“Que alguien le informe al alcalde de Reynosa lo que hace el Congreso y cuáles son sus funciones”, propuso a gritos el Diputado Ex-panista Neomorenista Humberto Prieto Herrera, Presidente de la Junta de Gobierno del Congreso Local,tras las declaraciones del edil fronterizo de Reynosa,Carlos Peña Ortiz “Makito”, quien aseguró que ha enviado iniciativas a la representación popular a favor de los animales, sin que hayan sido atendidas, provocando impunidad en el maltrato a las especies domésticas.
Pero el Diputado de Morena no quiso perder la oportunidad de demostrar la tirria contra el alcalde de alcances partidistas e institucionales y le respondio públicamente en vez de acudir al diálogo institucional para dirimir dudas, inquietudes y divergencias a través de los canales ya establecidos , de acuerdo con la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso, evitando confrontaciones públicas que claramente afectan la gobernabilidad.
La manera de responder del Legislador fue claramente incorrecta, pues omitió utilizar los mecanismos legales existentes que definen la colaboración entre poderes.
Humberto Prieto ,quien obedece enteramente al Gobernador Americo Villarreal Anaya,muy y pese a que representa otro poder independiente,prefirio darle sesgo personal en vez de institucional,para de paso decirle a medio mundo que “odia al alcalde con odio jarocho”.
Pero todo tiene explicación:
Analizando la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas (se adjunta), las declaraciones del Diputado Prieto,Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado en el segundo periodo de sesiones del primer año de la actual LXVI Legislatura,violento algunas disposiciones:
Violaciones Específicas
Artículo 3, párrafo 1
El Congreso debe funcionar conforme a los acuerdos parlamentarios y atribuciones constitucionales y legales, no mediante declaraciones mediáticas.
Artículo 21, párrafos 2 y 3
- El presidente de la Mesa Directiva es quien debe conducir las relaciones institucionales con los Poderes y los Ayuntamientos del Estado
- Se debe velar por el equilibrio entre las libertades de los legisladores y la eficacia en el cumplimiento de las funciones constitucionales.
Principios Institucionales Vulnerados
Conducta Parlamentaria
La ley establece que las controversias deben resolverse mediante los canales institucionales internos del Congreso, no a través de medios de comunicación.
Procedimientos Formales
Las diferencias con otras autoridades deben tramitarse mediante oficios y procedimientos establecidos en la ley, no a través de declaraciones públicas que afecten la dignidad institucional.
Con infomacion: Mas_Tamaulipas/
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Tu Comentario es VALIOSO: