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martes, 19 de abril de 2022

"PITAGORAS NO MIENTE": CUENTAS MOCHAS EXHIBEN la "DOLOSA TARUGUEZ" del PRESIDENTE de la SUPREMA CORTE "CUENTEANDO los VOTOS de MINISTROS"...otro fallo con cara de falla.



La constitucionalidad de la Ley de Industria Eléctrica (LIE) discutida hace dos semanas en la Suprema Corte está en duda porque el ministro presidente Arturo Zaldívar impuso un resultado que contrasta con la posición mayoritaria de los ministros del Pleno.

Dos aspectos relevantes de la LIE fueron invalidados, pero la votación sólo registró siete de los ocho votos y en consecuencia dejaron vigentes los apartados.

Uno es el Artículo 4, fracción VI, que establece un modelo de costos unitarios, y da prioridad a contratos que sólo la CFE tiene capacidad de concretar, en perjuicio de la generación de energías limpias.

El otro es el Artículo 26, que ordena priorizar despacho de energía generada por central de CFE, o privadas que únicamente producen para Comisión.

De acuerdo con un análisis de la votación del pasado 7 de abril, los ministros Alfredo Gutiérrez, Juan Luis González Alcántara, Luis María Aguilar, Jorge Pardo, Norma Piña, Margarita Ríos-Farjat, Javier Láynez y Alberto Pérez Dayán consideraron inconstitucionales ambas disposiciones.

Es decir, sí hubo ocho ministros que con distintos argumentos respaldaron la acción de inconstitucionalidad para declarar la invalidez de estos artículos, pero al contabilizarlos sólo se registraron siete votos.

La confusión surgió cuando, al abordarse cada una de las impugnaciones, se creó una restricción para votar sobre las razones o argumentos de cada artículo y no de la constitucionalidad o invalidez de los mismos.

Después de la votación, Pérez Dayán advirtió que no eran siete sino ocho los votos contra la disposición y, por tanto, debía declararse la inconstitucionalidad.

En la sesión del Pleno, Piña hizo notar que siempre se vota por la validez o invalidez de la norma, no de los argumentos, y algo similar manifestaron Aguilar y Pérez Dayán en sus intervenciones.

La incongruencia entre los resolutivos y el registro de votación abre la posibilidad de litigios contra el Estado Mexicano en paneles internacionales.

La irregularidad en la votación deja la posibilidad que los Senadores que impugnaron la LIE pidan a la Corte corregir su sentencia.

El pasado 12 de abril, Emilio Álvarez Icaza, del Grupo Plural del Senado, solicitó aclarar la votación como representante de 43 legisladores que promovieron una acción de inconstitucionalidad.

Se espera que hoy la Corte someta a consideración del Pleno la aprobación del acta de la sesión en la que emitieron el fallo sobre la LIE.

Y siguen vivos 250 amparos


Aunque la Suprema Corte no la declaró inconstitucional, la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) entrará en vigor hasta que sea revocada la última de las suspensiones que fueron concedidas en más de 250 demandas de amparo.

Desde marzo del año pasado, los jueces federales Rodrigo de la Peza López Figueroa y Juan Pablo Gómez Fierro concedieron suspensiones con efectos generales contra la aplicación de la LIE en más de 250 amparos.

Desde entonces, advirtieron que había indicios claros de que la norma era inconstitucional.

La Cámara de Diputados impugnó las suspensiones y, conforme pasaron los meses, los dos tribunales colegiados especializados en la materia empezaron a revocar todas estas medidas precautorias.

Cinco de los seis magistrados de los colegiados sostienen que la reforma sólo afectará a las empresas privadas hasta que la Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y el Cenace emitan lineamientos, políticas y acuerdos para aterrizar los cambios legales.

A la fecha, la mayoría de las suspensiones han sido revocadas por los colegiados, con el argumento de que la simple entrada en vigor de la LIE no causa afectación a las empresas, pero la norma no podrá entrar en vigor hasta que la última de las suspensiones quede sin efectos.

Los más de 250 amparos siguen en trámite y, aunque en algunos de ellos ya se ha dictado una sentencia de fondo, en la mayoría de las demandas está pendiente este resolutivo.

El pasado 22 de febrero, la SCJN acordó que ningún órgano jurisdiccional resolvería los amparos contra la LIE, hasta que los ministros emitieran su veredicto sobre la constitucionalidad.

fuente.-

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