisis de contexto y límites de la protesta social

  • El derecho a la protesta está protegido constitucionalmente, pero pierde protección cuando deriva en hechos violentos o delictivos. Los líderes y organizadores pueden ser responsables penalmente si incitan, ordenan o participan en la comisión de delitos durante las protestas.
  • El Estado tiene la obligación de garantizar el orden público y proteger los derechos de terceros.

Con informacion: ElNorte/

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