En un hecho histórico, la Primera Sala de la SCJN concedió un amparo con el que avala el autoconsumo de la mariguana a integrantes de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante.
Este miércoles, la Primera Sala discutió el proyecto del magistrado Arturo Zaldivar, en relación a un amparo solicitado por 4 integrantes de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART).
El caso llegó a la Suprema Corte el 20 de agosto del 2014, luego de un proceso que inició en mayo del 2013 con una solicitud de la SMART a la COFEPRIS para el consumo lúdico.
En el proceso, la secretaría de Salud del gobierno federal interpuso un recurso de revisión, al considerar que la cannabis representa un riesgo al derecho a la salud.
El fallo de este miércoles resulta histórico, pues aunque sólo se concede el autoconsumo y su proceso (siembra, cultivo, cosecha, preparación y transporte) a los solicitantes del amparo, se marca un precedente histórico en el tema de la legalización general de la hierba.
De acuerdo con el proyecto, se consideraron inconstitucionales 5 artículos de la Ley General de Salud, además de que los ministros interpretaron que la prohibición constituye una afectación al libre desarrollo de la personalidad, es decir que el estado determina el actuar de las personas.
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